El enjuiciamento conforme al Código de procedimientos civiles del estado: breve exposicion, Volumen1L. Pérez Verdiá, 1883 |
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... dice : " La rectitud en las decisiones es el objeto directo : los otros son colaterales . Se trata de cortar los incovenientes accesorios , conocidos con el nombre de términos dilatorios , de vejaciones y de gastos ; bien entendido que ...
... dice : " La rectitud en las decisiones es el objeto directo : los otros son colaterales . Se trata de cortar los incovenientes accesorios , conocidos con el nombre de términos dilatorios , de vejaciones y de gastos ; bien entendido que ...
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... dice que previene , aquel de ellos á quien se le defiere prime- ramente ; por este hecho adquiere preferencia y excluye á los demás . Habiendo en un lugar varios jueces de lo civil ó varios alcaldes , todos los primeros están en aptitud ...
... dice que previene , aquel de ellos á quien se le defiere prime- ramente ; por este hecho adquiere preferencia y excluye á los demás . Habiendo en un lugar varios jueces de lo civil ó varios alcaldes , todos los primeros están en aptitud ...
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... dice el Señor Ortolan , el dere cho por si solo es una regla inerte ; para ponerlo en movi- miento , se necesita una potencia que se lo imprima , ' y ' para poner en ejercicio esta potencia , se requiere un procedi miento ; este ...
... dice el Señor Ortolan , el dere cho por si solo es una regla inerte ; para ponerlo en movi- miento , se necesita una potencia que se lo imprima , ' y ' para poner en ejercicio esta potencia , se requiere un procedi miento ; este ...
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... del citado Código civil que dice : " La servidumbre es un gravámen impuesto sobre una finca 6 heredad , en provecho 6 para servicio de otra pertenecien- ( 1 ) Serna y Montalvan pàgs . 232 y 233 . 67 1 te á distinto dueño . " " Así pues , ...
... del citado Código civil que dice : " La servidumbre es un gravámen impuesto sobre una finca 6 heredad , en provecho 6 para servicio de otra pertenecien- ( 1 ) Serna y Montalvan pàgs . 232 y 233 . 67 1 te á distinto dueño . " " Así pues , ...
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... dice con derecho para hacerla , á que la deduzca , para á mi vez ocurrir á la accion de eviccion y saneamiento contra el que me la vendió . Cuando un acreedor no exige el pago de lo de lo que se le debe , se le debe , y el deudor está ...
... dice con derecho para hacerla , á que la deduzca , para á mi vez ocurrir á la accion de eviccion y saneamiento contra el que me la vendió . Cuando un acreedor no exige el pago de lo de lo que se le debe , se le debe , y el deudor está ...
Términos y frases comunes
abogado accion acreedor acto actor administracion admite alegar apelable apelacion aplicacion arts autos CAPITULO cion citacion citado Código Civil competencia confesion conforme conocimiento Constitucion contestacion contestar la demanda contrato crédito cuestion cuyo daños y perjuicios debe declaracion declarar Decreto delitos y faltas demanda derecho derecho real despues determina deudor dias dictará dili diligencia disposicion docu documentos domicilio efecto ejecucion ejecutivo entabla escrito establecido exceda excepciones exigir exije expresa finca fraccion fuere funcionarios hipoteca hipotecario hubiere informacion inscripcion interdicto interesados judicial jueces juez juicio ordinario juicio verbal jurisdiccion justicia juzgado legal legislacion litigantes Manresa y Reus Ministerio público negocio notificacion objeto obligacion obligado pago pedir peritos persona pleito posesion práctica presente presuncion presuncion legal primera instancia probatorio procede promover proroga providencia prueba punto recurso recusacion registro reglas requisitos resolucion respecto sentencia siciones sumarios sustanciacion tambien término término probatorio testigos tít título título ejecutivo tivo trata Tribunal
Pasajes populares
Página 263 - Los Jueces y Tribunales apreciarán la fuerza probatoria de las declaraciones de los testigos conforme á las reglas de la sana critica, teniendo en consideración la razón de ciencia que hubieren dado y las circunstancias que en ellos concurran.
Página 247 - Si tienen interés directo ó indirecto en el pleito, ó en otro semejante. 4.° Si son amigos íntimos ó enemigos de alguno de los litigantes. ART.
Página 98 - La inhibitoria se intentará ante el juez á quien se crea competente, pidiéndole que dirija oficio al que estime no serlo, para que se inhiba y remita los autos.
Página 210 - En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver posiciones esté asistida por su abogado, procurador ni otra persona, ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; pero si el absolvente fuere extranjero, podrá ser asistido por un intérprete, en cuyo caso el juez lo nombrará.
Página 267 - Iva petición de tachas se hará saber desde luego al colitigante, ya para que use de igual derecho dentro de veinticuatro horas, ya para que asista á la protesta de los nuevos testigos, que...
Página 208 - No se procederá a citar a alguno para absolver posiciones sino después de haber sido presentado el pliego que las contenga. Si éste se presentare cerrado deberá guardarse así en el secreto del tribunal, asentándose la razón respectiva en la misma cubierta que rubricará el juez y fir.
Página 262 - Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones, ni referencias á otras personas: V.
Página 104 - El domicilio de una persona es el lugar donde reside habitualmente: á falta de éste, el en que tiene el principal asiento de sus negocios. A falta de uno y otro, se reputa domicilio de una persona el lugar en que ésta se halla.
Página 202 - Todo litigante está obligado á declarar bajo protesta, en cualquier estado del juicio, contestada que sea la demanda, hasta la citación para definitiva, cuando así lo exigiere el contrario, sin que por esto se suspenda el curso de los autos.
Página 411 - Para dar á conocer la extensión y cargas del derecho que deba inscribirse , se hará mención circunstanciada y literal de todo lo que , según el título , limite el mismo derecho y las facultades del adquirente en provecho de otro , ya sea persona cierta , ó ya indeterminada, así como los plazos en que venzan las obligaciones contraídas , si fueren de esta naturaleza las inscritas.