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- Tratado de los Estados del Rio de la Plata y Cons-
tituciones de las Repúblicas Sud-Americanas. Comercio del Plata.
Historia de los diez años de la administracion Mo-

VARELA (Florencio).

VICUÑA MACKENNA.

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WHITTING. Poderes de guerra, traduccion de Rawson.
WHARTON.

Criminal laws.

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lamentos: los subsidios. -- Disolucion del primer parlamento. - El
2o parlamento; nueva disolucion; medidas violentas. El tercer
parlamento; su actitud enérgica contra Cárlos. - La peticion de
derechos, su importancia. — Violacion de este compromiso por el
rey y disolucion del parlamento.- Formacion de un ejército per-
manente. Persecuciones políticas y religiosas. - El Acta de
Habeas Corpus. Caida de Jacobo II; Guillermo de Orange. La
declaracion de derechos, su importancia, materias que com-
prende. VI. Continuacion de la materia anterior. Francia. Ge-
neralidades. La revolucion de 1789. - Discusiones en la Asamblea
sobre declaracion de derechos; proyectos diversos. — Declaracion
de los derechos del hombre y del ciudadano, principios que com-
prende; su importancia. VII. Continuacion de la materia ante-
rior. Estados Unidos. Generalidades. - Proclamacion de la inde-
pendencia. La confederacion de 1781, sus consecuencias. — La
constitucion de 1787; sus enmiendas sucesivas y la declaracion de
derechos; materias que esta abarca. - VIII. Continuacion de la
materia anterior. República Argentina. Generalidades. — Regla→
mento de la Junta Conservadora; estatuto provisional de 22 de No-
viembre de 1811; Estatuto del año 15: Reglamento provisorio del
año 17: garantías diversas acordadas en estos estatutos. Constitu-
ciones posteriores: de 1819, de 1826, de 1853; reforma de 1860,
declaraciones respectivas, su importancia. Camino seguido por.
las demás Repúblicas americanas. IX. Declaracion de derechos. ¿Es
conveniente ó nó? Argumentos en contra, argumentos en pró.- Be-
neficios que reporta, · Su utilidad y conveniencia entre nosotros..

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especiales ó particulares; definiciones respectivas.Enumeracion
de unas y otras. - Limitaciones á que debe sujetarse el poder que
las impone. Manera de hacer eficaces las garantías de los dere-
chos individuales: papel del poder judicial. - Opinion de Martinez
sobre la teoría de los derechos absolutos; crítica de esta opinion.
Resúmen....

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CAPÍTULO III

EL HABEAS CORPUS

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I. Restricciones á la libertad individual, observaciones generales; la

prision preventiva y su importancia actual, ¿por qué no la tenia en

los tiempos antiguos? - Influencia que sobre ella ejerce la aplica-

cion de las leyes estrangeras y los tratados internacionales. — EI

respeto á la libertad individual y las exijencias de la justicia social:

dificultad de conciliar esos dos principios. - Temperamento pro-

puesto por Rossi, su bondad, su esplicacion.- Medios de que dispone

el particular para evitar las malas consecuencias de la detencion:

el habeas corpus, la fianza. — II. Definicion del auto de habeas

corpus. III. Histórica de la materia y lejislacion comparada. -

Inglaterra. Orígen del habeas corpus. - La Magna Carta lo con-

signa. Medios puestos en práctica por los reyes para impedir su

ejercicio.La ley de habeas corpus, su importancia; reglas que

comprende. Superchería para obtenerla. - Enumeracion que hace

Blackstone de los medios de hacer cesar la detencion ilegal; su im-

portancia respectiva. - IV. Continuacion de la materia anterior.—

Estados Unidos. La lejislacion federal y las lejislaciones de los

Estados la consignan. — V. Continuacion de la materia anterior. -

Estados sud-americanos. Brasil, Chile, República Oriental, Para-

guay, Bolivia, Perú, Ecuador, Venezuela, Honduras; disposiciones

respectivas que consagran el habeas corpus. VI. Continuacion de

la materia anterior.

Retrospecto.

Constitucion nacional, ley nacional de 1863, Constituciones provin-
ciales disposiciones que consignan, & importan estas la consagra-
cion de los principios del habeas corpus? — Discusion sobre el ar-
tículo 17 de la Constitucion de Buenos Aires. Opiniones de Mitre
y de Lopez. Juicio sobre su mérito. - Razones que fundan este
juicio. Las formalidades del habeas corpus en la República Ar-
gentina no son iguales á las usadas en Inglaterra; causas de esa
diferencia. Lastarria sobre el articulo 143 de la Constitucion chi-
lena.- Remedios contra los males que señala, — Ötra vez el artí-
culo 17 de la Constitucion de Buenos Aires y el artículo 20 de la ley

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nacional de 14 de Setiembre de 1863. VII. Los poderes públicos
de la Nacion y los poderes públicos de las Provincias, su coexisten-
cia armónica, su órbita respectiva: son necesariamente limitados.
-Escepcion al principio del equilibrio; concurrencia del imperium
nacional con el imperium provincial, & cuál debe prevalecer?
Autoridades que sostienen la doctrina espuesta. - Palabras de Field,
palabras del Dr. Gorostiaga. - El ejercicio del habeas corpus con-
firma la doctrina. A su respecto cada poder obra dentro de su pro-
pia esfera. Decision de la Suprema Corte de los Estados Unidos,
sus fundamentos; papel que esa decision asigna á la Córte Suprema.
-El habeas corpus segun la misma. - VIII. Autoridad competente
para dictar el auto en el órden nacional & puede dictarlo cualquiera
de los miembros de la Corte? Dificultades que presenta esta cuestion :
Solucion; ¿La jurisdicion de la Corte es originaria? Jurisprudencia
norte-americana. Lejislacion Argentina, solucion con arreglo á
esta. Doctrina de la Constitucion de la Provincia de Buenos Aires,
sus artículos 156 y 17. Casos en que puede dictarse el auto; es-
cepciones. Discusion en los Estados Unidos sobre si el Presidente
debe obedecer un auto de habeas corpus en caso de guerra....... 39

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CAPÍTULO IV

LA LEY MARCIAL Y LA LEY MILITAR

I. Consideraciones generales.

SECCION 1

La Ley Militar

Conflictos entre las naciones; me-
dios de resolverlos: medios conciliatorios, medios coercitivos ¿por
qué no siempre evitan la guerra? - Los conflictos entre particula-
lares difieren de los conflictos entre naciones. Estas no reconocen
superior comun. - La guerra como medio de resolver los conflictos.
Juicio de Prevost-Paradol sobre la guerra. Es una necesidad en
ciertos casos. II. Continuacion de lo anterior. La guerra no

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es el estado normal de los pueblos. Su carácter en la época actual.
-Principios fundamentales á que está sometida: necesidad, huma-
nidad. Crítica del adajio inter arma silent leges. Leyes cuyo
ejercicio suspende el estado de guerra. Leyes de la guerra, ¿cuáles
son? - Sancion de las mismas. III. La fuerza pública, su ne-
cesidad para conservar el órden interior y la seguridad esterior.
Debe ser proporcionada á cada uno de sus fines. Dificultades que
ofrece su organizacion. - Males que trae consigo su esceso y su mala
organizacion. -- VI. Histórica de la materia. Inglaterra: Pri-

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