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taciones que conmovían los ánimos fuera de aquel sagrado recinto. Así estuvieron cerca de dos meses, hasta que un acontecimiento, de que á su tiempo nos ocuparemos, y que fué sometido con toda solemnidad á su deliberación, les dió forzoso tema para largos, serios y acalorados debates, concluídos los cuales, volvieron á la discusión reposada de los asuntos que habían quedado pendientes.

Mereció los honores de la prioridad la división del territorio, reclamapor las transformaciones históricas y por las necesidades del orden político y administrativo; pero división, para cuyo mejor y más conveniente arreglo se ofrecían mil dificultades, ya por la falta de datos estadísticos que entonces se sentía, ya principalmente por los intereses y rivalidades de localidad que siempre en estos casos se cruzan y mezclan, cegando á veces la pasión hasta el punto de creer que discurren y obran imparcialmente los que más se dejan dominar del espíritu del país y de apego á la comarca. La discusión fué tan detenida, que duró, con algunos intervalos, casi toda la legislatura. El resultado no podía ser perfecto, pero se dió un gran paso, y se tuvo el buen acuerdo de hacer y llamar provisional aquella división. Según ella, la Península con las islas adyacentes quedaba dividida en 52 provincias y los correspondientes partidos, bajo la base del censo de población, con arreglo al cual unas darían cinco, otras cuatro, tres ó dos diputados, cuyo número total era de 170 (1). Siguió á ésta la división en distritos militares, que eran 13, cuyos respectivos límites se determinaban, así como el sueldo y la graduación de los comandantes generales que se destinaban á cada distrito según su extensión é importancia.

Con el mismo celo y afán discutieron los demás proyectos indicados por el gobierno y presentados por las comisiones. Como que ni nos corresponde, ni fuera fácil hacer una historia de los debates parlamentarios, haremos lo que hemos practicado respecto á otras legislaturas, dar idea. de sus tareas por el fruto y resultado de sus deliberaciones, traducidas en decretos ó leyes. Prescindiendo de algunas medidas administrativas, que no carecían de interés, pero que no tenían un carácter general, no puede dejarse de mencionar el establecimiento y organización de los cuerpos de Milicia nacional activa en todas las provincias, sirviendo de base para su formación las milicias provinciales donde las hubiese, y habiendo de componerse esta fuerza de tres plazas por cada cuatrocientas almas de población, con arreglo á los censos que servían para la elección de los diputa

(1) He aquí la división y distribución que resultó:

Provincias de 1.a clase, ó sea de cinco diputados: Zaragoza, Oviedo, Barcelona, Córdoba, Coruña, Granada, Vigo, Sevilla, Valencia.

De 2.a clase, ó de cuatro diputados: Orense, Alicante, Cádiz, Cuenca, Badajoz, Jaén, Lugo, Madrid, Málaga, Ciudad-Real, Murcia, Toledo.

De 3. clase, ó de tres diputados: Almería, Baleares, Canarias, Castellón, Cáceres, Gerona, Guadalajara, Huesca, León, Chinchilla, Pamplona, Logroño, Salamanca, Tarragona, Valladolid, Santander, Burgos.

De 4.a clase ó de dos diputados: Ávila, Calatayud, San Sebastián, Huelva, Játiva, Lérida, Palencia, Segovia, Soria, Teruel, Villafranca, Bilbao, Vitoria, Zamora. El censo de población daba, almas, 11.661,980.

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