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convirtió en batan y últimamente en ruinas, y unas casas de morada en la plaza pública de dicho Barajas de Medio, que es la villa actual. Estas casas se partieron por mitad para los dos vínculos, como casi todas las fincas, teniendo fachada la una al oriente con el número 8, y la otra haciendo esquina á la calle de Anaya, número 1, donde se le abrió puerta al N. y es conocida por la casa vinculada.

Consta oficialmente que este prohombre de la ciencia jurídica residió en Barajas y que tuvo aquí vecindad; tal vez algunos veranos, durante el período de mas de veinte años, de su retiro á Huete: pues contestando el 29 de noviembre de 1578 al interrogatorio del gobierno de Felipe II los comisionados de la ya villa, entre los que se hallaba el retataranieto Martin de Montalvo, dijeron: «Fué el Doctor de Montalvo >>vecino de la dicha villa de Barajas, persona muy se»ñalada en letras, que recopiló las leyes y fué del >>consejo de S. M.» (1)

La residencia del DOCTOR en nuestra villa consta asimismo del testimonio de Pedro Sanchez vecino y cogedor de tributos de Huete, en declaracion que dió sobre hidalguía en 1505, diciendo que MONTALVO era vecino de la ciudad de Huete y del lugar de Barajas, donde tenia hacienda.

Con tanta y mas razon de la que envanecia á nuestros mayores del siglo XVI, podemos gloriarnos los barajeños actuales de haber tenido en nuestro pueblo patricio tan insigne. Aquellos recordarian las visitas y estancia del egregio DOCTOR, dichos y hechos suyos, muebles y objetos de su uso: nosotros, sinó con tanta

(1) Relacion topográfica de Barajas de Cuenca, respuesta 33.--Se halla en el tomo 5.o, número 455 de la coleccion original: Biblioteca del Escorial-j-J-números 1 al 6.

seguridad, con la grandeza que dá á las memorias la sombra lejana de los tiempos, 'podemos imaginarnos lo que influiria y pesaria en este lugar la presencia de tal personage, los consejos ilustrados que brotarian de sus lábios y el sello de gravedad que impondria á todos y á todo con su autoridad y con sus canas. Los que leemos en añejas escrituras y apeos antiguos las muchas heredades que asurcaban con las del DOCTOR ó de MONTALVO, propietario y vecino en la localidad, nos figuramos al antiguo jurisconsulto recibiendo las visitas respetuosas de aldeanos afectos, paseando por las olmedas de la ribera, departiendo bondadoso con el cura Laurencio Calvete y con los hidalgos Coellos de Ribera, Paradas, Carrillos y otros optenses, que igualmente se procuraron haciendas y casas en este lugar, que fué para los señores ciudadanos de Huete el Cabañas de los toledanos, el Gracia de los barceloneses y el Carabanchel de los madrileños. ¿Por qué no hemos de hacernos la ilusion de que el señor MONTALVO redactó alguno de sus opúsculos ó tratados en el pueblo mismo en que esto se escribe? Si el espíritu de investigar, consignar y perpetuar los hechos hubiera sido tan fuerte como yo lo siento en las generaciones que le sucedieron: si alguno de sus deudos, amigos ó paisanos hubiera legado á la posteridad sus mas notables actos, acaso y sin acaso pudieramos convertir esa ilusion en una verdad probada.

En premio de las tareas jurídicas y literarias del retirado escritor, los reyes católicos Don Fernando y Doña Isabel le hicieron merced de treinta mil maravedis sobre las alcabalas de Huete y su tierra, por los dias que viviese, como consta del albalá ó carta privilegio de 20 de diciembre de 1482; es decir, mientras se ocupaba en el Ordenamiento de las leyes, que comenzó dos años antes y concluyó otros dos despues. Son

dignas de que se transcriban estas cláusulas de la concesion: «Acatando los muchos é buenos é leales >>servicios que el Doctor Alonso Diaz de Montalvo, »oidor de la nuestra abdiencia é del nuestro consejo >>fiço al rey Don Juan de gloriosa memoria nuestro >>padre é al rey Don Enrique nuestro hermano cuyas »animas Dios aya é asy mismo ha fecho á nos conti>>nuando en el nuestro consejo é en la nuestra corte é >>chancillería. Otrosí considerando los trabajos que >>como letrado ha avido en poner algunos libros útiles >>al bien público de nuestros Reynos é porque acabada >>su edad le mandamos retraer á su casa é faser algu>>nas cosas cumplideras á nuestro servicio, es nuestra >>merced que haya y tenga de nos por merced en cada >>un año para en toda su vida treynta mill maravedis >>sytuados en las rentas de las nuestras alcabalas é >>tercias é pechos é derechos que nos avemos é thene>>mos en la cibdad de Huete, donde los él quisiere etc. >>

En once de enero del año siguiente las oficinas centrales de Hacienda liquidaron dichos treinta mil maravedis, rebajando el primer año nueve mil por derechos de cancillería, y para los sucesivos repartiéndolos y señalándolos íntegros en los cinco pueblos de Barajas de Huete, Leganiel, Salsedilla (Saceda Trasierra), Vellisca y Alcazar, diez mil maravedises en el primero y á cinco mil en cada uno de los otros cuatro, como puede verse en el Apéndice.

