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sin ynconviniente, tambien Me paresce ques escusado fablar, en lo de los caribes, pues sabeis quantas veces se a pasado esto por Nuestro Real Consexo e siempre se a determinado desclavos.

De las quatro caravelas que de allá partieron, llegaron acá las dos, conviene a saber: el navio de Rodrigo de Bastida ques del Reyno de Portugal, e el navio en que venia por Capitan, Diego Rodriguez de Graxeda a Sevilla; de los otros, aun non sabia Yo nada; plascerá a Nuestro Señor de los traer a buen salvamento.

Fecha en Medina del Campo, a veinte e nueve dias de Enero de quynientos e nueve años.

Rey.Refrendada.-Conchillo.

Yo el

Carta del Obispo de Palencia a los Ofyciales de la Casa de la Contratacion de Sevilla.

.

VALLADOLID.-MARZO 19 DE 1509 (1).

R

EVERENDOS e Muy virtuosos Señores Collantes: Correo, llegó aqui a Valladolid, sabado a la tarde, nueve del presente, con vuestro despacho e los dos articulos prencipales de fieles de vino.

En lo de los cambros, mandó Su Alteza comunicallo con los del Consexo, e la primera cosa quellos Nos an demandado, a sido, que les mostremos los poderes que theneis para usar la xuresdeccion que usais; e porque destos poderes acá, non ay razon, salvo de postrero poder que se vos ymbió, mandó Su Alteza queste correo se fuese sin esperar mas despacho, porque con él se a mandado ymbieis treslado de todos los poderes que thobieredes para en lo que thoca a la xuresdeccion, e vengan sinados describano público, para que vistos por los del Consexo, se provea como convenga; e tambien en fascer todas las razones e obras que vyereis que

(1) Archivo de Indias.- Est. 148.—Caj. 2,°

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TOMO XXXVI.

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fascen en favor de los navios, porque se provea sobre lo uno e sobre lo otro; e entretanto, porque non esten desto muy ligados, escribe Su Alteza al Arzobispo una Cédula que con la presente vos ymbiamos sobre el negocio de los cambros, porque la negocyacion desa Casa non esté embarazada; e non sabemos acá si fué yerro describano que fizo el tes-* tymonio, o del quescrebió la carta quescrebiría a su Alteza sobre lo del treslado; de la qual con la presente vos ymbia, para quen el thermino que ymbia, que se disce «Anton de Bonares,» e en la carta disce «Fernando de Morales» va la Cédula conforme a la carta, porque podria ser que fuesen el uno de Anton de Bonares e el otro de Fernando de Morales; e si ansi es, non es venido el testiymonio de lo de Morales, porque como descis en la carta quen la cabsa de Morales os ynhibisteis en punto a lo cevil, porqueste testymonio non paresce acá, sino el que abla de Bonares, e thoca solamente a los contratos de los cambros; por ende, debeislo Señores, ymbiar, e quando semexante requerymiento mandeis fascer, paresce a Su Alteza que los debeis fascer castigar quanto vos sea posible; e demas de vuestro parescer, debeis thomar para ello consexo de algund buen letrado, e parescer a Su Alteza, que la llegada deste correo a esa Cibdad, debe de ser secreta, e su vuelta por esta para que allá esten todavía esperando, que de acá se a de proveer esto muy bien.

A Su Alteza plugo de la llegada del oro que vino a esa Casa, de lo que abia aportado, e tambien de lo que llegó a Portugal. Dad a Nuestro Señor, gracias, por aber llegado todos los navios en salvo, e quel de Xoan Bermudez, Dios quiera traer con bien; avysareis, Señores, siempre a Su Alteza de lo que dél sopieredes, fasta que sea en salvo.

Paresce a Su Alteza que de los veinte mill pesos que descis que rescebysteis despues que partió desa Cibdad, complidas las libranzas quen vuestra carta descis, sobra algo mas de quinto e medio, porquel Memorial de las cosas que pydieron de las Indias, está contado largamente en quinto e medio; e tambien los coseletes de Vizcaya, que se contó acá con el que los a de dar, e está contado largo; e porquel quinto de Melilla se a de cobrar del mismo situado de Melilla, ya son pasados algunos therminos e está en lo postrero que se a de cobrar, paresce a Su Alteza que se le podria ymbiar el quinto e medio, e que os queden de menos para complir con Nicuesa. A lo demas manda Su Alteza queste venga lo antes que ser pueda, porque acá es menester; e manda Su Alteza que le escrebais mas largamente la razon de las libranzas questan fechas en esa Casa, e treslados de los mandamientos que para ellas theneis; e ansi mismo treslado del Asiento que thomasteis para lo de la Casa de la Reyna.

E lo que descis que Su Alteza se descuida del

cuidado que tiene por la nescesidad que podría aber en la Ysla Española de mantenymientos, Su Alteza lo fará ansi, pues que a vosotros os paresce; pero manda Su Alteza que vosotros, Señores, tengais el cuidado por todos, e que todavia procureis que vayan todos los mantenymientos que se puedan.

Su Alteza vido la escriptura de Suarez, para en lo de la Ysla de Sant Xoan, e non le paresció bien, antes le paresció mexor lo quescrebysteis, que ofreció Don Xripthobal de Soto. Manda Su Alteza que thomeis de aquello toda la mas actividad que podiereredes, e busqueis si falláredes otro partido mexor, para que Su Alteza provea como mas a su servycio convenga.

E en las cosas que abeis de proveer para el viaxe de Nicuesa, paresce a Su Alteza, que pues en buen pryncipio paresce que complirá lo que thiene asentado, e que vosotros debeis poner delyxencia en complir con él; e en lo de las fianzas que descis questais agora, ya sabeis que por la Capytulacion está asentado que la presente, ante mí, el Obispo; yo escribo allá a Fernando de Vigne e al Licenciado Xornete, que las resciba en mi nombre e en vuestra presencia; a los quales yo escribo sobrello. E non ay mas que descir, sino que Nuestro Señor guarde vuestras reverendas e virtuosas personas, como deseais. De Valladolid a diez e siete de Marzo de quynientos e nueve años.-El Obispo de Palencia.

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