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nocida por Su Santidad, como lo acredita la adjunta cópia de la dispensa canónica obtenida para celebrar dicho matrimonio, que acompaña con el número 4.o (1). Por lo que

A V. M. rendidamente suplica se digne conceder al recurrente la oportuna dispensa civil para contraer matrimonio con su hija adoptiva Doña M. de L.: gracia que espera de la bondad de V. M. cuya vida guarde Dios muchos años.

Palencia veinte y cuatro de Febrero de mil ochocientos cincuenta y siete.

Señora

A L. R. P. de V. M.

F. de T.

(1) Tanto en este como en los demas formularios se ampliarán é variarán las razones que se aleguen segun sean les

FORMULARIO 14.

Pedimento al Juez de primera instancia ó al de paz ofreciendo informacion de testigos para acreditar la buena conducta y circunstancias de una muger que trata de casarse con un militar.

Sr. Juez.

D. F. de T., Médico, vecino de esta villa (1) ante V.... parezco y como mejor proceda digo: Que mi hija Doña N. de C. trata de contraer matrimonio con D. P. de J., Comandante del Regimiento Infantería de la Reina número 2; para lo cual necesita justificar

entre otras cosas:

1.° Que tanto mi referida hija como yo y mi consorte hemos observado una conducta moral irreprensible, y lo mismo los demas individuos de mi familia. 2° Que ninguno de nosotros ejerce ni ha ejercido ningun oficio innoble. Por lo que:

Suplico á V.. ... se sirva admitirme la sumaria informacion de testigos que ofrezco en crédito de los referidos estremos, todo con citacion del Promotor fiscal (2) y verificado, se me entreguen las diligencias originales para el uso que corresponda en justicia que pido. Fecha y firma.

(1) Si la muger no tiene padre podrà acudir por si sola sobre todo si es mayor de edad

(2) Si la sumaria se ofrece ante el Juez de primera instancia se dirá "Promotor fiscal y si ante el Juez de paz

"Sindico".

FORMULARIO 15.

Exposicion de un Oficial á S. M. pidiendo Real licencia para contraer matrimonio.

Señora..

D. Antolin Garcia Bermejo, Capitan de la 3. compañía, del primer batallon del Regimiento de infantería de la Princesa número 4. puesto A L. R. P. de V. M. rendidamente expone: Que hallándose ya en la edad de treinta y cuatro años y conociendo lo conveniente que es no dilatar el contraer matrimonio para una edad mas adelantada, ha resuelto enlazarse con Doña L. de S., si V. M. le concede su Real permise, en atencion á las recomendables circunstancias que concurren en la referida.

El recurrente Señora, tiene el empleo efectivo de Capitan, segun consta por la copia del Real despacho que acompaña con el número 1.o, tanto él como su futura consorte son mayores de edad, como aparece por las partidas de bautismo números 2.° y 3.o; y la conducta, clase y circunstancias de la novia y su familia son dignas por todos conceptos del mayor aprecio y estimacion, segun resulta de la certificacion del cura párroco y de la sumaria de testigos suministrada ante el Juez de paz de esta villa en la que está avecindada la futura consorte del recurrente. Por lo que:

A V. M. rendidamente suplica se digne conceder al recurrente su Real permiso para contraer matrimo

dad de V. M. cuya vida guarde Dios muchos años. Palamós veinte y cuatro de Febrero de mil ochoeientos cincuenta y siete (1).

Señora.

A L. R. P. de V. M.
Antolin Garcia Bermejo.

FORMULARIO 16.

Solicitud que debe presentarse al Subdelegado castrense para que proceda á las diligencias necesarias para la celebracion del matrimonie, asi que el Oficial reciba la Real licencia.

D. Antolin Garcia Bermejo &c. á V. S con toda atencion expone: Que habiéndose dignado S. M. la Rei-. na (q. D. g.) autorizar al recurrente por Real resolución de cuatro de Enero último para que contraiga matrimonio con Doña L. de S., segun consta por la copia número 1.o, que acompaña; y siendo ambos contrayentes mayores de edad, solteros, y sujetos á la jurisdiccion castrense, como consta por las partidas de bautismo números 2.° y 3.o y las de soltería números 4.° y 5.o:

Suplica á V. S. se sirva acordar la práctica de las diligencias necesarias para la celebracion del indicado matrimonio.

Dios guarde á V. S. muchos años. Gerona veinte y cinco de Febrero de mil ochocientos cincuenta y siete. Fecha y firma. Y al pié de la instancia Sr. Subdelegado castrense de Gerona.

(1) Al redactar cualquier escrito en vista de estos formatarios debe tenerse presente lo que se dice en los respectivos números del Manual: en cuanto al presente convendrá recordar el 111.

FORMULARIO 17.

Solicitud al Subdelegado castrense pidiendo la celebracion de un matrimonio en un caso de conciencia

D. F. de T., Teniente del Regimiento de Caballerin del Rey número 1.o, á V. S. con todo respeto expone: Que habiendo tratado de casarse con Doña N. I y L., natural de. .., hija de.... de veinte y cur tro años de edad, no pudo verificarlo á causa de prohibirselo las Reales órdenes vigentes por no tener todavía el recurrente la edad de veinte y cinco años; pero la vehemencia de la pasion y la lijereza propia de los pocos años, hicieron que faltando ambos á sus deberes, se unieran como consortes, habiendo vivido juntos desde hace un año, de cuyas resultas se halla la referida Doña N. T. y L. en cinta, y muy próxima al alumbramiento.

El recurrente se halla enfermo de peligro, segun consta por la adjunta certificacion del Médico que le asiste, y como que desea cumplir con lo que de él exigen su honor y su conciencia, reparando en lo posible la falta, para evitar que pasen á sus hijos las consecuencias de ella, desea contraer matrimonio con la precitada Doña N. T. y L.; y

Suplica á V. S. se sirva acordar que, con la reserva conveniente, se practiquen las diligencias necesa rias para que el que recurre pueda unirse en matrimonio con Doña N. T. y I.. conforme á lo prevenido por la Real orden de nueve de Mayo de mil ochocientos treinta y tres: así lo espera de la rectitud de V. S.

Dios guarde á V. S. muchos años. Fecha y firma. Y al pié de la instancia: Sr. Subdelegado castrense de....

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