Imágenes de páginas
PDF
EPUB

III.

MATRIMONIOS PROHIBIDOS POR LAS LEYES.

82. La prohibicion que los cánones y las leyes establecen en ciertos casos para celebrar un matrimonio, toma el nombre de impedimento. Cuando el matrimonio prohibido se considera válido si llega á verificarse, se llama el impedimento impediente, y aunque la ley impone ciertas penas á los que prescinden de esta prohibicion, no anula el matrimonio porque de ello se seguirian mayores males. Pero cuando considera de ningun valor ni efecto el matrimonio celebrado, el impedimento se llama di

rimente.

83. Entre las prohibiciones de la primera clase se cuentan :

1. El contrato de esponsales ó palabra de casamiento, que si reune todos los requisitos de que hablaremos mas adelante, imposibilita á los que le otorgaron para casarse con otra persona.

2. El voto simple de castidad, que es aquel que uno hace por sí propio sin profesion solemne (1), y tambien es obstáculo para la celebracion del matrimonio.

3. La heregia, por la cual los que la profesan no pueden casarse con los católicos. 84. No pueden casarse por razon de la

(1) Ley 11. tit. 2. Part. 4:

segunda clase de prohibiciones, y si lo verifican es nulo el matrimonio, los siguientes:

1. Los mentecatos, imbéciles y los locos á no ser que teniendo estos intérvalos de razon, quicran verificarlo en uno de ellos (1).

2. Los que tienen algun defecto físico que los imposibilite para el matrimonio (2); y si pasados tres años desde la celebracion de este no tuvieren hijos por esta causa, pueden pedir que se separe el matrimonio (3), si bien esto daria lugar á diligencias poco decorosas y de éxito dudoso.

3. Los que han hecho voto solemne de castidad, recibiendo el órden del Subdiaconado ó en profesion religiosa.

4. Los Cristianos con los infieles, con cuyo nombre se designa á los Judios, Mahometanos, é idólatras ó gentiles (4).

5. Los adúlteros con las personas con las cuales lo fueron, en ciertos casos que se reducen á si hubo pacto de casarse, ó muerte vio– lenta del otro cónyuge, los cuales no esplicamos por respeto á las costumbres.

6.

Y por último, los parientes entre sí; pero esto necesita mayor esplicacion.

85. Parentesco. Es de varias clases: de consanguinidad, de afinidad, cuasi afinidad, espiri

(1) Ley 6. dei mismo titulo.

(2) Leyes del titulo 8: de la misma. (3) Ley 1: tit. 9 de la misma.

tual, y civil: los dos primeros pueden proceder de legítimo matrimonio, ó de union ilícita, y en este caso toman el nombre de consanguinidad ó afinidad natural.

Parentesco de consanguinidad: es el que existe entre los que descienden de un mismo tronco ú orígen, tal es el que hay entre los números 3. á 12 del árbol genealógico adjunto, que todos descienden de los números 1.: y 2.

86.

La série de personas que descienden

de un mismo tronco toma el nombre de «linea»> : es recta y trasversal: la recta comprende tan solo los padres y los hijos, y los demas ascendientes y descendientes: los números 1.° y 2.° hasta el 11 por un lado, y hasta el 12 por otro forman dos líneas rectas: y la trasversal, la que comprende á los demas parientes; asi estarán en esta linea los números 3. y .°; 5.° y 6.° y así los demas. Cada paso de distancia que hay de un pariente á otro, ó cada nueva sucesion, toma el nombre de grado: se denotan en el arbol por medio de una línea perpendicular que enlaza á cada hijo con su padre.

87. Para saber los grados de parentesco en que se hallan dos personas que estan en linea recta hay que contar el número de generaciones ó nuevas sucesiones que ha habido desde la primera á la última; y el resultado los dirá: así, Antonia, n.o 9.° del árbol, está en 4.er grado de consanguinidad con Ignacio n.° 7.o, que

es su padre, en 2o con Ramona n °5.o, que es su abuela, y en 3.o con Luis n.o 3.o, que es su bisabuelo.

88. Para computar el parentesco en la lí– nea trasversal hay que distinguir entre el derecho civil y el canónico: segun la computacion civil se cuenta la distancia que hay desde ambos parientes al tronco comun: así es que Luis, n.o 3. del arbol, estará en 2.o grado de consanguinidad con Oscar n.° 4.o, que es su hermano, en tercero con Carlos, n.o 6.o, que es su sobrino, y en cuarto con Teodora, n.° 8 °, que es sobrina segunda suya. Pero el derecho canónico solo cuenta uno de los lados hasta el tronco comun cuando las personas cuyo parentesco se trata de averiguar distan igual número de grados del mismo, ó el mas largo, si es desigual: así es que Luis que está en 2.° grado de consanguinidad con Oscar por derecho civil, por derecho canónico está en 1.o, en 2.° respecto á Carlos y en 3.° respecto á Teodora: si bien generalmente se suele hacer mencion en este último caso de ambas líneas, diciendo que es pariente de Carlos en 2.° con primer grado de consanguinidad; y en 3.° con 4. respecto à Teodora. La computacion canónica se sigue en materia de matrimonios, y la civil por regla general în todos los demas asuntos (1).

ARBOL GENEALÓGICO

para esplicar las diversas clases de parentesco.

[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small]
« AnteriorContinuar »