Más luz de verdad histórica sobre Felipe II [i.e. dos] el Prudente y su reinado

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G. Del Amo, 1911 - 616 páginas

Dentro del libro

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página xv - Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra firme del Mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán; Conde de Absburg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página xv - Chancillerías, y a todos los corregidores, asistentes, gobernadores, alcaldes mayores y ordinarios, y otros jueces y justicias cualesquier, de todas las ciudades, villas y lugares de los nuestros reinos y señoríos...
Página xvi - Nos últimamente fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón, y Nos tuvímoslo por bien.
Página xvi - ... merced y de diez mil maravedís para la nuestra Cámara.
Página 383 - Gobernador, después de yo el dicho escribano aber leydo la dicha provisión de verbo ad verbum, la tomó en 'sus manos, e la besó, e puso sobre su cabeza como a carta e mondado de Su Magestad, e dixo que la obedescía e obedesció, e en quanto al cumplimiento della, dixo quél responderá".
Página xiv - Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalem, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega...
Página 5 - Arzobispo de Toledo, primado de las Españas, Chanciller mayor de Castilla y del Consejo de Estado de su Majestad, etc.
Página 177 - Nos está proveído y ordenado, traten de remediarlo sin publicidad ni escándalo, y no pudiendo, nos avisen muy particularmente, con recaudos ciertos de la calidad y circunstancia del caso, y de lo que para su remedio podemos y debemos proveer...
Página 328 - ... y audiencias tengan gran cuidado de guardar justicia á las partes que acudieren ante ellos por vía de fuerza, conforme á derecho y costumbre inmemorial , leyes y pragmáticas de estos reinos, y conforme á ellas castiguen á los que contravinieren.
Página 303 - Dentro de la iglesia y de un reino católico, reside la potestad suprema independiente de los príncipes, para resistir al uso de la disciplina, cuando perjudica verdaderamente al Estado; pero en el imperio temporal no hay poder independiente que resista a las leyes del soberano.

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