Esta pension ocasionó un pleito á la muerte de la tercera muger del ex-consejero DON ALONSO, Doña María de Leon, pues habiéndose casado con aquel siendo viuda y con hijos, estos pretendieron que la merced se dividiese como bienes gananciales. No podia consentir el jurisperito viudo, que esto se verificase en favor de sus hijastros y en perjuicio suyo y de sus propios hijos: porque conocedor del derecho y defensor

de la doctrina estricta legal, tenia muy presente lo acordado poco habia en las Córtes de Santa María de Nieva de conformidad á la 25.a peticion de los procuradores, en que se resolvió, que los bienes castrenses y cuasi castrenses ganados durante el matrimonio por uno de los cónyuges sean solamente del que los ganó; pero que los frutos y rentas de ellos sean de entrambos como gananciales. Seguido el litigio en la Chancillería de Valladolid, lo ganó MONTALVO, cual se sabe por testimonio de Juan Lopez de Palacios Rubios, uno de los oidores que lo fallaron, el cual lo refiere en dos pasages de su tratado De Donationibus inter virum et uxorem, uno de ellos dice de esta manera: «Y así se >>practica en la audiencia real, y así juzgamos poco >>ha en la causa del Doctor de Montalvo con los hijos »>de su muger. Porque nuestros dadivosos Reyes con>>cedieron treinta mil maravedís vitaliciamente al mis>>mo Doctor: al cual le adjudicamos el título y pro>>nunciamos que eran comunes los frutos percibidos >>durante el matrimonio (1). »

Las Ordenanzas reales de Castilla, principal trabajo que se le encomendó y que ejecutó ya jubilado, se concluyeron en Huete, dia 11 de noviembre de 1484, segun el códice ns. hallado en Segovia en 1567, que existe en la Biblioteca escurialense; y desde el año siguiente ya vemos al decrépito DOCTOR preparando sus cosas y asuntos para la muerte, que debia creer

(1) Et ita practicatur in audientia regali, et sic pridie judicabimus in causa Doctoris de Montalvo cum filiis uxoris. Nam strenuissimi reges nostri concesserunt ipsi Doctori triginta milia marapetinorum ad vitam ipsius Doctoris: cui adjudicavimus titulum, et fructus perceptos constante matrimonio pronunciavimus fore communes. De Donationibus, parr. 65 núm. 65, al fin.

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cercana, aunque todavía concedió el cielo nueva prórroga á su longevidad. Lo primero que hizo fué comprar enterramiento en la iglesia del convento de San Francisco, extramuros de la ciudad, dando por ello á los Padres un edificio y palomar que poseia en el arrabal; pero queriendo luego venderlo la comunidad para atender al culto con los productos, revertió á la familia por compra que hizo al guardian de San Francisco Martin de Montalvo, sin duda de acuerdo con su padre. Se otorgó la escritura de retroventa cou poder del provincial D. Fray Francisco Jimenez de Cisneros, electo arzobispo de Toledo, en la ciudad de Huete á 4 de setiembre de 1495, expresándose que nadie habia ofrecido por la finca mas de cuatro mil maravedises, y que el comprador habia entregado como precio un cáliz y una patena de plata, estimados en cinco mil maravedises.

El dia 4 de mayo de 1496 otorgó el señor ALONSO DIAZ DE MONTALVO su testamento ante el escribano de Huete Alvaro del Castillo, documento que se inserta íntegro en el ya citado Apéndice. Es papel importante por ser redaccion suya, discreta y sin fárrago, y por contener cláusulas, que dan motivo á reflexiones utilísimas. Deja por herederos á sus dos hijos y de su primera muger Elvira Ortiz, Martin y Teresa, legados para los nietos, limosnas á los pobres, misas á los conventos y parroquias. De su segunda consorte Marivelez de Guevara, y de la tercera esposa Doña María de Leon, no tuvo descendencia.

Concluye su última voluntad fundando para dichos sus hijos dos vinculaciones con los bienes raices que en Barajas poseia, y eran los comprados por su hermano Francisco á Johaquin de Horozco en 1421, y los que él mismo compró en 1461 en nombre de su segunda muger, á Doña Leonor de Sandoval y Doña Mar

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