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CAPÍTULO IX

Ciudades de la gobernacion del Paraguay-Magnitud del Rio de la Plata-La Provincia Gigante de las Indias-Dificultades para atender sus poblaciones--Comision de Manuel Frias para solicitar su division—Cédula Real del 16 de Diciembre de 1617-El Rio de la Plata y el GuairáCiudades que comprendian - Creacion del Obispado de Buenos Aires-Estension que abarcaba—Límites entre ambas gobernaciones-Estension del Gobierno del Guairá al Norte, al Oriente y al Occidente-Equidad de la division de 1617-Cuestion de limites entre los Obispados de Buenos Aires y el Paraguay sobre MisionesCèdula Real del 11 de Febrero de 1724-Compromiso arbitral-Fallo arbitral Modificaciones posteriores del gobierno temporal sobre el territorio de Misiones-Limites entre el Rio de la Plata y el Paraguay en el territorio del Chaco-Opiniones de geógrafos é historiadores— Ley 1. tit 1. Lib. 5.o de la Recopilacion de Indias—Reducciones del Paraguay entre Bermejo y el Pilcomayo aprobadas por el Rey de España.-Observaciones.

Fuera de las reducciones ó poblaciones de menor im portancia establecidas dentro de la gobernacion del Primer Adelantado Don Pedro de Mendoza y sus sucesores, sin contar á Santa Cruz de la Sierra que se desmenbró de ella, en 1560, existian ocho ciudades situadas á largas distancias las unas de las otras, rejidas por una misma cabeza en lo temporal y por otra en lo espiritual.

Ellas eran: Buenos Aires, Santa Fé, Corrientes, Concepcion del Bermejo, Asuncion, Jerez, Ciudad Real y Villa Rica del Espíritu Santo.

Todas estas poblaciones formadas por los vecinos de la Asuncion, estaban bajo el gobierno que indiferentemente se denominaba del Paraguay ó del Rio de la Plata.

Paraguay, es el nombre indijena del Rio, que, por la altura de la Asuncion recibió de Sebastian Gaboto la denominacion de Rio de la Plata, creyendo que el país bañado por sus aguas era abundante en dicho metal. Pero como estas caen al Paraná y finalmente al rio de Solís ó Paraná-Guazú ó por el tiempo, la falta de conocimiento exacto de los lugares y de las cosas que todo lo cambia, hicieron que el nombre del Rio de la Plata se aplicase con posterioridad al rio de Solís.Mas uno y otro nombre se conservó para espresar en el idioma de los conquistadores, las rejiones que tocan las aguas que van á formar el gran estuario del Paraná-Guizú, que inspirando á Lozano le hace decir:

« Bien puede jactarse la India de su sagrado Ganges la Asíria de su rápido Tígris, la Armenia de su fecundo Euphrates la Camboya de su Mecon copioso, y el Africa de su célebre Nilo que cada uno en comparacion del de la Plata, parece pequeño pigmeo respecto de un jigante y todos juntos, en un cuerpo no tienen agua suficiente para componer nuestro gran rio. Litiguen los rios mas antiguos sobre el principal; déle Aristóteles á su Indo, porque tiene de ancho cincuenta estadíos; haga Arriano superior al Ganges; corone Virjilio á su Eridano; defienda este derccho Diodoro de Sicilia para el Nilo; atribuyánlo al Mecon algunos modernos; que todos deben callar á la vista del de la Plata y decidir á su favor la contraversia, confe sándole emperador de todos, sin haber apenas uno en el orbe nuevo que se le asemeje. »

Los países bañados por sus aguas en los rios Uruguay, Paraná y Paraguay, y sus afluentes, y otros territorios adyacentes hacia el Amazonas y el cabo de Hornos, se han llamado indiferentemente por mucho tiempo: Rio de la Plata ó Paraguay.

Así Guevara dice:

¡Paraguay! Provincia de la América Mendional en tiempos antiguos hacía un cuerpo con el Rio de la Plata y era gobernada en lo civil por una misma cabeza, y por otra en lo eclesiástico, cuya jurisdiccion se extendia en cuanto

al terreno, casi sin limites ni linderos que la ciñesen.— Desde la embocadura del Rio de la Plata, en 36° de latitup Austral, se dilataba hasta el nacimiento del Paraguay, en 13o de latitud, señoreando á Oriente y Poniente, multitud de gentes, parte sujetas voluntariamente, parte á fuerza de armas. Por la costa dominaba, desde el cabo de Santa María, hasta mas allí de la Cananea, rio de purísimas aguas que corta la cordillera áspera por donde corre, para restituir al mar copiosos raudales, en altura de poco mas de 25o. Por el Norte se avencindaba á los confines del Perú, en cuyos contornos estableció una colonia en el país de los trabasicosis, que llamamos Chiquitos, sobre las márjenes de un arroyo tributario del Guapay. Al Occiden te podia dilatarse, tirando hacia las cabeceras del Pilcomayo y Bermejo, hasta los distritos rayanos del Perú. Por el Sur, desde el cabo Blanco prolongaba sus términos hasta el estrecho, dominando con los títulos de derecho y no con efectiva conquista, la Provincia Magallica ó de los Patagones, hasta los contornos de Chile. »

« Tanta estension de linderos le concilió justamente el título de Gigante de las Provincias Indi as.» (a)

Esta estensa jurisdiccion atestiguan ademas otros historiadores antiguos. (b)

La vastísima jurisdiccion cuyos títulos de derechos llegaban al Norte á lindar con las Guayanas y Venezuela, por la altura del rio Amazonas, obligaba al gobierno, segun la feliz espresi on de un historiador, á ser peregrino en sus dominios.

