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Los progresos del derecho público han puesto en claro los defectos de aquellas antiguas instituciones; y seria ya tarea inútil la de ventilar una materia tan trillada. ¿Quién desconocerá en el dia el defectuoso sistema de eleccion de unos cuantos procuradores de ayuntamientos para representar á todo el pueblo? ¿ Quién defenderá hoy aquella division de la representacion nacional en tres ó cuatro brazos, dos de ellos privilegiados y opuestos á los intereses populares? El modo tan complicado y ceremonioso de proceder en aquellas Cortes, la forma tan irregular en las votaciones, la discordia o el disenso con que tan facil era inutilizar los mejores acuerdos, la falta de un cuerpo moral responsable que pusiese á cubierto la sagrada persona del monarca; las atribuciones judiciales mezcladas ó confundidas con las políticas; todos estos y otros graves inconvenientes tenian las constituciones antiguas.

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Ellas sin embargo subsistieron por espacio de muchos siglos, al paso que otras formadas en nuestros tiempos con la presuncion de superior cultura, han desaparecido como una sombra poco tiempo despues de haberse promulgado. La razon de esta diferencia se encontrará comparando unos legisladores con otros. Los modernos desentendiéndose de las tradiciones, los hábitos y las costumbres de los pueblos, cuya reforma política intentaban, causaron un general trastorno en la so

ciedad, é impelidos por el mal genio de la lógica, como dice ingeniosamente un escritor frances (1), llegaron de consecuencia en consecuencia hasta lo mas absurdo. En vez de amalgamar los diversos elementos de que se componia la sociedad moderna, y de conciliar los intereses y derechos antiguos con los que iban á crearse nuevamente, cortaron el nudo gordiano en lugar de desatarle, echando por tierra lo antiguo, y formando una nueva sociedad para aplicar á ella sus malhadadas leyes.

Resultó de esto lo que era natural: alzaron el grito los despojados: rebeláronse contra los legisladores; quisieron estos ahogar en sangre aquella resistencia, y la sociedad presentó la horrorosa imagen de un infierno; hasta que de reaccion en reaccion, de una en otra constitucion política, ninguna de ellas acomodada á las necesidades sociales, se vino á parar al despotismo, en cuyos brazos de hierro muere ahogada la libertad cuando se separa de la justicia. Esto aconteció pocos años ha en una nacion vecina, merecedora.de mejor suerte, por los grandes adelantamientos que habia hecho en la carrera de la civilizacion.

Nuestros antepasados procedieron de otra manera. Supieron respetar los derechos adquiridos,

(1) Mr. Descubes, Consideraciones sobre el gobierno representativo.

poner en armonía los contrapuestos elementos de aquella sociedad, equilibrándolos del mejor modo posible, y con esta fusion todas las clases tomaron interes en las instituciones. Identificáronse estas con las costumbres: hubo fé política como la habia religiosa; y en medio de su desvanecido orgullo el magnate sabia respetar al procurador municipal que venia á sentarse con él en los escaños de los legisladores.

No volverán ya aquellos tiempos, ni convendria resucitar unas instituciones que si entonces. fueron convenientes, ahora no podrian tener aplicacion. El espíritu humano es progresivo; la civilizacion multiplica nuestras relaciones, nuestros conocimientos, aumenta las luces é introduce nuevos hábitos, intereses nuevos. El legislador debe observar estas innovaciones y acomodarse á ellas; pero no perdiendo de vista lo antiguo, que está mezclado con lo nuevo en las sociedades modernas. Con estos elementos se ha de construir el edificio político, no con abstracciones filosóficas y bellos principios, que en la aplicacion produzcan fatales consecuencias. Si no es posible hacer las mejores leyes, háganse las que soporte mejor el pueblo para quien se destinan, que era la máxima de Solon. De este modo serán recibidas con gusto y se conservarán por largo tiempo, como `se mantuvieron en las monarquías cristianas de la edad media.

Los reyes mismos viendo las profundas raices

que habian echado aquellas constituciones antiguas, aunque por todos medios procuraban acrecentar su prerogativa, no se atrevian á dar por el

pie

unas instituciones aprobadas y defendidas por todas las clases del estado. Las de Castilla sin embargo mas débiles que las otras, y combatidas al fin por un poder colosal, fueron las que sucumbie. ron mas pronto, segun se verá en el progreso de esta obra. Las de Aragon se sostuvieron aun despues de las ocurrencias de Antonio Perez, y del asesinato jurídico del Justicia mayor Lanuza; pues aunque vulgarmente se cree que entonces perecie-. ron las libertades de Aragon, no fue asi, como tambien demostraré en su lugar. Finalmente, las de Navarra se conservaron aun despues de la incorporacion de aquel reino al de Castilla, con las modificaciones que eran consiguientes su diferente posicion social, y al aumento de poder que habia recibido la corona.

b

CAPÍTULO XIV.

Estado social de los dominios musulmanes de España hasta principios del siglo XIII: situacion de los muzárabes y de los judios.

Enseñor

Anseñoreados los musulmanes de casi toda la península, trataron de captarse la voluntad de los españoles, permitiéndoles el culto público de su religion, y exigiéndoles por toda contribucion el diezmo (1). A pesar de esta afectada moderacion, que el señor Conde encarece con demasía en la introduccion á su Historia de los árabes, los cristianos se hallaban al principio de la conquista en un estado de triste cautiverio. Y no podia menos de ser asi. Los árabes que habian invadido la España no eran aquellos guerreros generosos, huma

(1) Los pueblos sometidos á la fuerza pagaban el quinto.

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