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CAPÍTULO XVI

Nuevas reducciones en el Chaco-Nuestra Señora del Rosario del Timbó-Su situacion-Su incorporacion à la Real Corona-Reduccion de indios Mbayás-Su situacion-Cédulas Reales aprobatorias de estas y otras reducciones-Error de los que pretenden limitar al Oeste el dominio del Paraguay al rio de su nombre-Fallo arbitral del Presidente de los Estados Unidos Mr. Hayes en la cuestion de límites con la República Argentina-Declaracion del Ministro Argentino Dr. Don Manuel R. Garcia-La Cancilleria de Bolivia no conoce los títulos de dominio del Paraguay-Reduccion de San Francisco Solano-Su situacion-Su restablecimiento y duracion-Nueva Reduccion-Su situacion-Reduccion de Melodia-Su situacion- Exploraciones del Padre Amancio Escobar al interior del Chaco-Duracion de la reduccion de Melodia-Fuerte de Borbon-Lomas de Pedro Gonzales y Fuerte de Curupayty-Litigio entre el Paraguay y Corrientes-Argumentos de una y otra parteResolucion del Virey Nuevo litij o 0- Espulsion de los Correntinos-La Villa de Neembucú-Observaciones.

Vamos á ocuparnos ahora de los nuevos esfuerzos y sacrificios realizados por el Gobierno de la antigua Provincia del Paraguay sobre el territorio de la ribera derecha del rio de su nombre, con el fin de someter á los salvajes á las modalidades de la cultura y de la civilizacion. Siendo como eran inviolables los términos de las gobernaciones del coloniaje español, esos actos presuponen la existencia de una jurisdiccion legal ejercida de una manera histórica, quieta, pacífica y continuada. Pero no solo tienen esta importancia jurídica, pues vamos á ver tambien que ellas han sido aprobadas por el Rey, por Cédulas Reales que consagran de una manera espresa ó positiva, la efectividad y legalidad de los actos de jurisdiccion de 1 antigua Provincia del Paraguay sobre dicho territorio.

Esas poblaciones formadas con los esfuerzos y sacrificios ⚫ del Gobierno y de los vecinos de la Asuncion servirán poderosamente para desvanecer el error en que viven los escritores y diplomáticos de allende el Rio Parapití respecto al dominio del Chaco.

A las reducciones de Yasocá ó de Nuestra Señora de los Reyes y Guasutinguá, de Itatí y Nuestra Señora de la Fé, vamos á agregar las establecidas despues de la entrada general de 1759 contra los indios del Chaco-— (a)

(a) Los documentos que para comod dad del lector vamos á citar y transcribir en este capítulo están publicados, en la Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina de 1879, y en la citada publicacion de Apéndice y anexos á la Memoria del Ministro Paraguayo en la cuestion de arbitraje.

Véase en dichas publicaciones. el Anexo C núm 6, el cual dice: El Rey. - Don José Martines Fontes Gobernador y Capitan General de la Provincia del Paraguay. En carta de 15 de Febrero de 1759, participó el Gobernador de la de Buenos Aires Don Pedro de Zeballos los estragos que hacian los indios del Chaco, los oficios. que pasó con el Gobernador del Tucuman, y con vuestro antecesor Don Jaime Sanjust, para facilitar una entrada en sus tierras, que los escarmentase y las conveniencias que podrian resultar si se lograba reducirlos ya en el sosiego de estas tres provincias facilitándolas la comunicacion en el establecimiento del Comercio desde Potosi á aquel puerto por los Rios Bermejo, Paraguay y Paraná, y refiriendo que á este fin convendria repetir las entradas generales por tres ó cuatro años, propuso tambien se podria destinar à la que se hiciese por aquella provincia, el ramo de diezmos que pagan los indios de las Misiones de esa del Paraguay por no tener fondos de que costearla, dejandole á su disposicion. En otra carta de 15 de Octubre del propio año, dió cuenta el mismo Gobernador de haberse efectuado la mencionada entrada general quedando muy amedrentados los indios, y de lo mucho que habia contribuido á ella el referido vuestro antecesor. En otra de 22 de Diciembre de 1760, espresó asi mismo como se iban ya reduciendo los indios, y que para su subsistencia en pueblos contaba con el ramo de guerra establecido en aquella ciudad para pagar las compañias de milicias que resguardaban la tierra de las invasiones de los indios pampas y serranos, mediante que reducidos no era precisa esta tropa. En otra de 26 de Febrero de 1763, notició el vivo deseo que manifestaban los indios de lograr su conversion; las reducciones que estaban ya formadas, y las que podrian establecerse si se proporcionaban los fondos necesarios á su manutencion; para lo cual espresó se podrian aplicar 12 mil pesos anuales de los 50 ó 60 mil que se recaudan en la provincia del Tucuman con título de sisa, y se impuso para embarazar las hostilidades que ejecutaban los indios respecto de que con el resto quedaba bastante para subvenir á los gastos de 150 hombres que se mantienen en aquellas fronteras. Y finalmente en otra carta de 29 de Octubre de 1759 acompañada de varios documentos, ha espuesto el Gobernador de Tucuman Don Joaquin de Espinosa lo que él prac