Amenazado constantemente la Asuncion por los indómi

(a) Véase.- José Guevara-Historia del Paraguay-Rio de la Plata y Tucuman - Lib 1.o Pat. 1.a

(b) Véase. Ruiz Diaz de Guzman-Lib. 1. cap. 2.o 3.o y 4o— Pedro Lozano -Historia del Paraguay, Rio de la Plata y Tucuman-Lib. 1° cap. 1.9 - Pedro Xavier de Charlevoix tomo 1.o Lib. 1,9-Histoire du Paraguay de la Compagnie de Jesus-Guillaume T. Raynal Histoire Philosophique et Politique-Lib. 8° cap. 199 tomo 2 pág. 105.-Diego de Alvear--Relación Geográfica é Historica de la Provincia de Misiones-Coleccion de obras sobre Historia de las Provincias del Rio de la Plata por Pedro Angelis-cap. 1.o pág. 3 y 4.

tos guaycurús, payaguás y otros indios del Chaco, veiase frecuentemente en duras dificultades para atender debidamente tan distantes poblaciones, como las otras referidas ciudades. Reclamaban proteccion Buenos Aires, Santa Fé, Concepcion del Bermejo, Corrientes, Villa-Rica del Espíritu Santo, Villa Real, Jerez y á la vez la propia capital veíase apurada contra los atentados de dichos indios. En esta crítica situacion el Gobierno de Diego Marin Negron y el Cabildo de Buenos Aires, en 1612, comisionaron á Don Manuel Frias, ante la Corte de España, á fin de que pidiera la division del gobierno en dos, para mejor atender la conquista y poder obviar las dificultades relativas á la defensa y seguridad de las ciudades arriba citadas, así como á la administracion de justicia y otras cosas, que se espresan en el memorial presentado por dicho comisionado á la Corte. (a)

El 16 de Diciembre de 1617, dictóse la Cédula Real de division, donde se dice:

<< Don Felipe por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon.... etc. « Por cuanto, habiendo entendido que algunas de las ciudades de las Provincias del Rio de la Plata, se hallaban en gran peligro de ser destruidas por los Indios Guaycurús, Payagüaes, naciones que están rebeldes y aunadas y que hacen grandes daños; y que para remedio y reparo de ésto convenia se dividiera aquel Gobierno que tiene mas de quinientas leguas de distrito y en él ocho ciudades muy distantes, sin poderse socorrer las unas á las otras, particularmente las tres de ellas que son de la Provincia de Guayrá, las cuales jamás han podido ser visitadas de Gobernador ni Obispo, ni administrádose en ellas el sacramento de la Confirmacion, consultándose mi parecer, he tenido por bien que el dicho Gobierno se divida en dos, que el uno sea del Rio de la Plata, agregándole las ciudades de la Trinidad puerto de Santa Maria de Buenos Aires, la Ciudad de Santa Fé

(a) Véase.-Dicho memorial en Zinny-Historia de los gobernantes del Paraguay, pág 60 á 67.

la de Corrientes y la Ciudad de la Concepcion del Rio Bermejo; y el otro Gobierno se intitule de Guayrá, agregándole por cabeza de su Gobierno, la Ciudad de la Asuncion del Paraguay y la de Villa Real, Villa Rica del Espíritu Santo y la Ciudad de Santiago de Jerez.... etc. Dada en Madrid, á diez y seis de Diciembre de mil seiscientos y diez y siete años Yo el Rey-Don Fernando Carrillo-Dr. Don Pedro Marmolejo-El Licenciado Alfonso Maldonado de Torres.-El Licenciado Don Juan de Villela-Garcia Perez de Araciel— Licenciado Don Antonio de Bergara-Yo Pedro de Ledesma Secretario del Rey nuestro S'or, la fice escribir por su mandado. Tomó la razon-Juan de Salinas -Tomó la razon Pedro Lopez de Reinas.-Rejistrado Francisco de Mondragon-Canciller Francisco de Mondragon. (a)

Los Gobernadores de estas provincias independientes entre sí, fueron nombrados al año siguiente de 1618. Manuel Frias del Guairá y Diego Góngora del Rio de la Plata. Por esta circunstancia, sin duda, la Cédula Real del 31 de Diciembre de 1662, refiere que el año de 1618 tuvo el Rey por bien mandar dividir aquel Gobierno. (b)

(a) Véase-Coleccion de Datos y Documentos referentes á Misiones como parte integrante del Territorio de la Provincia de Corrientes, hecha por una Comision nombrada por el Gobierno de ella. >-Parte 1.a-pág 16 y 17.

(b) Véase. -Documentos anexos á la memoria del Ministro Paraguayo en Washington, en la cuestion de arbitraje con la República Argentina, Anexo C núm. 1-pág. 247.

La cédula dice:

El Rey.

Presidente y Oidores de mi audiencia Real. que he mandado fundar en la Ciudad de la Trinidad del Puerto de Buenos Aires de las Provincias del Rio de la Plata. El licenciado Don Juan Blasques de Valverde que fué mi Gobernador y Capitan General de la Provincia del Paraguay refiere en carta de 18 de Abril del año 1657, que el de 1618 tuvo el Rey mi Señor y Padre, que zanta gloria haya, por bien de mandar dividir aquel Gobierno del de esas provincias, habiéndose gobernado hasta entonces lo temporal por un gobernador, y lo espiritual por un Obispo, y que esto se ejecutó el año de 1621, y los habitadores de dicha Provincia del Paraguay reconociendo cuan perjudicial seria aquella division á la paz y conservacion de ellos, me suplicaron les hiciese merced de que se volviesen á unir y poner en la forma que antes estaban Y ahora á instancia de los dichos habitadores habia hecho una informacion que remitia con la dicha carta, por donde constaba que cuando el dicho Gobierno del Para

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