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III. Antropología y Demografía de las clases pobres.

La clase y la profesión. Caracteres físicos y fisiológicos de los hombres pertenecientes á las clases pobres (estatura, peso, cráneo, etc.). Caracteres psicológicos. Caracteres demográficos. Caracteres etnográficos. Eziología de los caracteres hallados.

Antropometría de las profesiones. Examen biológico y experimental del trabajo y de la productividad profesional.

Zonas de riqueza y zonas de pobreza. Examen estadístico y antropológico.

9. Bruno Franchi, Ciencias carcelarias y correccionales.

Contenido y posición de las ciencias carcelarias. Caracteres y complejidad de los servicios carcelarios en el estado actual de la legislación y en el derecho peñal en formación. Ejecución y jurisdicción penal. La libertad condicional y la imposibilidad de su justificación sistemática en el derecho actual. Tendencia de los estados libres á poner los servicios de las prisiones bajo la dependencia del Ministerio de Justicia.

Eficiencia jurídica del hecho de haber llamado la Antropológia y la Sociología criminal la atención científica y legisla tiva sobre el delincuente: reivindicadas para el loco y para el anómalo en general, las cualidades y las garantías del hom. bre y del ciudadano, se sustituye la jurisdiccionalización de las medidas de seguridad al abandono del loco y del anómalo á la cadministración».

Humanismo y positivismo. El no odio al delincuente. Su distinción del sentimentalismo del pobre encarcelado».

Defectos de la pena de prisión puestos de relieve:

**།

a) Por la medicina actual. Cárceles y tuberculosos. Intoxicaciones y auto-intoxicaciones. Auto sugestiones. Reflejos sobre la indisciplina carcelaria. La segregación celular.

b) Por la civilización jurídica de las democracias modernas. La mayor libertad de la vida libre.

c) Por la actual economía industrial. Trabajo carcelario: por si mismo, en relación con la concurrencia y con la industria libre.

d) Por la peicologia contemporánea. La emulación en el mal. De la oportunidad y del coste de los establecimientos especiales para los menores condenados.

Historia de la pena de prisión y de otras formas de sanción. Derecho penal romano. Inexistencia en este derecho de la pena de prisión como pena propiamente dicha. Derecho penal canónico. Edad Media. Revolución francesa.

La literatura carcelaria y las reformas desde la Revolución francesa al nacimiento de la Antropología criminal y tiempos posteriores.

Instituciones complementarias y sustitutivas de la cárcel. El Manicomio criminal antes y después de la ley de 1904 sobre los manicomios. El Teratocomio. La Casa de custodia: crítica antropológico-criminal y jurídica de la alienación mental incompleta. El Sanatorio criminal. La Casa para crónicos. La Colonia agrícola. La Deportación y sus clases. Las Penas corporales.

Reforma carcelaria científica. La arquitectura carcelaria y la clasificación antropológico-criminal de los encarcelados. Las medidas de seguridad. Otras sanciones. La cárcel judicial y la integración antropológico-criminal de la instrucción.

Los Reformatorios del Estado y los Reformatorios privados en Italia. La reforma de Doria. Obstáculos á su completo y saludable desarrollo.

Visitas á Cárceles judiciales, Casas penales, Reformatorios, Manicomios comunes y Manicomios criminales, desde el punto de vista técnico, arquitectónico, disciplinario y jurídico.

10. Salvador Ottolenghi.- Examen somático y psíquico del delincuente.

Demostraciones sobre delincuentes menores y adultos fuera ý dentro de la cárcel, con el fin de

a) Hacer conocer prácticamente el método de examen. b) Poner en evidencia la naturaleza del delincuente, las causas que le impulsan á delinquir, su temibilidad y su corregibilidad.

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c) Guiar á los alumnos en la práctica de los interrogatorios.

d) Indicar la aplicación del conocimiento del delincuente en las funciones judiciales, penitencias, de seguridad pública y de asistencia pública.

La instalación de la escuela y los medios de trabajo son también dignos de mención: espléndida biblioteca, que contiene un magnífico material de estudio, tanto en libros como en revistas; un laboratorio de psicología experimental judicial, ricamente provisto; museos que contienen modelos de establecimientos penales, manicomios, celdas, etc, otros destinados á exhibiciones relativos à antropología criminal y otras dependencias, cuya descripción alargaría desmesuradamente estas páginas.

La escuela puede ser frecuentada, mediante el pago de una ligera cuota, por los estudiantes de Derecho, los licenciados de esta Facultad, los Magistrados, funcionarios y cualquier persona que por razones especiales sea admitida por la dirección de la escuela (1).

