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CAPITULO II

VIDA PROFESIONAL Y ACADÉMICA DEL BROCENSE DESDE SU INGRESO DE PROPIETARIO DE RETÓRICA HASTA SU JUBILACIÓN

Tras el indicado y merecido ascenso a propietario, tuvo el Brocense la satisfacción de asistir al claustro en que se proveyó la Regencia de Retórica del Trilingüe (1). Su reconocido prestigio profesional halló nuevas ocasiones de acrisolarse y de afirmarse análogas a la mencionada, y de su especial pericia en estos asuntos, hallamos buena prueba en que expresamente se requiere la presencia de nuestro autor para que, en unión de los maestros León y Francisco Sánchez, catedráticos de prima, dé "horden y forma, que se ha de tener en el examen á los oppositores" a la Regencia de menores de Gramática (2). Es más, convencida la Universidad de que era nuestro Retórico un insigne latinista y segura también de que el rótulo del General de Cánones contenía bastantes solecismos, cometió a Diego Vera y al maestro Francisco Sánchez de las Brozas la enmienda de tales yerros (3). Lo que no nos consta es que se llevara a cabo tal comisión y aun tememos que se procediera por los comisionados con censurable lenidad. De todas suertes, pocas personas se hallarían más capacitadas que nuestro humanista para acometer la indicada tarea.

Y su idoneidad era no menos patente actuando de crítico literario (censor de comedias). En cierta ocasión, se trataba en un claustro de diputados del remedio que se debería poner en el asunto de las representaciones dramáticas. El Rector había propuesto que se multase al maestro Pérez, Regente de Gramática, cuya comedia “fue mala e de malos entremeses e sin latin nj orden e que dio que

(1) Claustro de diputados de 2 de Enero de 1574. Obtuvo tal Regencia el licenciado Luis Vázquez.

(2) Claustro pleno de 11 de Febrero de 1574, fol. 39 vuelto. (3) Claustro de diputados de 13 de Marzo de 1574, fol. 57 vuelto.

desir a los que la oyeron e se hallaron presentes e la vieron". A tan tiránica proposición, opone Sánchez de las Brozas "que harta pena se le da e hecha al dicho maestro francisco perez. pues para los gastos que ha hecho en la comedia que hizo no se le manda dar nada por ella e que de Aquj adelante su parecer era y es que en las comedias que vbiere de hacer o Representar sean de plauto o terençio". El claustro acordó, defiriendo al voto de nuestro biografiado, que el maestro Pérez en lo sucesivo y hasta que la Universidad no dispusiera otra cosa, no pudiera hacer, ni representar comedia alguna que no fuese de Plauto o de Terencio (1). Aparte de que el Sarsinate y el Africano alcanzaban entonces, alcanzan y es de presumir que alcanzarán la alta consagración debida a los más puros e indiscutibles valores literarios, resultaba siempre recomendable y discreto oponer a un yerro, un clásico modelo de belleza y a una exaltada censura, los imprescriptibles derechos de todo error a no ser combatido más que con la verdad. Y que la Verdad en arte se llama Belleza, parece incuestionable.

Corifeo del culto a lo bello, el Brocense, con el Rector y el vicescolástico, cumple en cierta ocasión sus deberes de juez de comedias, adjudicando el premio establecido para las mismas por disposición estatutaria a Juan de Flandes, frente al malhadado Francisco Pérez, que sin duda, con el sudor de su frente, mas sin un adorme de inspiración, llenaba penosamente sus deberes literarios (2).

(1) Claustro de diputados de 26 de Junio de 1574, fol. III vuelto.

