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narse una nota que acompañaba, promoviendo la cuestión de si no estando garantida su vida, quedaba ó no disuelto el pacto social, y entraba de nuevo en la plenitud de sus derechos. Ya se veía aquí claramente cuál de los dos planes de reacción era el preferido por Fernando; y el medio parecía ser el concebido por el desgraciado Vinuesa, de reunir un día todas las autoridades en palacio para apoderarse de ellas, y todo lo demás que era consecuencia de este paso. Por fortuna los ministros, apoyados en la Constitución que declaraba único cuerpo consultivo del rey el Consejo de Estado, y acaso penetrando el objeto ó la tendencia, se opusieron á la reunión, y enviaron el documento al Consejo; cuya corporación contestó dignamente al rey, que en el caso de haberse roto el pacto social, no le había roto la nación, y aconsejaba á S. M. saliese del peligroso estado en que se hallaba con una providencia pronta y digna del trono.

Y en tanto que esto pasaba, en aquel día mismo, mediaban tratos y negociaciones entre los batallones sublevados del Pardo y los ministros, por medio del jefe de aquéllos el conde de Moy, y de algunos oficiales, que vinieron á Madrid á conferenciar con los secretarios del Despacho, y con el mismo monarca. Convino ya el gobierno, deseoso de restablecer la tranquilidad sin efusión de sangre, en que á pesar del decreto de las cortes se conservaría la Guardia real tal como estaba, á condición de que una parte de ella fuese á guarnecer á Toledo y otra á Talavera de la Reina Pareció esto bien á los comisionados. y en su virtud el ministro de la Guerra expidió el siguiente decreto:-«Excmo. señor.-A consecuencia de cuanto V. E. manifiesta en oficio de este día, que me han entregado don Luis Fernando Mon y don Fortunato de Flores, y después de cuanto los mismos han manifestado personalmente al rey, ha tenido á bien Su Majestad mandar. que de los cuatro batallones de los regimientos de la Guardia real de infantería que se hallan en el Real Sitio del Pardo, se trasladen dos á Toledo y dos á Talavera de la Reina, á cuyo efecto digo lo conveniente al comandante general de este distrito, coronel interino de los dos regimientos de la Guardia real de infantería, á fin de que dé las órdenes correspondientes, acompañándole los correspondientes pasaportes, dados por el mismo comandante general, debiendo emprender desde luego el movimiento para dichos puntos, avisándome haberlo así ejecutado para noticia del rey, que al mismo tiempo espera de su amor y lealtad á su real persona, de V. E., oficiales y tropa que componen los citados batallones, que esta su real voluntad será cumplida inmediatamente. Y de orden del Rey lo digo á V. E. para su cumplimiento.-Dios, etc. Palacio, 3 de julio de 1822. Luis Balanzat. >>

Sin duda el cumplimiento de esta real orden, á que estaban obligados por deber de obediencia y por el compromiso de un pacto hecho, habría podido conjurar por el pronto el conflicto inmediato que amenazaba. Y á ello parecían estar dispuestos los batallones, pero opúsose Córdova al convenio, y con su elocuencia arrastró á los demás. Los antecedentes y la historia de este negocio hicieron sospechar que obrase de este modo, no tanto por convicción propia como por inspiraciones, cuando no fuesen mandamientos recibidos de elevada región, superior á la de los ministros. No debió influir poco esta nueva actitud en la renuncia que éstos hicieron

de sus cargos el día 4, mucho más siendo la opinión del Consejo de Estado en sus consultas que no hallaba medio honroso de terminar el negocio sino la sumisión de los guardias del Pardo y la retirada de los de palacio á sus cuarteles. Pero el rey no admitió las renuncias de los ministros, siendo la situación de éstos cada vez más comprometida y apurada.

No era muy desahogada ni halagüeña la del rey, atormentado por la incertidumbre, fluctuando entre esperanzas y temores, titubeando entre los diferentes planes que le proponían los que le asediaban. En la mañana del 6 parecía haber prevalecido el que era más conciliatorio, el de la modificación del código de 1812, dividiendo el cuerpo legislativo en dos cámaras, y robusteciendo las prerrogativas del trono. Mas como la tendencia y propensión de Fernando fuese la de ir más allá en el camino de la reacción, cambióse á la tarde la escena, advirtiósele disgustado del acuerdo de la mañana, y dió á entender haberle agradado más y preferido definitivamente el plan de los partidarios del absolutismo puro.

