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del Mar Oceano: Archiduque de Austria; Duque de Borgoña. de Brabantede Milan; Conde de Aspurg, de Flandes, del Tirol, y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina, etc. Por quanto por parte de Vos la Ciudad de Anteque<ra Nos fué fecha relación, que aviades deseado mucho tiempo tener en ella un Convento de Religiosos Reformados, y pobres, que se fundasse en alguna de las buenas salidas, que avia al Campo, por«que la gente pia, y el pueblo tubiesse donde acudir fuera del Lugar á sus devociones con recreacion, y desenfeido; lo qual era de gran necessidad y ornato en «essa Ciudad; y porque era grande y rica, y los Conventos estaban dentro de ella, y «bien fundados; y no avia ninguno de «Frayles Franciscos Recoletos, ni Trinitarios, ni Bassilios, ni Carmelitas, ni otra Orden Descalza, aviades acordado se hiziesse un Convento de Frayles Capuchinos del S. S. Francisco (por la Pobreza y exemplo con que viven), en alguna de las dichas salidas, que essa Ciudad tenía fuera de ella: suplicandonos fuessemos servido de dar licencia «nuestra para ello, ó como la nuestra Merced fuesse. Lo qual visto por los de el nuestro Consejo, fue acordado que debiamos mandar dar esta nuestra Carta para Vos en la dicha razon, y Nos tubimoslo por bien. Por la qual damos licencia y facultad para que se pueda fundar, y funde en essa dicha ciudad, en una de las salidas de ella, el dicho Monaste

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rio de Frayles Capuchinos de la Orden del S." San Francisco, sin por ello caer, «ni incurrir en pena alguna. De lo qual <mandamos dar, y dimos esta nuestra « Carta sellada con nuestro Sello, y libra«da de los del nuestro Consejo.

«Dada en Madrid á tres dias del Mes de Octubre de Mil Seiscientos, y trece «años. El Marques de Valle.

«Lic.do Dn Diego Fernandez de AlarLic.do Pedro de Tapia.

« con.

«Lic.do Dn Geronimo de Medinilla.
El D." D." Diego Lopez de Salcedo. -
« Yo Juan Gallo de Andrada escribano
<de Camara del Rey nuestro Señor la
«fice escribir por su mandado con acuer
do de los del su Consejo. Rex.da Jor-
ge de Olaal de Vergara. - Lugar X
«del Sello. Canciller maior Jorge de
«Olaal de Vergara.»

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Dueño el municipio antequerano de este real decreto, suplicó al P. Comisario general que enviase al P. Severo de Lucena con algunos compañeros para escoger el sitio en que se había de fundar el nuevo convento, á lo cual accedió gustoso el P. Comisario, mandando con el P. Severo al P. José de Linares religioso edificante y de mucha virtud.

Luego que se supo en Antequera que venían los Capuchinos, salieron casi á Llegan los dos leguas de la Ciudad á recibirlos muchos caballeros, que los vinieron acompañando hasta que entraron en Antequera, donde fueron recibidos con mues

Capuchinos á
Antequera.

tras de gran estima. (Ag. de Gr. Cap. 15.) El Municipio encargó á dos de sus regidores que fueron con los PP. á examinar cuidadosamente los sitios de todas las salidas que tiene esta ciudad para elegir el más proporcionado al gusto del dicho V. P. Severo, y últimamente el sitio que se nos señaló por dichos Sres. Diputados para la fábrica del convento fué hácia el camino de Málaga en la ermita de Ntra. Sra. de la Cabeza, situada en una altura, que llamaban monte del Barrial ó Barrizal, sobre el barrio de S. Juan, lindante con las tierras del cortijo llamado Gayombar, que era entonces propiedad de un caballero antequerano llamado D. Juan del Castillo y Padilla, de la cual ermita y del terreno señalado por los regidores tomaron posesión los nuestros el 15 de Octubre de 1613. (P. Cord. Cren. de Gran. 30.)

Toman posesión del sitio.

El P. Agustín de Granada y el P. Isidoro de Sevilla dicen en sus respectivas crónicas que se tomó posesión de dicha hermita el 15 de Junio de ese mismo año; pero el P. Nicolás de Córdoba demuestra con datos irrecusables (uno de ellos el decreto anterior,) que esa fecha está equivocada, y que donde dice Junio debe decir Octubre, puesto que en las actas del Ayuntamiento de Antequera (examinadas por él) consta que el día 15 de Octubre de 1613, se nombra. Fecha de la ron dos Diputados para elegir con los PP. el sitio de la fundación y darle posesión del mismo. (Cron. de Ant.[N.° 51.)

fundación.

S

Grave trariedad,

Parte, por lo menos, del sitio que escon- tos señalaron para el convento y su huerta debía pertenecer al mencionado cortijo del Sr. Castillo y Padilla el cual se hallaba en Ecija, cuando se señaló el sitio para la fábrica y empezaron á abrir los cimientos para cercarlo. Vuelto de Ecija halló á los oficiales trabajando en la fábrica del convento, y conociendo que era suya la tierra donde se abrían las zanjas, y que se había señalado este sitio sin haber él dado licencia, se enojó demasiado y prohibió á los oficiales proseguir en el comenzado trabajo. Fueron, estos al P. Severo, contáronle lo que pasaba, y el dicho Padre fué con la novedad á los regidores, los cuales conociendo que tenía razón don Juan, y que el señalar parte de aquel sitio sin licencia suya había sido yerro ó descuido lamentable de ellos, le aconsejaron que solicitase de D. Juan licencia para la prosecución de la obra. (V. P. Isid. de Sev. N.o 125).

Fué el P. Severo dos veces á hablarle á D. Juan, y ambas lo despidió muy desabrido, sin concederle la licencia que le pedía, porque pareciéndole que el yerro cometido había sido en su desprecio, estaba además de ofendido muy enojado. Tercera vez fué nuestro venerable á verse con dicho Caballero, pero fué en vano su eficacia para persuadirle, aunque era mucha la que su virtud V. P. Severo. heróica comunicaba á las palabras; y por más que instó jamás pudo alcanzar

Ruegos del

V. P.

de D. Juan que permitiese continuar lo comenzado, antes sí, en esta tercera ocasión, más que nunca enardecido, despidió con mucho desabrimiento á Profecias del nuestro Venerable, quien revestido del celo que da fortaleza á el espíritu más humillado, al tiempo de despedirse le habló las siguientes proféticas palabras: Sr. D. Juan, advierta vuestra merced, que aunque es un fraile pobre, á quien despide, es á Dios, y á mi Seráfico Padre San Francisco, á quienes les niega la súplica que por mi medio le hacen; y así aseguro de su parte á vuestra merced que llegará tiempo, en que vuestra merced sus hijos necesiten del convento. (Cord. Cron. de Ant. N.° 53.)

de D. Juan.

Que fuesen proféticas estas palabras, lo manifestó la experiencia, como ya diremos; pero enojado con ellas el caballe. Conversión ro por parecerle que se le amenazaba de que en adelante él y sus hijos pedirían limosna, sumamente airado, le volvió las espaldas á nuestro Venerable y sin darle más respuesta, se le ausentó de la vista. Más joh providencia divina! á breve rato volviendo en sí, como quien despierta de un profundo letargo, empezó á ponderar las palabras del varón de Dios y lo singular de su virtud, y creyendo no hablaría temerariamente, se resolvió á buscar al varón santo, como lo ejecutó, no sólo para permitir la continuación de Sus limosnas. la obra, sino también para ofrecerle cuanto poseía, si para concluirla lo necesitaba, como en efecto lo ejecutó has-·

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