(2) A continuación del acta de Claustro de diputados de 13 de Agosto de 1574, al folio 128, leemos: "Este dicho dia acabado el dicho claustro se juntaron los señores Rector e vicescolastico y maestro francisco sanchez catredatico de propriedad de Retorica e tratando de dar el premjo de las comedias que se avian Representado. todos tres declararon e determinaron que. attento. que abían representado comedias los maestros juan de flandes e francisco perez solamente. e de las dichas dos abia sido mejor y mas aventajada la comedia. que represento el dicho juan de flandes por tanto que debian adjudicar e adjudicaron el premjo que conforme al statuto diez y seis del titulo 63. se deve dar al que mejor lo haze que son doze ducados al dicho bachiller juan de flandes e asi lo proveyeron e mandaron e lo firmaron de sus nonbres". [Siguen tan sólo, no obstante, las firmas de D. Bernardino Mendoza, Rector, del Dr. Solis, vicescolástico, y del Notario, Bartolomé Sánchez].

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que en

Ya es triste no podemos menos de confesarlo nuestro siglo XVI se estimara que la labor artística era susceptible de someterse a los dictados caprichosos de un legislador. No otra cosa supone el disponer que los Regentes de gramática, por el mero hecho de ser tales Regentes, escriban comedias como directos herederos de las geniales aptitudes de un Plauto o de un Aristófanes.

Mas ya no sólo en el orden literario, sino también en el más complejo de la apreciación de las costumbres contemporáneas, revela Sánchez de las Brozas dotes de mesura y discreción estimabilísimas. Valga un ejemplo. Discutíase en un claustro la conveniencia o inconveniencia de las "disciplinas de los estudiantes" (procesiones de disciplinantes). El buen sentido y no ciertamente el más ligero matiz de heterodoxia, halló su expresión en las palabras del Rector, que dijo que "por muchas causas e Razones le parezia no convenjr que oviese la disciplina general que avia el jueves Santo. de los estudiantes desta Vnjuersidad / asi porque para se preparar de lo necesario para ella andaban desasosegados y levantados de sus estudios mas de quinze e veinte dias antes / lo otro porque en este genero de gente por ser como es delicada el sacarse sangre por las espaldas segun los medicos dezian era y es muy dañoso a la vista / y asi mesmo por la hora a que salian ser muy tardia que era cuando aCababan mas de la vna de la noche lo qual les era de grande daño para la salud e asi se avian muerto algunos e otro enfermado Reziamente / demas de lo ́qual hazen grandes gastos de zera. tunjcas e disciplinas / porque llevan muchas hachas e las tunjcas muy adornadas. e pulidas e las rodaxas de plata y mucha costa. lo cual no conviene a personas que estan debaxo del govierno e mando de sus padres e alimentadores / e que mas lo hazen por demostracion que no por obra de virtud e santa los mas dellos/lo qual se echa de ver en las demonstrationes que hazen que unos lleban guantes adovados otros Rosarios muy grandes. e otras cosas semejantes / por las quales Razones dixo que le parezia y era de voto que la dicha procesion general de disciplina / no porque no es la obra por si muy buena e muy santa / mas porque no conbiene al dicho genero de gente devia cesar e no se proseguir-e que asi mesmo en las particulares de la semana. ay muchos ynconvenientes. porque muchos que tienen e devian tener ReCogimjento en no salir de noche fuera de

sus casas en achaque de yrse a disciplinar pueden yr a otras cosas no convenjentes nj decentes” (1). Pues bien, tan mesuradas y discretas consideraciones, hallaron en el Brocense eco de convicción, sobria y sinceramente traducida en estas palabras: “El maestro francisco sanchez Rhetorico fue de voto que cesen las dichas disciplinas porque no convienen a los dichos estudiantes” (2). Y no se nos arguya que el sentido común se erige en juez y en juez inapelable en casos tales, pues haremos constar que en el Claustro a que nos hemos referido, no faltaron voces para expresar suspicacias y recelos ante el propósito de suprimir la disciplina general de los estudiantes de la Universidad de Salamanca. Pero es más, es que de momento la razón como en no pocas ocasiones-no venció en esta lucha contra fantasmas, dignos, sin duda, de respeto, pero dignos también de ser, con el mayor de los respetos, di sipados.

