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ducción externa y garantia de satisfacción obligatoria (y compresiva, en caso preciso) aquellos deseos, otra urdimbre, no menos compleja y apretada, de innumerables hilos, cada uno de los cuales responde à un resorte espiritual distinto, es decir, á una apetencia del organismo colectivo, ó de alguna de sus partes componentes, tales como las clases sociales, las profesiones, las agrupaciones de intereses artísticos ó científicos, económicos, comerciales, industriales, religiosos, humanitarios, educativos y demás. Estos varios intereses, que se constituyen en centro terminal y absorbente de multitud de activi. dades y fuerzas dispersas en el círculo social en cuyo recinto se agitan todos en verdadero torbellino, no son, á lo menos á primera vista, fácilmente compatibles. Sin embargo, tienen que serlo, pues tal es la condición indispensable de su coexistencia. Hay que irlos engranando unos con otros en obra per sistente; y de hacerlo así se encarga la vida misma, logrando hoy un acomodamiento y mañana otro, limando puntas y asperezas, anudando tales y cuales cabos sueltos. Y uno de los elementos que más contribuyen á realizar este trabajo es el. poder público del Estado nacional, colocándose por encima de todos los particulares y encontrados intereses y fines, y buscando el apagamiento y la mayor compatibilidad posible de todos ellos.

Resultado: que la labor legislativa-la penal y penitenciaria también, claro está, lo mismo que la de otro orden cualquiera-se va realizando á trozos, dando ahora una porción de ella que responde á tal ó cual petición, concepción ó tendencia, y luego otra y otra porción para atender peticiones é ideas más ó menos diferentes de las anteriores. Cuando se prescinde del estudio directo y minucioso del gran bloque legislativo así formado, ó sólo se lo mira por alguno de sus múltiples aspectos, es muy fácil formular, acerca de su valor y sentido total, juicios y teorías exclusivistas, que después-considerada la legislación entera, mediante la observación detallada de sus diferentes prescripciones, comparando unas con otras para poder extraer

de ellas un contenido sustancial común á todas-tiene uno que calificar de equivocadas.

Del ensayo que precede à estas líneas, en el cual hemos ido pasando revista á multitud de preceptos del derecho legislado español, para saber cuál sea la manera con que éste concibe la psicología criminal, en su doble dirección de psicología del autor del delito y psicología del autor ó sujeto activo de la pena (ó reacción contra el delito), parece desprenderse que ni el resobado libre albedrío juega para nada como base de la imputabilidad criminal en la legislación española y en las resoluciones de los encargados de aplicarla, sino que son otros distintos los factores espirituales á que se atiende para considerar á una persona como merecedora de pena por su comportamiento ya pasado ó por su probable temida conducta futura; ni es tampoco el castigo por el castigo, el castigo en cuanto tal, retributivo, expiatorio, compensador de la deuda contraída al delinquir, y proporcionado á la entidad objetiva de esta. deuda, lo que principal, ni menos aún exclusivamente, se persigue con la imposición de la pena en España, sino otros objetivos muy distintos, de preservación social y evitación de delitos nuevos, hasta donde tal finalidad sea asequible. Con lo que nos colocamos, sin duda, me parece à mi, enteramente fuera de la doctrina que es uso invocar como justificativa de la imputabilidad según las leyes españolas, y como determinadora y básica, á la vez, de la especie y cuantía de la reacción penal en cada caso concreto.

Pero todo este estudio, por haberse desviado de la primitiva trayectoria por donde su autor pretendía haberlo encarrilado (1), ha tenido que hacerse, merced à causas diversas, con menos holgura y calma de la que hubiera sido menester; y á. ello se debe el que sea bastante incompleto y esté lleno de imperfecciones. Necesita por eso de otros estudios acerca de la

(1) Ejemplo de una operación voluntaria (?) extra ó preterintencional.

misma ó de otras análogas materias, siempre sobre la base del derecho legislado español vigente. El autor se propone consagrarse à ellos, según su salud y otras atenciones se lo permitan. Entre tanto, quede ahí éste, como muestra y tipo de los posteriores.

