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,, ta é siete maravedis de la dicha moneda vieja, ó todo lo que mas valiese, pujando la dobla de quarenta maravedis arriba, é ,, non recebir mas de las dichas quinientas mil maravedis por la dicha mi ordenanza en estimacion, é en enmienda de las dichas ,, once mil doblas segun el valor desta mi moneda de blancas, que yo mandé, é mando labrar, é correr en los dichos mis regnos. é señoríos. E por ende me pedistes por mercet, que vos mandase tornar, é dar, é pagar ::: las dichas once mil doblas de oro castellanas de legítima ley, é talla, é peso, ó los dichos trein,, ta é siete maravedis de moneda vieja de legítima ley, é talla, é peso por cada una de las dichas once mil doblas, que prime

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,, ramente teniades:::

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811

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E yo, por facer gracia é mercet á vos el dicho infante mi hermano, tóvelo por bien, é es mi merced que este año, é de aquí adelante en cada un año, para siempre, vos el dicho infante mi hermano, é vuestros herederos ::: hayades de mí é de los reyes, que regnasen despues de mí en los dichos mis regnos::: las dichas once mil doblas de oro castellanas cruzadas. Las quales declaro, é es mi mercet que sean de cin,, cuenta doblas castellanas en el marco, é de ley de veinte é quatro quilates ménos quarto, ó los dichos treinta é siete maravedis de la dicha moneda vieja de diez dineros novencs vie,, jos el maravedí. Los quales eso mismo declaro que sean de talla de veinte y siete maravedis en prieto el marco, é de quarenta y quatro granos de argent fin cada marco por cada una de las dichas once mil doblas, ó la estimacion de las dichas doblas, ó de la dicha moneda vieja de qualquier moneda corriese en que los dichos mis regnos, segun valieren las dichas doblas, ó la dicha moneda vieja comunalmente entre las gentes en la cibdat de Burgos, é en la villa de Valladolid al tiempo de las pagas."

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812 Estan mostradas dos clases de doblas, las de la una llamadas de la banda cruzadas, y de la E, y las de la otra valadies, y blanquillas: aquellas de ley de veinte y quatro quilates ménos quarto, y de cincuenta por marco, y estas de ley de diez y nueve quilates, y de quarenta y nueve al marco, y con ello queda tambien demostrado que los documentos que igualan las coronas á las doblas, hablan de las blanquillas y valadies , y que los que estiman en mas á las doblas

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que á las coronas, tratan de las castellanas cruzadas.

813 El valor de las coronas viejas, ó de los escudos á la corona vieja, fué mayor que el de las coronas nuevas, ó escudos nuevos tres maravedis nuevos, segun las cuentas sobredichas dadas por Rodrigo de la Peña, recaudador del conde de Plasencia en el año 1407, por quanto á las nuevas estima en ciento y sesenta maravedis, y á las viejas en ciento sesenta y tres. Y segun las que se tomáron en 15 de mayo de 1456 á Juan Ximenez, mayordomo de la villa de Marchena, fué el de dos maravedis: (1),, Item (dicen) que rescibió de la caballería de Diego Perez una corona, la que saca á la margen................................XXXV mrs." que rescibió en el dia primero de julio una dobla marro

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Item

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» XXIIII,

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quí.......... Una corona vieja, é una dobla cruzada............................................xxxvii mrs.“ 814 En Navarra se computáron los escudos viejos en dos sueldos mas que los nuevos, como se ve por la cédula del rey don Cárlos III de aquel reyno, expedida en Pamplona á 7 de julio de 1392, para que los oidores de sus contos rebaxasen á García Lopez de Lizasoain diferentes partidas de dineros, y entre ellas las siguientes (2).,, Primo á nos para poner en nuestros cofres xxi, xxIII, et xxv dia de julio de LXXXXII los seis florines, que Achaz Alborge judio de nuestra ciudad de Pamplona ha pagado del primero plazo de la composicion por nos con eil fecha, es á sa»ber: en cxxxi francos, á xxxvIII sueldos pieza, vallen i XLVIII libras, xviii sueldos: en LXXII doblas marroquinas, á XLIII suel»dos pieza, valen CLIIII libras, XVI sueldos: en LXXVI escudos de Tolosa, á XLII sueldos pieza, valen CLIX libras, XII sueldos : en »dos doblas castellanas, é dos escudos viejos á XLIII sueldos » pieza, valen vIII libras, xvi sueldos: en cinco florines de Lom» bardía, á xxx sueldos pieza, valen vii libras, x sueldos."