El Cacique Deguachí, de los indios Abipones que habitaban por el Rio Bermejo, se presentó á solicitar paz y reduccion en 1762 en el lugar denominado Timbó. El Go bernador Don José Martines Fontes accedió á la peticion, como puede verse por el exhorto dirijido al M. R. P. Nico'lás Contucci, el 25 de Octubre del dicho año que figura en el Anexo C núm. 2.o (b) entre los documentos pre

ticó por sí en la mencionada entrada hasta descubrir el camino que tantos años ha se deseaba, los reencuentros que tuvo con los indios, las paces que se celebró con ellos, el amor con que los trató, la mucha parte que tuvo el Gobernador de Buenos Aires en esta espedicion; y lo acreedores qu se hicieron de mi real benignidad los oficiales que comandaron los tercios y destacamentos en aquella campaña, que enteramente se costeó del ramo de sisa; y habiéndose visto todo en mi consejo de las Indias, con lo que dijo mi Fiscal y consultándome sobre ello, he resuelo entre otras cosas que no se haga novedad en cuanto a la apertura del camino por el Rio Bermejo al de la Pata; y he aplicado los diezmos que pagan los indios de esa Provincia del Paraguay á las entradas que se hagan por la de Buenos Aires á las tierras de los infieles, dejando al cuidado de aquel Gobernador la direccion de este ramo, con calidad de que no se repitan tales entradas, si se reconoce beneficio en el fruto de las nuevas misiones para atraer á los indios con suavidad; y para que estos vivan y se mantengan en las nuevas poblaciones que se hayan de hacer, he destinado, desde luego, doce mil pesos anuales del total del ramo de sisa de la provincia del Tucuman. Lo que os participo para que por vuestra parte dispongais en lo que os corresponda el cumplimiento de esta mi real determinacion; en inteligencia de que por despacho de este dia hago el mismo encargo á los Gobernadores de Buenos Aires y del Tucuman, y doy órden á mi Virrey del Perú para que facilite la exaccion de los doce mil pesos citados, y de que ha merecido mi real gratitud el distinguido celo con que procedió en el asunto el referido vuestro antecesor Don Jaime Sanjust. Fecho en Buen Retiro á 12 de Febrero de 1764.

YO EL REY,

Por mandado del Rey Nuestro Señor.
DON JUAN MANUEL CRESPO,
Hay tres rúbricas.

«Al Gobernador del Paraguay participandole las providencias dadas con motivo de la entrada general que se hizo á las tierras de los indios del Chaco.>

(b) El Anexo C. No. 2 dice:

Don José Martines Fontes, Capitan de Dragones del Presidio de Buenos Aires, Gobernador y Capitan General de esta Provincia del Paraguay, &c.

Al M. R P. Nicolas Contucci de la Sagrada Compañia de Jesus, Visitador actual de este Colegio del Paraguay. Significo y hago saber de como hallándome en actual visita de estos pueblos de mi

sentados por el Paraguay en el arbitraje con la República Argentina, en cuyo documento se leén estas líneas:....... <últimamente quedamos de acuerdo que à principio del mes de Febrero próximo venidero bajaria yo por el rio con gente, ganado, herramientas y otros víveres á formarle su poblacion en el espresado parage del Timbó hácia la parte del Chaco.... etc.

Sometido el asunto al Cabildo fué aprobada la determi

cargo, me participó mi maestro de Campo actual Don Fulgencio de Yegros de como la Nacion cosaria de los Abipones habia venido á tratar paces con esta provincia y á pedir Reducion para su conversion y sujecion al yugo de la ley evangélica, y con esta noticia tan plausible abandonando la obligacion de la visita, pareciéndome de mayor importancia este negocio, bajé con aceleracion á esta Ciudad, y con la misma pasé rio abajo en parage del Timbó, lugar destinado por el Cacique Deguachí para las capitulaciones valiendome como siempre de la proteccion de su Sagrada Religion en llevar conmigo al Padre Francisco Burges como inteligente en el idioma de esta nacion, y con efecto, habiendome avistado con el Cacique y sus vasallos, proponiéndome el fin á que venian, y propuesto de mi parte todos aquellos capítulos que me parecieron convenientes á una estable paz y perfecta reduccion de ellos. Condescendieron con toda resignacion y sinceridad al parecer, y sin ninguna malicia, rindiendo las armas y entregandose a las Españolas sin precaucion; ultimamente quedamos de acuerdo que á principio del mes de Fe brero próximo venidero bajaria yo por el rio con gente, ganado, herramientas y otros viveres á formarle su poblacion en el espresado paraje del Timbó hacia la parte del Chaco, para cuyo tiempo con el pleno conocimiento de la innata profesion de su sagrada religion, á la conversion de infieles y estension de la Ley Evangélica como se esperimenta en todas partes del mundo, y con la consideracion de que en este asunto hará V Reverendisima particular servicio á ambas Magestades, bien y utilidad de esta provincia y de aquellas almas perdidas del rebaño de nuestro Redentor Jesucristo; suplico se sirva destinar uno ó dos sujetos que sostenga la doctrina de la estipulada reduccion y en caso necesario en nombre del Rey Nuestro Señor, exorto y requiero á Vuestra Reverendísima anteponiendo y posponiendo mi súplica para la consecucion de este asunto de tan grande importancia, que en ello S. M. será por bien servido y yo con recíproca correspondencia miraré á las de V. Rma., siempre y cuando me ministrare las insinuaciones convenientes á su Sagrada Religion. Y es fecho en la Asuncion del Paraguay á los 25 de Octubre de 1762 años.

