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CAPÍTULO IV

Capitulacion del Rey con Juan de Sanabria-Muerte de éste Su hijo Diego Sanabria continúa el contrato-Envía á Juan de Salazar con tres embarcaciones-Caducidad de la concesion-Nombramiento de Domingo Martinez de Yrala_de Adelantado-Pueblo de San Francisco - Su abandono-Reconocimiento del Guayrá por Irala-La Villa de Ontiveros El Obispo don Fray Pedro Fernandez de la Torre ó Fray Pedro Latorre-Disposiciones administrativas de YralaProvision de empleos-Escuelas públicas-Construccion del Ayuntamiento y de la iglesia Catedral-Organizacion de la Policia-La Ciudad Real-Comision de Nuflo de Chaves para fundar un pueblo en los Jarayes-Muerte del Adelantado-Nombramiento de Gonzalo de Mendoza Reconocimientos de Nuflo de Chaves-Resuelve establecer el pueblo en los confines del Perú-Disidencia y division de la gente -Encuentro de Chaves con Andrés Manso-Santa Cruz de la Sierra-Reparticion de los indios en encomiendas-Division de la poblacion-San Lorenzo de la Barranca y San Francisco de Alfaro — Contienda de Andrés Manso con Diego Pantoja-Santo Domingo de la Nueva Rioja-Fin tráfico de Andrés Manso y de esta poblacion-Ls Llanos de Manso-Aplicacion estensiva de este nombre-Obser

vaciones.

Mientras pasaban las cosas referidas en el anterior capí tulo, Jaime Resquin que fué á España con Alvar Nuñez Cabeza de Vaca para acusarle, aspiró á su puesto y ya lo conseguia, cuando se presentó con mejores propuestas Juan de Sanabria, natural de Trujillo, el 2 de Julio de 1547, consiguiendo que el Rey se decidiese á su favor, el 22 del mismo mes, estendiéndose la capitulacion en los siguientes términos:

«El Príncipe, por cuanto vos Juan de Sanabria, vezino de la Villa de Medellin me hicisteis relazion que bien sabiamos el asiento que habiamos mandado tomar con Alvar Nuñez Cabeza de Vaca sobre el socorro que se ofrecia de

hacer á la gente que estaba en la Provincia del Rio de la Plata que ally dexó Don Pedro de Mendoza, nuestro gobernador que fué della, y como por el dicho asiento le habiamos proveydo de la gobernacion de dicha Provincia.... en que agora á venido á nuestra noticia que por diferencias y cosas que se ofrecieron entre dicho Alvar Nuñez Cabeza de Vaca y la gente que habia en dicha provincia; porque no conviene que vuelva á ella por lo que la gobernacion de dicha provincia queda vaca, y que vos con deseo del servicio de Dios Nuestro Señor y nuestro acrecentamiento de nuestro Corona Real é porque los españoles que en dicha provincia están no padezcan querríades ir á ella y socorrer á los dichos españoles con las cosas que de estos reynos lleváredes, por la órden que por nos os fuere dada, y llevar algunos casados con sus mujeres e otra gente para la poblacion de dicha provincia, todo ello á vuestra costa y mission sin que nos ni los reyes que despues de nos vinieren seamos obligados á Vos pagar ni satisfacer los gastos que en ellos hicieredes»....

Comprometíase en sus propuestas á conducir doscientos. cincuenta soldados y cien familias agricultoras, á quienes debia proveer de las semillas para el cultivo de la tierra, y de ropas, armas, herramientas....etc., á un precio señalado por el Consejo, pagaderos á plazos determinados.— Además se obligaba á fundar dos pueblos, de los cuales, el uno debia establecerse al Norte de la isla de Santa Catalina y el otro á la entrada del Rio de la Plata. Con estas obligaciones y otras que se enumeran en la capitulacion y refieren Pedro Lozano (lib. 2°, cap. 5°) y Félix Azara (tomo 2o, núm. 94), la capitulacion continúa y dice:

«Primeramente, doy licencia y facultad á vos el dicho capitan Juan de Sanabria, para que por Su Magestad y en su nombre y de la Corona Real de Castilla y Leon podais descubrir y poblar por nuestras contrataciones dozientas leguas de costa de la boca del Rio de la Plata y lo del Brasil que comienzan á contarse desde treinta y un grado de altura del Sur y de allí hayan de continuarse hácia la

equinocial. E ansí mismo podeis poblar un pedazo de tierra que queda desde la entrada de dicho rio sobre la mano derecha hasta los dichos treinta y un grados de altura. En el qual habeis de poblar un pueblo é habeis de tener entrada por el dicho rio la qual entrada ansí mismo han de tener todos los demas con quien Su Magestad tomare asiento para descubrimiento de lo que tuviese por descubrir en los treinta y un grados como todo lo de la mano izquierda hasta llegar á lo que está contratado con el Obispo de Plascencia, las cuales dichas dozientas leguas salgan todas ansí en ancho hasta la mar del Sur, el qual dicho descubrimiento e poblacion podaís hacer con tanto que si por qualquir parte que bais halláredes que alguno otro gobernador ó capitan oviese descubierto e pobiado algo en la dicha tierra y estuviese en ella al tiempo que vos llegaredes, que en perjuicio de lo que ansí halláredes en la dicha tierra no hagais cosa alguna ni os entremeteis á entrar en cosa de lo que oviese descubierto y poblado, aunque lo halleis en los límites de vuestra gobernacion : porque se escusen los inconvenientes que de semejantes cosas han sucedido hasta aquí, escepto si fuere alguno de los pobladores de la dicha provincia del Rio de la Plata que á estos tales mandamos que os tengan por nuestro gobernador de la dicha provincia conforme á las provisiones que para ello llevais, y os dexen la jurisdiccion de todo lo que hubiesen descubierto y poblado y os tengan por nuestro gobernador como dicho es, no obstante quellos lo hayan poblado. E avisarnoreis de lo que pasare en caso que halleis algun gobernador ó capitan que no sea de los pobladores de la dicha provincia»....etc.