Mas como si en esta justa y gradual elevación del personal prestigio buscase constantemente el Brocense evocar su pasado y a él unir las realidades del presente en que vive, muy pronto vuelve-aunque en situación de interino-a su Regencia del Trilingüe, que siempre sería objeto de acendrada simpatía para el novel catedrático en propiedad. A fines de Octubre del 74 vacó esa Regencia y no se halló, entre los opositores que intentaron ocuparla, persona digna de tanto honor. En tales circunstancias, se pensó y acordó dar en encomienda ese cargo al maestro Sánchez Retórico con el salario de la comida y bebida exclusivamente y hasta que la Universidad dispusiera otra cosa. Nuestro biografiado, que asistió al Claustro en que se tomó ese acuerdo, no dudó en aceptar, aunque hemos de convenir en que no era muy espléndida la gratificación ofrecida (3). En esa misma Junta, nombróse al maestro Sánchez de las Brozas visitador de gramáticos con D. Antonio de Solís, Catedrático de prima de leyes.

(1) Claustro pleno de 4 de Diciembre de 1574, fol. 17 r. y v. Perdónesenos la extensión inmoderada de la cita, en gracia al interés que creemos poder atribuir a los datos de costumbres en ella contenidos.

(2) Claustro pleno de 4 de Diciembre de 1574, fol. 18 vuelto. (3) Claustro de diputados de 28 de Octubre de 1574, fol.3 152 vuelto y 154.

La provisión de la Regencia del Trilingüe no debía ser fácil ni acaso posible, por cuanto ya en una reunión previa a la mencionada y so color de la proximidad de las vacaciones (se discutía en Agosto) y de no ser por entonces muy necesario hacer nuevo nombramiento, acordaron los claustrales "que la dicha election de Regente de Retorica del dicho colegio se suspenda e quede para san lucas y en el entre tanto tenga el señor maestro francisco Sanchez Retorico cargo e cuydado de yr al colegio a tomar los exercicios a los colegiales del". El maestro Sánchez, que se hallaba presente, aceptó el cargo y cuidado de inspeccionar los ejercicios y enmendarlos, como solía hacer, y además, el de tomar lecciones de coro de Agosto a San Lucas (1).

Mas no ya el susodicho nombramiento, sino la reiteración de sus poderes de diputado (2), arrastra de nuevo al Brocense al movido mar de la vida administrativa del Estudio. Hasta que esa reiteración de poderes tiene efecto, nuestro autor cumple escrupulosamente los deberes que la diputación impone, asistiendo con regularidad cronométrica a cuantas reuniones se juzga obligado a concurrir (3).

Y como si su actividad por dividirse no se atenuara, esa vida exterior y la misma vida interna de la labor profesional, no privan al Brocense del esfuerzo necesario

(1) Claustro de diputados de 13 de Agosto de 1574, fol. 127. (2) "Memoria De los Diputados que An sido de quatro Años a esta parte para que en esta eleccion De Diputados que oy domingo de Casimodo de mjll e qujnientos y setenta e quatro años no se pueda nonbrar njnguno de ellos Conforme al estatuto que en este caso habla los quales son los siguientes", etc. En el fol. 76 y en la lista de los diputados del año 1573, durante el cual ejerció el cargo de Rector D. Sancho Dávila, observamos se cita al "Licenciado Sanchez de las brozas". En el claustro de diputados que se celebró en dicho día Domingo de Cuasimodo (18 Abril 1574), se halló presente el maestro "francisco sanchez lego propietario", y entre los diputados propietarios elegidos en la citada reunión, se menciona también al maestro fran.co sanchez de las broças Rectorico" (fol. 77).

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(3) Vid. Claustros de diputados de 16, 23 y 30 de Enero, 27 de Febrero y 5 de Abril; plenos de 14 y 18 de Enero, 4 (fol. 48) y 12 de Marzo (fol. 53), 5 (fol. 66 vuelto) y 14 de Abril; “Junta de señores medicos e artistas" de 11 de Marzo (fol. 51) y Claustro de Rector y viceescolastico e diputados y consiliarios" de 5 de Abril de 1574.

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