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enmendado le devuelven su confianza, perdida antes, porque ya no es como antes era, sino que es uno de tantos de los que se denominan honrados y justos; y el pecador arrepentido, por su parte, viviendo á gusto y normalmente en su medio social, secunda las exigencias del mismo con la «interna satisfacción> que acompaña á sus conmilitones justos y espiritualmente disciplinados.

¿No es por esto, es decir, por la utilidad y el bien que para todos trae, por lo que tanta alegría produce la conversión (la disciplinación interna) de un pecador (de un indisciplinado), al revés de lo que pasa con los que sólo guardan la disciplina externa, los fariseos, observantes mecánicos de la ley, pero malos por dentro, y frente á los cuales, à pesar de sus apariencias sumisas, no se puede menos de seguir guardando una actitud de desconfiada y recelosa precaución?

Ahora, claro es que, en el seno de la Iglesia misma, cuando -la disciplina interna, que es su aspiración fundamental, no se puede conseguir, forzosamente hay que contentarse con la disciplina externa, que al cabo produce algún efecto-alguna sumisión y conducta concordante-y que puede a veces ser incluso el primer paso para la interna (1). Ello no pasa de un mero pis aller; pero entre el có todo, ó nada, y el «del lobo, un pelos, la elección no parece dudosa. Lo mejor de todo es la contrición, sin duda, con la intima satisfacción y la consiguiente disciplina ó entrega espiritual; pero si no es posible llegar á esto, tengamos siquiera sujetas y disciplinadas á las gentes con la atrición, con el miedo á ciertas consecuencias malas para ellas, y en último caso con la inutilización ó la imposibilitación material de las mismas para el mal. Y así, claro está, la disciplinación por la atrición tiene un carácter suce

(1) Por aquello de que cualquier cambio de disposición estruc tural-como los ingertos, v. g., los cultivos en general, la domesticación, etc.-da origen á nuevas actitudes y, por lo tanto, á nuevas aptitudes y disposiciones íntimas: tendencias, inclinaciones, gustos, instintos.....

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dáneo y, por lo mismo, imperfecto, pues siempre lo sucedá neo es un sustitutivo, al que no se le da entrada sino á falta de otro medio mejor, que es el propio y normal, el verdaderamente adecuado para el buen desempeño del fin de que se trata (1).

(Continuará.)

P. DORADO.

(1) Esto mismo debe tenerse en cuenta para apreciar, dentro del derecho penal del Estado, el valor de la enmienda ó disciplinación meramente jurídica (corporal», podríamos quizá más bien denominarla) de los delincuentes, con la cual se satisfacen algunos escritores, y que es, según ellos, la única que el Estado y su derecho deben perseguir. Téngase en cuenta lo que después se dice, y piénsese desde luego si hemos rescatado y convertido á nuestra causa (si hemos puesto de nuestro lado) á una persona que antes teníamos enfrente (indisciplinada, levantisca) cuando sólo la tenemos sujeta corporalmente (sobre todo por las amenazas y el miedo), más no espiritualmente, por cuanto no contamos con su voluntad.

LA SUBSTANTIVIDAD DEL DERECHO OBRERO

PARTE GENERAL

I

Concepto del derecho obrero.

Las palabras derecho obrero, tiene dos acepciones á nues. tro modesto entender en el lenguaje usual y corriente del tec nicismo jurídico; una acepción en sentido lato, otra en sen tido restringido. Bajo el primero de sus aspectos, equivale á tanto como decir, que es: conjunto de medidas ó disposiciones que tienen por materia el trabajo, entendido este vocablo, como agente económico de producción. En cuanto al segundo, se manifiesta á modo de regla de derecho de carácter tutelar con objeto de mejorar la situación de las clases jornaleras. Formó parte al principio, esta novísima rama de la Enciclopedia jurídica, del Derecho administrativo, revistiendo la fase de mera función policiaca, pero, la preocupación constante de gobernantes y publicistas por la llamada cuestión social, de bida á multitud de causas, determinaron á los legisladores á dictar normas para beneficiar á esos grupos numerosos y explotados por la codicia del interés individual, esbozando un derecho abundante en leyes, pero indeterminado en sus comienzos, mas creciendo tanto, que llegó á penetrar en la esfera del derecho civil, penal, procesal, político y mercantil, que en la actualidad aparece perfectamente definido, y cuya substan. tividad é independencia, proclaman de consuno, el orden económico por un lado, el jurídico por otro. En resumen, puede definirse esta rama del derecho, diciendo que es: actividad ju

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rídica del Estado, llamada á intervenir, por consideraciones de interés social en el régimen económico del trabajo.

