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REVISTA GENERAL

DE

LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA

TOMO 126

DE

LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA

FUNDADA POR EL

EXCMO. SR. D. JOSÉ REUS Y GARCÍA

DIRECTOR

EXCMO. SR. D. EDUARDO DATO É IRADIER

AÑO SEXAGÉSIMOTERCERO

TOMO 126

MADRID

IMPRENTA De la revista de legislACIÓN

Ronda de Atocha, 15, centro.

1915

ES PROPIEDAD

Quedan reservados

todos los derechos que marca

la ley.

LA ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS PENALES

La ciencia penal va tomando cada día un carácter más práctico y positivo. Ya puede considerarse pasada para siempre la etapa metafísica del Derecho penal, que descansaba sobre la concepción de un libre arbitrio, apenas disminuído en algunos casos, fuente única de los hechos criminosos. Pasó también el momento en que el principal problema de la represión consistía en hallar la exacta proporción entre la pena y el delito, en la inútil tarea de buscar una ecuación perfecta entre dos cantidades heterogéneas.

Hoy numerosas ciencias han aportado el rico caudal de sus conocimientos al Derecho penal. La Antropología, la Psiquitría, la Psicología, la Sociología y la Estadística, han hecho irrupción en el campo jurídico penal, haciendo desaparecer el doctrinarismo metafísico que dominaba como único dueño y aportando nuevas concepciones basadas en el estudio y en la observación de la vida real.

Merced á este cambio tan radical y profundo al penalista de hoy, no puede bastarle el conocimiento de los Códigos y de las leyes, la sabiduría de la jurisprudencia, el estudio de los aburridos y farragosos comentarios del derecho positivo, todo penalista, no sólo el científico, el meramente estudioso de la ciencia criminal, sino también los jueces, los abogados y determinados funcionarios, si han de inspirarse en el espíritu de su tiempo, necesitan una preparación, no sólo jurídica, sino antropológica, sociológica y psiquiátrica.

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