P. DORADO.

EJERCICIO DE LA POTESTAD

CONFERIDA POR LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO

Á LOS JUECES Y TRIBUNALES (1)

SEÑORES:

Al verme obligado á dirigiros la palabra en ocasión tan solemne, como la actual, se engendró en mi mente la duda Ꭹ consiguiente dificultad del tema que había de tratar en cumplimiento de la obligación que la ley me impone para no limitarme á llenar una mera formalidad, impropia, si así fuera, de lo que representáis y de ló que individualmente valéis, no habiéndome bastado para vencerla el recuerdo de ejemplos que desde este sitial han dado egregios varones que ilustraron, ya la política, ya el foro, ya la Magistratura, porque precisamente este recuerdo es el que más hace resaltar, al lado de aquéllos, la pequeñez de mi personalidad, siquiera el azar y las circunstancias, no mis méritos me hayan colocado en este sitio desde el que sólo puedo ofreceros el reconocimiento de mi inferioridad, pero, á la par, el de mi entusiasmo por la carrera de los que á la Administración de Justicia se han dedicado desde su juventud hasta la vejez, y la voluntad más firme de morir en el culto de este sentimiento, cada vez más vivo y fervoroso bajo la capa de nieve con que los años han cubierto mi babeza.

Otra consideración potísima cohibe mi ánimo, y es la de que, no yo, sino el Presidente del Consejo de Ministros, actual Ministro de Gracia y Justicia, es quien habría inaugurado este acto,

(1) Discurso leido por el Excmo. Sr. D. José de Aldecoa y Villasante, Presidente del Tribunal Supremo en la solemne apertura de los Tribunales celebrada el 15 de Septiembre de 1911.

si sus ocupaciones de Gobierno se lo hubieran permitido, dándole con su presencia, con su autoridad, con su extraordinario prestigio, con su mundial renombre, un realce que únicamente vuestro concurso y presencia puede suplir.

Pero el deber se impone; y yo, estimulado exclusivamente por él, algo he de deciros bien convencido de que vuestra benevolencia llenará la flaqueza de mis fuerzas, que me hace recordar aquel profundo pensamiento de Pascal de que uno de los mayores signos de la miseria del hombre consiste en su impotencia para hacer el bien que quisiera por no haber relación adecuada entre su voluntad y los medios de que dispone para realizarla, que es precisamente lo que me acontece en el presente acto.

Al intentar, no obstante, llenar mi cometido, lo primero en que pienso es, que somos y que representamos; la idea que antes que otra alguna ó sobre todas embarga mi mente, es la de las funciones que hemos estado desempeñando en los pasados años y las que aun seguiremos desempeñando por encargo que el Poder social, legítimamente representado, nos ha conferido. Función es esta la más importante, la más alta, la más necesaria para la vida y existencia de una sociedad cualquiera, pues sería preciso variar las condiciones de la naturaleza humana, crear otro hombre distinto del que todos conocemos, del que constantemente nos revela la historia, para poder asentar la sociedad sobre base excluyente de todo principio y concepto de autoridad, cual utópica y paradógicamente pretende alguna escuela que no es ni significa realmente más que una absurda y sacrílega rebelión contra los designios de Dios, que plugo así crearnos míseros y grandes á la vez para que dentro de estas condiciones lucháramos desde un principio, dirigiéndonos constante é incesantemente hacia un indefinido progreso en esta vida con engrandecimiento de nuestro ser moral sobre la base de esta lucha á que la naturaleza nos condena.

Si se dijo en la antigüedad por un ilustre historiador que viajando por la tierra podrán encontrarse ciudades sin muros, sin letras, sin reyes, sin casas y sin riquezas, pero no sin religión; si otro ilustre naturalista entiende que la característica del hombre, lo que esencialmente le distingue de todos los demás seres dotados de alguna facultad inteligente consiste en ser religioso, en poseer la idea de un Ser Supremo á quien debemos culto y adoración, lo mismo puede asegurarse que no habido, ni hay, ni habrá ciertamente pueblo en la tierra, sociedad alguna por em. brionaria que aparezca, donde no resalte una autoridad con la función más sobresaliente de regir según principios de justicia,

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