El enjuiciamento conforme al Código de procedimientos civiles del estado: breve exposicion, Volumen1L. Pérez Verdiá, 1883 |
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... interdictos posesorios , denun- cia de obra nueva ó peligrosa , y deslinde , es competente el juez del lugar donde se encuentren los bienes que son obje- to del interdicto , salvo el caso de posesion hereditaria , en el cual se ...
... interdictos posesorios , denun- cia de obra nueva ó peligrosa , y deslinde , es competente el juez del lugar donde se encuentren los bienes que son obje- to del interdicto , salvo el caso de posesion hereditaria , en el cual se ...
Página 144
... interdictos . Otro hay muy breve , aunque en rea- lidad es una prolongacion del juicio ya principiado y con- cluido ; y suele llamarse via de apremio . Consiste en los trámites rápidos y sencillos que se observan para apre- miar ú ...
... interdictos . Otro hay muy breve , aunque en rea- lidad es una prolongacion del juicio ya principiado y con- cluido ; y suele llamarse via de apremio . Consiste en los trámites rápidos y sencillos que se observan para apre- miar ú ...
Página 192
... interdictos y en los juicios verbales , en que no se admite apelacion . Es importante este último párrafo . El término extraordinario no se concedia en los juicios sumarios , sino en el ordinario sólamente . Hoy procede la concesion en ...
... interdictos y en los juicios verbales , en que no se admite apelacion . Es importante este último párrafo . El término extraordinario no se concedia en los juicios sumarios , sino en el ordinario sólamente . Hoy procede la concesion en ...
Página 289
... interdictos , los cuales no preocupan las cuestiones de pro- piedad y de posesion definitivas , conforme al art . 1,124 . 19. Los trámites son generales en los juicios sumarios , segun tambien se ha expuesto ; pero algunos de estos mis ...
... interdictos , los cuales no preocupan las cuestiones de pro- piedad y de posesion definitivas , conforme al art . 1,124 . 19. Los trámites son generales en los juicios sumarios , segun tambien se ha expuesto ; pero algunos de estos mis ...
Página 310
... el valor del crédito del acreedor que no se haya presentado . ( 2 ) Los expondremos adelante . ( 3 ) Los de los juicios ejecutivo , sumarios , interdictos y verbales . se mandará quitar la cédula hipotecaria , y se devolverá 310.
... el valor del crédito del acreedor que no se haya presentado . ( 2 ) Los expondremos adelante . ( 3 ) Los de los juicios ejecutivo , sumarios , interdictos y verbales . se mandará quitar la cédula hipotecaria , y se devolverá 310.
Términos y frases comunes
abogado accion acreedor acto actor administracion admite alegar apelable apelacion aplicacion arts autos CAPITULO cion citacion citado Código Civil competencia confesion conforme conocimiento Constitucion contestacion contestar la demanda contrato crédito cuestion cuyo daños y perjuicios debe declaracion declarar Decreto delitos y faltas demanda derecho derecho real despues determina deudor dias dictará dili diligencia disposicion docu documentos domicilio efecto ejecucion ejecutivo entabla escrito establecido exceda excepciones exigir exije expresa finca fraccion fuere funcionarios hipoteca hipotecario hubiere informacion inscripcion interdicto interesados judicial jueces juez juicio ordinario juicio verbal jurisdiccion justicia juzgado legal legislacion litigantes Manresa y Reus Ministerio público negocio notificacion objeto obligacion obligado pago pedir peritos persona pleito posesion práctica presente presuncion presuncion legal primera instancia probatorio procede promover proroga providencia prueba punto recurso recusacion registro reglas requisitos resolucion respecto sentencia siciones sumarios sustanciacion tambien término término probatorio testigos tít título título ejecutivo tivo trata Tribunal
Pasajes populares
Página 263 - Los Jueces y Tribunales apreciarán la fuerza probatoria de las declaraciones de los testigos conforme á las reglas de la sana critica, teniendo en consideración la razón de ciencia que hubieren dado y las circunstancias que en ellos concurran.
Página 247 - Si tienen interés directo ó indirecto en el pleito, ó en otro semejante. 4.° Si son amigos íntimos ó enemigos de alguno de los litigantes. ART.
Página 98 - La inhibitoria se intentará ante el juez á quien se crea competente, pidiéndole que dirija oficio al que estime no serlo, para que se inhiba y remita los autos.
Página 210 - En ningún caso se permitirá que la parte que ha de absolver posiciones esté asistida por su abogado, procurador ni otra persona, ni se le dará traslado ni copia de las posiciones, ni término para que se aconseje; pero si el absolvente fuere extranjero, podrá ser asistido por un intérprete, en cuyo caso el juez lo nombrará.
Página 267 - Iva petición de tachas se hará saber desde luego al colitigante, ya para que use de igual derecho dentro de veinticuatro horas, ya para que asista á la protesta de los nuevos testigos, que...
Página 208 - No se procederá a citar a alguno para absolver posiciones sino después de haber sido presentado el pliego que las contenga. Si éste se presentare cerrado deberá guardarse así en el secreto del tribunal, asentándose la razón respectiva en la misma cubierta que rubricará el juez y fir.
Página 262 - Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones, ni referencias á otras personas: V.
Página 104 - El domicilio de una persona es el lugar donde reside habitualmente: á falta de éste, el en que tiene el principal asiento de sus negocios. A falta de uno y otro, se reputa domicilio de una persona el lugar en que ésta se halla.
Página 202 - Todo litigante está obligado á declarar bajo protesta, en cualquier estado del juicio, contestada que sea la demanda, hasta la citación para definitiva, cuando así lo exigiere el contrario, sin que por esto se suspenda el curso de los autos.
Página 411 - Para dar á conocer la extensión y cargas del derecho que deba inscribirse , se hará mención circunstanciada y literal de todo lo que , según el título , limite el mismo derecho y las facultades del adquirente en provecho de otro , ya sea persona cierta , ó ya indeterminada, así como los plazos en que venzan las obligaciones contraídas , si fueren de esta naturaleza las inscritas.