Los ministros habían hecho repetidamente y con instancia dimisión de sus cargos, exponiendo que en tales circunstancias su permanencia no podía producir ningún bien á la nación ni al rey mismo. Siempre el rey se había negado á admitirla. En la mañana del 5 habían repetido la renuncia de la siguiente resuelta manera: «Señor: En circunstancias tan críticas como las actuales, un solo día que permanezca el ministerio en este estado de suspensión é incertidumbre es un gravísimo mal para la nación. Nuestro deber, nuestro honor, y las obligaciones que tenemos para con la patria, igualmente que con V. M., nos ponen en la precisión de suplicar rendidamente que V. M. se digne admitir desde luego la dimisión que reiteramos de nuestros destinos, de los cuales nos consideramos exonerados desde ahora.-Señor, A. L. R. P. de V. M.-Madrid, 5 de julio de 1822 » -Seguían las firmas de los siete secretarios del Despacho. Grande debió ser su sorpresa, é inmenso su asombro, al recibir la siguiente contestación, escrita toda de letra y puño del rey.—«En consideración á que las actuales circunstancias críticas del Estado podrán haber tenido principio en las providencias adoptadas por los actuales secretarios del Despacho, de que son responsables conforme á la Constitución, ínterin no varíen las ocurrencias graves del día no admito la renuncia que hacéis de vuestros respectivos ministerios, en cuyo despacho continuaréis bajo la más estrecha responsabilidad-Palacio, á 5 de julio de 1822.>>

Al día siguiente dirigieron los ministros una comunicación al rey, contestando á la gravísima inculpación que les hacía, é insistiendo de nuevo en su renuncia. El monarca nada providenció; reiteró el de la Guerra la suya por separado, añadiendo á las anteriores razones que su salud se había quebrantado de tal modo, que se había visto precisado á retirarse á su casa arrojando sangre por la boca, por cuyo motivo le era imposible continuar en el ejercicio de su empleo. Al fin Fernando le admitió aquella noche la renuncia. Los demás quisieron también retirarse, pero se les intimó que no salieran, y se les cerraron las puertas del palacio, quedando allí como arrestados, y condenados á sufrir las tribulaciones de aquella noche, que fueron tan terribles como vamos á ver.

Habían recibido algunos milicianos un aviso anónimo de lo que estaba

y contribuciones no produjeran los rendimientos que se estimaban, se autorizó al gobierno para la venta y emisión de 13 millones de reales en rentas del 5 por 100, inscribiéndoles en el gran libro (29 de junio). Se declararon legítimos los vales emitidos por el gobierno intruso, conocidos con el nombre de duplicados: se determinó el modo de repartir el medio diezmo y primicia: se señalaron los medios y arbitrios que habían de apli carse á la enseñanza pública; y finalmente se dió el célebre decreto sobre repartimiento de terrenos baldíos y realengos, y de propios y arbitrios del reino, en que, bajo el título de premio patriótico, se distribuía una parte de dichas fincas entre los que se habían inutilizado en el servicio militar, ó servido con buena nota todo el tiempo de su empeño, y se destinaba otra á repartir por sorteo entre los labradores y trabajadores de campo no propietarios (1).

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(1) He aquí algunos de los principales artículos del decreto: 4. Las tierras restantes (era la mitad) de baldíos y realengos se dividirán en suer tes iguales en valor, y la extensión de cada una será la que baste para que regularmente cultivada pueda mantenerse con su producto una familia de cinco personas; pero si dividida de esta manera no resultan bastantes para dar una á cada uno de los que tienen derecho á ellas, se aumentará su número reduciendo su cabida, con tal que á lo menos sean suficientes para mantener dos personas.

5. Divididas en estos términos, se darán por sorteo á los capitanes, tenientes ó subtenientes que se hayan retirado ó se retiren antes del reparto por su avanzada edad. ó por haberse inutilizado en el servicio militar, con la debida licencia, sin nota, y con el documento legítimo que acredite su buen desempeño; y lo mismo á cada sargento, cabo, soldado, trompeta ó tambor, que por las propias causas, ó por haber cumplido su tiempo después de haber servido en la guerra de la Independencia, haya obtenido la licencia absoluta sin mala nota, ya sean nacionales ó extranjeros unos y otros: igualmente tendrán parte en el mismo sorteo los individuos no militares que se hayan inutilizado en acción de guerra. Estas suertes se titularán Premio patriótico.

6.

Las tierras restantes de los mismos baldíos y realengos se repartirán por sorteo solamente entre los labradores y trabajadores de campo no propietarios, y sus viudas

Llegado el día de cerrarse las cortes, 30 de junio (1822), el rey asistió á la sesión de clausura con la ceremonia y el aparato de costumbre. Notóse ya frialdad y falta de entusiasmo, así en la carrera como en el recinto del Congreso. En el discurso de despedida era natural decir algo de log últimos acontecimientos, y esto lo hizo el rey en el penúltimo párrafo en los términos siguientes: «Me es sumamente doloroso que el fuego de la insurrección haya prendido en las provincias que componían la antigua Cataluña: pero á pesar de que la pobreza de algunos distritos y la sencillez de sus habitantes les hacen servir de instrumento y de víctima de la más delincuente seducción, el buen espíritu que reina en todas las capitales y villas industriosas, el denuedo del ejército permanente, el entusiasmo de las milicias, y la buena disposición que muestran en general los pueblos al ver comprometidos en una misma lucha su libertad y sus hogares, todo contribuye á infundirme la justa confianza de ver frustradas las maquinaciones de los malévolos, desengañados á los ilusos, y confirmada con esta nueva prueba la firmeza del régimen constitucional. » Era el lenguaje de siempre en aquel sitio. No ofreció nada de notable la contestación del presidente, el cual declaró en seguida cerradas las sesiones de las cortes. Fría la despedida que se hizo al rey, como lo había sido el recibimiento, el público no se mostró con él á la salida más afectuoso ni más galante que los diputados.