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رو

II

815 Los precios que dan estos documentos á los escudos viejos, y á las doblas cruzadas arrastran sin violencia á la conclusion de que los escudos viejos, y doblas cruzadas eran de igual valor. Vuelvase á leer el libro del monasterio de Oña, tocante á santa Olalla de Liéncres: » renta veinte y quatro coronas de mo

Pp

(1) Archivo de los excelentísimos duques de Arcos. (2) Archivo de reales contos de aquel reyno.

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neda vieja, contando el florin de Aragon en veinte é dos maravedis de moneda vieja : el franco en treinta é tres, é la dobla é corona en treinta é seis: la morisca en treinta é siete maravedis, y la castellana en treinta é ocho. Repárense asimismo las cuentas del mayordomo de Marchena: » Item que rescibió una corona xxxv » maravedis : Item que rescibió una dobla marroquin xxxvi ma»ravedis: Item una corona vieja, é una dobla cruzada xxxvii maravedis." Si estas pruebas aun no alcanzan á comprobar el aserto, agréguenseles las partidas del recibo dado por el rey don Cárlos en Pamplona á 21 de julio de 1392 á favor de los cabezaleros de su camberlan Mosen Pes de Lacsaga de mil doscientas quarenta y ocho libras, diez y seis sueldos que habia tomado para sus necesidades: (1) » Item en ochanta et tres doblas cruza"das, et de la He, et escudos viejos de Francia, comptados á »razon de 1111 doblas por vII florines Daragon, et por →XXVI sueldos, que viene por dobla á XLV sueldos, vi dineros pie»za, vallen xvIII libras, XVI sueldos, vi dineros: Item cincuenta »et nueve escudos de Tolosa, comptados á XLII sueldos pieza, vallen libras, XVIII sueldos: Item quarenta é tres francos, »comptados á xxxvIII sueldos pieza:::: Item quarenta florines del » papa corrientes, comptados á xxIx sueldos pieza, vallen LXIX li„bras, x11 sueldos: Item cient ochanta cinquo florines Daragon, »comptados á xxvi sueldos pieza."

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XX

XX

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florin

816 Por último se tendrá presente, que el rol titulado » de las partidas de monedas cambiadas, é convertidas en oro para facer la delibranza de Chiriborg," comprehende baxo de un mismo título á las doblas y escudos viejos, con ser que á las demas clases de monedas las pone en títulos separados, dando á cada una el que le corresponde.

817 Siendo manifiesto que los escudos nuevos, ó coronas nuevas eran iguales á las doblas de la banda y valadíes, y los escudos viejos, ó coronas viejas, á las doblas cruzadas, con recurrir á

que

ver el valor que tuvieron las doblas, queda manifestado el correspondia á los escudos y coronas. La misma diligencia podrá practicarse respecto de la dobla marroquina, siempre que conste su estimacion, rebaxándola uno, ó dos maravedises de mo

(1) Archivo de reales contos de Navarra.

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neda vieja, si se quiere igualar con el escudo nuevo, y subiéndola otro ú otros dos para igualarla con la dobla cruzada, porque como ya hemos visto, la dobła marroquí mediaba entre el escudo viejo y nuevo, y entre la dobla valadí y cruzada, diferenciándose de cada extremo en un maravedí viejo, ó en dos, segun unos documentos, ó en poco mas segun otros.

818 Pero para que se vea que nada se puede dar por fixo en materia de monedas, por muy comprobado que esté, notaré aquí, que aunque es muy crecido el número de documentos que colocan á la dobla marroquí entre el escudo viejo y nuevo, y entre la dobla cruzada y valadí, son tambien muchos los que igualan á la dobla marroquí con el escudo, y no pocos los que hacen superior á la dobla marroquí al escudo.

