Instituciones de derecho real de España, Volumen1 |
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Términos y frases comunes
accion adquirir agena ahora algun autoridad buena cargo causa cédula cion civil coino comun concede condicion contrario cumpla curador dada daño debe decir definicion deja demas derecho descendientes despues dice divide dominio donacion dueño edad efecto entiende entonces entrega especie espresa establecido estan facultad falta familia Finalmente Fuero fundo hemos heredad heredero herencia hijos hubiese infiere instituido juez juicio justicia justo legado legatario legítima libertad libre llama luego madre mandado manera matrimonio medio mejor menor mente modo muerte muger nace natural naturaleza necesario nombre obligado oficio órden padre pagar palabras parientes pasa patria potestad pena pérdida prescripcion primer primero principio prohibido propia público pupilo queda quiere razon Real recibe regla sean segundo seria servidumbre siendo siervos solemnidades suerte sustitucion tambien tenga tenido testador testamento testar testigos Ticio título Tomo tratar tutela tutor usufructo utilidad vale veinte vender vivos voluntad
Pasajes populares
Página 228 - ... ordenamos y mandamos que los tales hijos de clérigos no hayan ni hereden, ni puedan haber ni heredar los bienes de sus padres clérigos, ni de otros parientes de parte del padre...
Página 229 - Los hijos bastardos ilegítimos de cualquier calidad que sean , no pueden heredar á sus madres ex testamento ni abintestato, en caso que tengan sus madres hijo ó hijos descendientes legítimos ; pero bien permitimos que les puedan en vida ó en muerte mandar hasta la quinta parte de sus bienes, de la cual podrían disponer por su alma, y no mas ni allende.
Página 139 - Los exidos sean en tan competente distancia, que si creciere la población siempre quede bastante espacio, para que la gente se pueda recrear, y salir los ganados sin hacer daño.
Página 65 - Gefea creyesen convenientes en sus casos, se conceda ó niegue el permiso 6 habilitación correspondiente, para que estos matrimonios puedan tener ó no efecto. En las demás clases del Estado ha de haber el mismo recurso á los Presidentes de Chancillerías y Audiencias, y al Regente de la de Asturias, loa quales procederán en los mismos términos.
Página 217 - Julio de este año , que todos los . individuos del fuero de guerra pueden en fuerza de sus privilegios otorgar por sí...
Página 65 - ... enlazarse. Aunque los padres, madres, abuelos y tutores no tengan que dar razón á los menores de las edades señaladas de las causas que hayan tenido para negarse á consentir en los matrimonios que intentasen, si fueren de la clase que deben solicitar mi...
Página 213 - Escribano público, que sean ahí á lo menos cinco testigos , vecinos, según dicho es , si fuere lugar donde los pudiere haber ; y si no pudieren ser habidos cinco testigos, ni Escribano en el dicho lugar , á lo menos sean presentes tres testigos vecinos del tal lugar : pero si el testamento fuere hecho ante siete testigos, aunque no sean vecinos , ni pase ante Escribano , teniendo las otras calidades que el Derecho requiere , valga el tal testamento, aunque los testigos no sean vecinos del lugar...
Página 217 - ... su testamento en papel simple firmado de su mano , ó de otro cualquier modo , en que conste su voluntad , ó hacerlo...
Página 2 - Fuero juzgo, y se tiene por fuente y origen de las leyes de España. Divídese esta obra en doce libros repartidos en títulos, y sus leyes se componen de edictos de diversos reyes godos, de decretos de Varios concilios toledanos, y de otras leyes cuyo origen no se espresa. Se duda sobre su autor, y unos lo atribuyen á Sisenando, otros á Chindasvinto y otros á Recesvinto, que todos florecieron en el siglo vii.
Página 229 - ... de dañado y punible ayuntamiento de parte de la madre, que en tal caso mandamos; que no puedan heredar á sus madres ex testamento ni...