No es esta la única institución moderna creada en Italia para el cultivo de las ciencias penales. En Turín existe un in. teresante curso, cuyo programa comprende las siguientes ma terias: eziología, profilaxis y terapéutica del delito; derecho penal aplicado; derecho procesal aplicado; antropología (biología y psicología) de los delincuentes y metodología perital psico-fisica; identificación, señalamiento y propedéutica mé. dico-forense; enfermedades mentales en su relación con el delito.

En Bolonia, en Mayo de 1912, se inauguró un curso, continuado en los años siguientes, que comprende: aplicaciones de derecho y de procedimiento penal; antropología criminal é identificación del delincuente; doctrina y técnica de indaga

(1) Datos tomados de la Scuola positiva, Enero- Febrero de

1914.

ciones para el descubrimiento del delito; fotografía judicial; objeto, órganos y técnica de la policía judicial; radiología judicial; técnica de psicología experimental aplicada á la policía judicial.

Para la formación de los funcionarios del Cuerpo de policía existe en Roma una Scuola di polizia scientifica dirigida por el Profesor Ottolenghi, cuyo programa de estudios abraza las principales materias de la criminología y de la policía cientí fica moderna.

Suiza tiene, en la Universidad de Lausana, un centro de estudios criminológicos, pero más especialmente de policía científica, que actualmente es uno de los más perfectos y mejor organizados. El plan de estudios comprende:

Derecho penal, dos semestres; Procedimiento penal, dos semestres; Anatomía (con ejercicios prácticos), dos semestres; Medicina legal, dos semestres; Química inorgánica y orgánica, dos semestres; Laboratorio de química, tres semestres, á razón de dos tardes por semana; Toxicología, un semestre; Física experimental, dos semestres; Laboratorio de física, dos semestres; Policía científica, dos semestres; Fotografía teórica, dos semes tres; Trabajos prácticos de policía científica y de fotografía judicial, durante toda la duración de los estudios.

Esta escuela, más que à preparar criminalistas, tiende, como lo prueban las materias que abarca su programa, á la formación científica de los funcionarios del Cuerpo de policía.

En Austria, el carácter de la enseñanza tiene un sentido más criminológico que policiaco; el fin científico predominó sobre el fin práctico. En la Universidad de Agram se crea en 1906 una cátedra de «Ciencias criminales», que comprende Antropologia criminal, Psicología criminal, Sociología criminal, Ciencia penitenciaria y lo que los austriacos denominan Criminalística (Kriminalistik). Estos estudios se completan con los trabajos hechos en el Museo criminal universitario, visitas hechas á los establecimientos penales, etc.

Más importante aún es la escuela creada en Graz por el célebre criminalista Hans Gross, Profesor en esta Universidad. Esta institución comprende: 1. Conferencias sobre Psicologia criminal, Criminalística, Estadistica criminal. 2. Una biblio. teca. 3. Un museo criminal. 4. Un laboratorio. 5. La estación criminalística, que es una especie de clínica de derecho penal que bajo la dirección de los tribunales y de los funcionarios del ministerio público tiene por objeto la formación jurídico. penal de los estudiantes.

Además de estas instituciones mencionadas, hay en Austria cursos especiales sobre ciencias penales, medicina legal, con demostraciones, y ciencia penitenciaria.

En Francia, algunas Universidades, como París, Dijon y Tolosa, han organizado cursos que comprenden Derecho penal, Procedimiento penal, Medicina legal, Psiquiatría, Criminología, Ciencia penitenciaria. El curso de Lyon se compone: 1. De conferencias sobre ciencia penitenciaria, con visitas á la prisión destinada a penas de corta duración. 2. De conferencias de técnica policiaca, que comprenden: a) estudio de huellas; b) estudio de manchas; c) falsedades; d) falsificación de moneda; e) identificación de reincidentes. 3. Una especie de clínica carcelaria en la prisión. 4. Enseñanza de cuestiones médicolegales, como la de la alienación mental.

En Rusia, especialmente en San Petersburgo, se enseña Medicina legal, Psiquiatría, Política criminal, Ciencia penitenciaria, Psicología del testimonio, Oratoria forense. En esta ciudad existe un museo criminal ricamente provisto y una biblioteca especial de ciencias penales.

Suecia cuenta con cursos especiales de Criminología, His. toria de la pena, Política criminal y Psiquiatría judicial en las Universidades de Stokolmo y de Lund. En Holanda apenas tienen lugar cursos de Medicina legal y de Ciencia penitencia ria, las restantes ciencias penales quedan por estudiar. De igual modo en Bélgica los estudios especiales de ciencias auxiliares del derecho penal se limitan á algunas lecciones de Me

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