819 Entre los que igualan el escudo á la dobla marroquí, es uno el ordenamiento del rey don Enrique II, hecho en Toro á primero de septiembre de la era de 1413, que corresponde a año de 1375: (1) » Otrosí (dice) tenemos por bien, é mandamos vala la dobla de oro castellana treinta é ocho maravedis, é el escudo, é dobla marroquí treinta é seis maravedis: é el florit. de Florencia veinte é cinco maravedis, é el florin Daragon veinte é tres maravedis."

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que

820 Tambien los iguala el arrendamiento hecho por el abad y monges de san Salvador de Oña en el año 1387 del monasterio de san Fructuoso de Miengo (2). »Está arrendado (dice) » por diez años, por precio en cada uno de quinientos marave» dis de moneda vieja:: pagados en buenas doblas castellanas:: á ra» zon de treinta y cinco maravedis la dobla de la dicha moneda vieja, ó en doblas morescas, é escudos á razon de á treinta é » quatro maravedis, ó en francos á razon de á treinta maravedis." 821 Entre los documentos que hacen menor al escudo viejo que á la dobla marroquí, es uno el ordenamiento del don Juan el primero, hecho en Burgos en 26 de diciembre del año de 1388: (3) »Otrosi en razon de los reales de plata (ordenamos) que valiese el real de plata á tres maravedis, é l

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(1) De este ordenamiento tengo dos copias, una sacada de la biblioteca del Escorial, y otra de la de don Luis

rey

» do

Pp 2

(2)

En su archivo.

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de Salazar.

dobla castellana, á treinta y cinco maravedis, é morisca á trein»ta é dos, é marroqui, é el mouton á treinta é »dis, é escudo viejo á treinta é tres."

quatro marave

sie

822 La correspondencia de los escudos viejos y nuevos con los florines y francos, fué la de quatro escudos viejos por te florines, y la de tres nuevos por cinco, y la de ocho escudos nuevos por ocho francos. El primer cómputo es manifiesto en el recibo del rey don Carlos III de Navarra, dado en Pamplona á 21 de julio á favor de los cabezaleros de su camberlan Mosen Pes de Lacsaga, pues como ya queda visto, decia: » Item ochanta "et tres doblas cruzadas, et de la He, et escudos viejos de » Francia comptados á razon de 1111 doblas por v11 florines Daragon."

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par

823 El de tres escudos nuevos por cinco florines es el que sigue el recibo que diéron Johan Dasiain, Johanco de Muniain, Machingo Doroz, y Martin de Palacio viejo, dicto Bort de Jaureguizar, escuderos, á Juan Caritat, tesorero de Navarrra, de las tidas de monedas de oro, que habian recibido para llevar á Chereborch de comandamiento del rey, y entregárselas á Pedro Dandosieilla, recibidor de aquella villa, para pagar los gages de las gentes darmas, y ballesteros que estaban en la guarnicion del castillo della.

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824 (1),,Primov LXXVIII escudos de oro, que valen con»tando 111 escudos por v florines XVI florines III quartos: contando II francos por 11 XVIII doblas marroquinas,

»Item masxvi francos, que valen

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» florines xxII florines: Item mas

III XXIII

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» que valen contando III doblas VII florines, con x1 florines por » la tara de las dictas doblas III III florin et meio: Item mas en » otra partida 1 moltones por v francos, valen vii florines et » meio: en otra partida xi groses, et dos ardites de plata.

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825 Tambien sigue este cómputo de tres escudos nuevos por cinco florines la memoria del viage que hizo á Castilla Pedro García de Eguirior por mandado de la reyna doña Leonor, para comprar bueyes, carneros y otras cosas necesarias para la venida del rey don Carlos que estaba en Francia, y para las bodas de la infanta doña Beatriz, con el conde de la Marca, pues

(1) Archivo de contos de Navarra.

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