JOSÉ MARTINES FONTES,

Ante mi

BLAS DE NOCEDA,

Escribano público, &c., &c.

nacion del Gobernador, como puede verse en el acta del 10 de Noviembre de 1762.—(c)

(c) Véase el Anexo C núm. 9, que dice:

<En la Ciudad de la Asuncion del Paraguay, en 10 dias del mes de Noviembre de 1762 años. Habiendose juntado en esta sala de acuerdo los Señores del Ilustre Cabildo Justicia y Regimiento de ella, de orden y mandato del Señor Don José Martines Fontes, Capitan_de Dragones del presidio de Buenos Aires, Gobernador y Capitan General de esta Provincia, con los Gefes militares y muchos reformados, hombres buenos y de los primeros de esta República, y estando así juntos y congregados, dijo Su Señoria que esta Junta o Cabildo abierto yá se dejaba entender á que fin se dirijia, por que todas las circumstancias que han precedido lo insinuaban. Que nadie ignoraba la solicitud y empeño con que la Nacion Abipona nos vino á buscar rogandonos con la Paz y pidiendo al mismo tiempo reduccion para vivir sujetos bajo la Ley del Evangelio. Que tambien era constante á todos, que la importancia y gravedad de este negocio, le obligó á cortar la visita en que entendia, por acudir con la prontitud que exigian su empleo y conciencia, à un asunto tan sério como útil, y de haber bajado con efecto hasta las tierras del Timbó, y abocadose con el Cacique y sus vasallos, oyendo sus sùplicas y examinó sus deseos y los motivos que los inducian á la pretendida reduccion; y despues de un prolijo exámen y atenta reflexion, así Su Señoria como el Reverendo Padre Francisco Burges de la Compañia de Jesus, como el Maestre de Campo general y otros hombres de ser sus asociados, juzgaron todos que los indios procedian con sinceridad, que sus deseos eran verdaderos, y que apetecian la vida sosegada que se goza en una cristiana Reducion. En fuerza de este dictámen uniforme, despues de hechas las capitulaciones regulares que concernian á la paz, cargando todo el peso de la consideracion sobre el beneficio que resulta á toda esta su amada Gobernacion, y poniendo igualmente su mira en el servicio de ambas magestades, se habia obligado á bajar para el próximo Febrero á las mismas tierras del Timbó, á plantarles en ellas un pueblo proporcionado á sus mas cómodo y sólido establecimiento, bien que S. S en la actuacion de las insinuadas diligencias, y en no dejar ignoradas sus promesas, hizo cuanto la obligacion de su empleo le pedia, y cuanto dictaba la prudencia, por que seria desacierto no abrazar, obligandose á ejecutar un partido tan ventajoso á todo el comun de la Provincia. Que los demas medios que se pudieran practicar, no eran tan seguros ni tan útiles, como la misma experiencia la comprueba Que harta visible ha sido á todos el desvelo de S S desde la primera hora que entró á esta provincia, sin perdonar fatigas ni trabajos, por solicitar personalmente la defensa y mejora de la provincia perseguida y hostilizada de esta y otras naciones del Chaco. Mas todo el invariable empeño de S. Sa. en redimir á la provincia de tantos quebrantos y estragos como padece de los Infieles, aun no nos aseguraba nuestras vidas y bienes, quedando espuestos á la fiereza de los barbaros Si bien que lográbamos algunos buenos efectos nacidos, así de acordonar el Rio, como de otras industrias y proyectos, con que S. Sa.e ha dedicado a rehacer el ramo de guerra que halló casi exhausto de fondos. Mas estos arbitrios si bien hasta aqui se ha mirado como precisos é inescusables pero para la sucesivo, fuera de ser muy costesos, serán tambien poco durables. Lo que si promete duracion y

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