Notáronse ya en la carrera síntomas de mala inteligencia entre la tropa que la formaba y el paisanaje, y al llegar á palacio mezcláronse los vivas al rey absoluto, que salían de los labios de algunos soldados, con los que daban otros á Riego y á la Constitución, sobreviniendo á los pocos momentos reñidos choques entre soldados y milicianos, de que resultaron varios heridos, y hasta algún muerto. Principio y señal de gravísimos disturbios, que con no poca pena habremos de referir en otro capítulo, terminando el presente, según nos habíamos propuesto, tan pronto como concluyera la legislatura con que le comenzamos.

con hijos mayores de doce años, entendiéndose por no propietario el vecino que teniendo tierras no igualen su valor al de una de las suertes que se han de repartir, ó teniendo ganados no sean de más valor. Si aun sobrasen tierras, se dará cuenta de ello á las cortes después de haber hecho los repartos.

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narse una nota que acompañaba, promoviendo la cuestión de si no estando garantida su vida, quedaba ó no disuelto el pacto social, y entraba de nuevo en la plenitud de sus derechos. Ya se veía aquí claramente cuál de los dos planes de reacción era el preferido por Fernando; y el medio parecía ser el concebido por el desgraciado Vinuesa, de reunir un día todas las autoridades en palacio para apoderarse de ellas, y todo lo demás que era consecuencia de este paso. Por fortuna los ministros, apoyados en la Constitución que declaraba único cuerpo consultivo del rey el Consejo de Estado, y acaso penetrando el objeto ó la tendencia, se opusieron á la reunión, y enviaron el documento al Consejo; cuya corporación contestó dignamente al rey, que en el caso de haberse roto el pacto social, no le había roto la nación, y aconsejaba á S. M. saliese del peligroso estado en que se hallaba con una providencia pronta y digna del trono.

Y en tanto que esto pasaba, en aquel día mismo, mediaban tratos y negociaciones entre los batallones sublevados del Pardo y los ministros, por medio del jefe de aquéllos el conde de Moy, y de algunos oficiales, que vinieron á Madrid á conferenciar con los secretarios del Despacho, y con el mismo monarca. Convino ya el gobierno, deseoso de restablecer la tranquilidad sin efusión de sangre, en que á pesar del decreto de las cortes se conservaría la Guardia real tal como estaba, á condición de que una parte de ella fuese á guarnecer á Toledo y otra á Talavera de la Reina Pareció esto bien á los comisionados. y en su virtud el ministro de la Guerra expidió el siguiente decreto:-«Excmo. señor.-A consecuencia de cuanto V. E. manifiesta en oficio de este día, que me han entregado don Luis Fernando Mon y don Fortunato de Flores, y después de cuanto los mismos han manifestado personalmente al rey, ha tenido á bien Su Majestad mandar. que de los cuatro batallones de los regimientos de la Guardia real de infantería que se hallan en el Real Sitio del Pardo, se trasladen dos á Toledo y dos á Talavera de la Reina, á cuyo efecto digo lo conveniente al comandante general de este distrito, coronel interino de los dos regimientos de la Guardia real de infantería, á fin de que dé las órdenes correspondientes, acompañándole los correspondientes pasaportes, dados por el mismo comandante general, debiendo emprender desde luego el movimiento para dichos puntos, avisándome haberlo así ejecutado para noticia del rey, que al mismo tiempo espera de su amor y lealtad á su real persona, de V. E., oficiales y tropa que componen los citados batallones, que esta su real voluntad será cumplida inmediatamente. Y de orden del Rey lo digo á V. E. para su cumplimiento.-Dios, etc. Palacio, 3 de julio de 1822. Luis Balanzat. >>

Sin duda el cumplimiento de esta real orden, á que estaban obligados por deber de obediencia y por el compromiso de un pacto hecho, habría podido conjurar por el pronto el conflicto inmediato que amenazaba. Y á ello parecían estar dispuestos los batallones, pero opúsose Córdova al convenio, y con su elocuencia arrastró á los demás. Los antecedentes y la historia de este negocio hicieron sospechar que obrase de este modo, no tanto por convicción propia como por inspiraciones, cuando no fuesen mandamientos recibidos de elevada región, superior á la de los ministros. No debió influir poco esta nueva actitud en la renuncia que éstos hicieron

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