En la Villa de Aranda del Duero á 4 de Agosto de 1547, Juan de Sanabria, ante Escribano y testigos estendió las capitulaciones y firmó.» (a)

Pasó, luego, Sanabria á Sevilla donde demoró algo, recibiendo órden del Rey que apurase su marcha, porque iba

(a) Véase. La Patagonia y las tierras Australes del Continente Americano por Vicente Quesada.

á salir de Lisboa Tomé Sousa con más de mil hombres para formar poblaciones en el Brasil y debia impedirse que las estableciese en el distrito de su gobierno; pero cuando se preparaba para marchar acaeció su muerte, y en su vista el Rey propuso á su hijo Diego Sanabria, el 12 de Marzo de 1549, que si queria, podía continuar la contrata de su padre. Aceptó la proposicion y como urjia el envío de la espedicion, despachó á Juan de Salazar con tres embarcaciones, debiendo él seguirle luego. Más segun Pedro Lozano (lib. 2o, cap. 15) no lo pudo cumplir hasta dos años despues en una embarcacion que arribó á Cartagena de Indias y regresó á España embarcándose despues para el Perú.

Viendo la Corte que no cumplia su contrata, le quitó el gobierno y se lo dió á Domingo Martinez de Yrala.

El título de gobernador espedido el 4 de Octubre de 1552 á favor de este entre otras cosas dice:

....Que Diego de Sanabria no habiendo cumplido con la capitulacion que se tuvo con Juan de Sanabria para llevar socorro á la Provincia del Rio de la Plata, estaba vaco su gobierno y porque al servicio de Dios Nuestro Señor y mío conviene que haya persona que tenga la dicha gobernacion y acatando á lo que vos Domingo de Yrala nos habeis servido y que sois persona tal, que de vuestra fidelidad y diligencia confio el mejor servicio de Dios y mío y bien comun de dicha provincia, vecinos y moradores de ella, es mi voluntad de vos provéer por gobernador y capitan general de dicha provinca del Rio de la Plata »

...

Se le facultaba para que nombrase tenientes en las poblaciones que hubiesen y se hiciesen; se le conferia el nombramiento y eleccion de justicias, y demás atribuciones concedidas á los Adelantados, estendiéndose la jurisdiccion de su provincia á los términos declarados á sus antecesores Don Pedro de Mendoza y Alvar Nuñez Cabeza de Vaca. (a)

(a) Véase-La Nueva Revista de Buenos Aires-Historia Colonial Argentina, pág. 352 á 354.

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En el mismo año de 1552, poco antes de espedirse el título de Adelantado á Domingo Martinez de Yrala, Juan de Salazar partió de San Lúcar conduciendo á la viuda de Juan de Sanabria, con sus hijas María y Mencia, á Cristóbal Saavedra, Hernando de Trejo y otras personas. Una de las embarcaciones naufragó al llegar al Puerto de los Patos, donde se produjo divergencia de opiniones, porque unos querian fundar allí la poblacion á que se habia obligado el Adelantado y otros no. A consecuencia de esto, Salazar y sus partidarios se fueron al pueblo portugués de San Vicente, donde permanecieron casi dos años, al cabo de los cuales pasaron por tierra hasta la Asuncion.

En cuanto á Trejo y los de su opinion, fundaron á principios del año 1553, un pueblo en el puerto de San Francisco, entre la Cananea y Santa Catalina, en cumplimiento de la contrata de Sanabria, pero al año siguiente fué abandonado el lugar, embarcándose todos en los dos buques que les quedaban.

En Santa Catalina bajó la mayor parte de la jente con Trejo y marcharon por tierra á imitacion de Alvar Nuñez Cabeza de Vaca, llegando con muchas dificultades á la Asuncion, poco despues que Yrala habia vuelto de reconocer al Guayrá, quien hizo arrestar á Trejo por haber abandonado á San Francisco, poblacion 'tan necesaria para contener los progresos de usurpacion de los portugueses y para escala de las comunicaciones con España. (a)

Veámos ahora lo que sucedia en la Asuncion.

Por el año 1554 llegaron á ella algunos indios del Guayrá á solicitar la proteccion de Yrala contra los portugueses, quienes cautivándolos los llevaban al Brasil y los vendian por esclavos. (b)

Yrala aprovechó esta ocasion para reconocer dicha provincia y marchó con una compañía de soldados y algunos

(a) Véase-Ruiz Diaz de Guzman, (lib. 2o, cap. 15)—Azara, tomo 2o, núm. 97.

(b) Véase-Ruiz Diaz de Guzman, (lib. 2o, cap. 13)-Lozano, (libro 3, capítulo 1o).

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