Codigo de enjuiciamientos en materia civil: redactado por la Corte suprema de justicia de la Republica, revisado por las comisiones de legislacion de la Asamblea constituyente del Ecuador y reformado por la ley de 3 de noviembre de 1880

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Imp. de la v. de Bermeo, 1882 - 226 páginas
 

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Página 199 - Los que hayan sido condenados por el delito de falsificación de documentos públicos ó privados, ó por el de falso testimonio, y los que estén sufriendo pena de interdicción civil. 8.° Los dependientes, amanuenses, criados ó parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad ó segundo de afinidad del Notario autorizante.
Página 176 - La falta de los referidos documentos podrá suplirse en caso necesario por otros documentos auténticos, por declaraciones de testigos que hayan presenciado los hechos constitutivos del estado civil de que se trata, y en defecto de estas pruebas por la notoria posesión de ese estado civil.
Página 176 - La posesión notoria del estado de matrimonio consiste principalmente en haberse tratado los supuestos cónyuges como marido y mujer en sus relaciones domésticas y sociales; y en haber sido la mujer recibida en ese carácter por los deudos y amigos de su marido, y por el vecindario de su domicilio en general.
Página 177 - Cuando fuere necesario calificar la edad de un individuo, para la ejecución de actos o ejercicio de cargos que requieran cierta edad, y no fuere posible hacerlo por documentos o declaraciones que fijen la época de su nacimiento...
Página 47 - Tribunales y Jueces guardarán á los abogados y defensores de las partes la justa libertad que deben tener, por escrito y de palabra, para sostener los derechos de sus defendidos.
Página 45 - En estos juicios nadie está obligado a dar testimonio contra sí, sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ni su cónyuge. 8° Ni ser extrañado de su suelo natal.
Página 58 - Los títulos que acreditan que el que los pide es condomino de una cosa ó que tiene algún derecho sobre ella: 4.° Las escrituras de cancelación de alguna deuda, de la que es ó puede ser responsable el que las...
Página 189 - Si el despojo proviene de las autoridades políticas subalternas, el interesado ocurrirá á la Corte Superior respectiva, para que esta lo proteja : 1°...
Página 200 - A nadie se obligará á prestar testimonio en causa criminal contra su consorte, sus ascendientes, descendientes y parientes dentro del cuarto grado civil de consanguinidad y segundo de afinidad; ni será obligado con juramento ú otro apremio á darlo contra sí mismo.
Página 144 - ... nombrarán otros; y si fuere necesario, se renovarán las diligencias de embargo, inventario y balance, continuándose el procedimiento según las reglas establecidas. Se publicará el restablecimiento del juicio de quiebra, y si hubiere nuevos acreedores serán citados para la calificación de sus créditos en junta general. Los créditos reconocidos anteriormente no serán sometidos á nueva calificación, sin perjuicio de la extinción ó reducción de los que hayan sido pagados en todo ó...

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