II

La clase obrera y la cuestión social.

«Si es cierto-como ha dicho Aquiles Loria en Problemas sociales contemporáneos-, que hubo siempre hechos económicos, no lo es menos que la época actual es la primera en presentar un problema económico. No está equivocado, el ilustre economista, en la interpretación de la Historia. En efecto, primero preocupó á la humanidad el problema religioso, después el político, hoy el económico, mañana ..... Luchó la Iglesia con el Estado pretendiendo no perder su autoridad, cual hizo en la Edad Media, dictando reglas de buen gobierno y trazando límites al poder civil. Las cuestiones políticas, á partir de la Revolución francesa, caldearon los ánimos, excitaron las pasiones, hasta conseguir que todo hombre fuera gobernado por sus conciudadanos, originando sabias y curiosas disertaciones en Ateneos y Clubs; todos los jóvenes se afiliaban á una secta ó grupo politico, apenas salían de la Universidad; pero hoy se mira con indiferencia y asco la politica; toda la atención en cambio la absorbe el problema económico cada vez más complejo y de difícil solución.

Este problema para la Economía clásica no dependía más que de la eficacia de las leyes naturales para regir el orden económico sin necesidad de intromisión alguna por parte del Estado, pero proclamándose la igualdad jurídica de todos los hombres, y en su consecuencia, que no debe haber hombres excluídos à priori de la propiedad; forzosamente tenía que venir una rectificación que organizase de un modo reflexivo, el orden económico que se creía natural é inmutable. El método histórico ó realista aplicado á las cuestiones sociales, ha demostrado que los fenómenos económicos, no son eternos ni fatales; cada país y cada época tienen su propio y peculiar régi

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men de la riqueza; de aquí que el Estado puede y debe influir en el orden económico, y por consiguiente, el trabajo no está regido sólo por leyes naturales, sino por los preceptos del derecho positivo.

Ahora bien: si los sociólogos y economistas deben conocer ante todo las leyes biológicas, también debe conocerlas el legislador y el gobernante. La duración de la vida de un hombre es resultado de sus condiciones de riqueza ó de pobreza. Un pobre vive menos que un rico, la miseria siega un fragmento de su vida; su natalidad también es un producto de la constitución económica de la sociedad. Hase dicho que la misma unión matrimonial en las clases labradoras varía de un modo paralelo á los precios del trigo, lo cual no sucede en las regiones industriales, pues la baratura de los trigos no au menta el número de matrimonios, à menudo se acompaña de un recrudecimiento de esta depresión, que con frecuencia deja à numerosos obreros sin empleo. La misma prostitución es resultado de causas esencialmente económicas. Nadie ignora que eunde sobre todo entre las clases pobres. Habla Loria, de Inglaterra, donde innumerables campesinas hallan su perdición en las orgias brutales que resultan del sistema de cuadrillas agrícolas. Muchas obreras de Francia acostumbran hacer el llamado quinto cuarto de la jornada, es decir, que terminada su ordinaria labor cotidiana descienden al arroyo para obtener de la venta de sus cuerpos, el complemento infame de su insuficiente salario. El proletariado teatral da un gran contingente á la prostitución clandestina. Las condiciones mismas del contrato impelen á las actrices al libertinaje, puesto que por un sueldo anual de unos centenares de pesetas, se las obliga á exhibir en público trajes nuevos y de costoso precio. Esa llaga tan profunda de la sociedad, la ignorancia, es hija predilecta de la miseria. La insuficiencia de jornales, obliga à los padres á arrojar á sus hijos á las faenas industriales y agricolas, antes de que hayan aprendido & leer y escribir. Pero aun asistiendo á las escuelas niños pobres, no se logra, ni de mu

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