El presidencialismo mexicanoSiglo XXI, 2002 - 279 páginas A pesar del interés creciente que despierta, el tema del poder ejecutivo en México ha sido poco estudiado. Este ensayo dibuja un panorama general del presidencialismo mexicano hoy en día, su organización, las más importantes facultades que el presidente posee, derivadas tanto de la constitución, de la ley, como del sistema político. En el libro se plantean por primera vez algunos de los principales problemas que presenta nuestro sistema presidencial y se proponen soluciones. Frente a las múltiples funciones que posee el presidente se señalan los límites que tiene, y se hacen resaltar los controles que el legislativo debe ejercer con el objeto de lograr el equilibrio de poderes que la constitución estructura. Este estudio aunque realizado con la metodología jurídica, no descuida los aspectos históricos, sociológicos, económicos y políticos, con el propósito de presentar qué es realmente el régimen presidencial mexicano. El autor no pretendió realizar un ensayo jurídico puro; al contrario, con frecuencia confronta la norma con la realidad. Esta es la clase de estudios constitucionales que un país como México necesita. |
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Pasajes populares
Página 100 - El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.
Página 133 - Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Página 45 - Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará «Presidente de los Estados Unidos Mexicanos».
Página 53 - IV. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto; V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección; VI.
Página 33 - ART. 91. — Para ser Secretario del Despacho se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener treinta años cumplidos. ART. 92. — Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente deberán estar firmados por el Secretario del Despacho, encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos.
Página 58 - El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional o sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.
Página 176 - Los propietarios afectados con resoluciones dotatorias o restitutorias de ejidos o aguas que se hubiesen dictado en favor de los pueblos, o que en lo futuro se dictaren, no tendrán ningún derecho, ni recurso legal ordinario, ni podrán promover el juicio de amparo.
Página 226 - Demos unos cuantos ejemplos: el presidente tiene en sus manos: el aspecto de la seguridad social, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado; la...
Página 176 - Federal se avocará al conocimiento de dichas cuestiones y propondrá a los interesados la resolución definitiva de las mismas. Si estuvieren conformes, la proposición del Ejecutivo tendrá fuerza de resolución definitiva y será irrevocable; en caso contrario, la parte o partes inconformes podrán reclamarla ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin perjuicio de la ejecución inmediata de la proposición presidencial. La ley fijará el procedimiento breve conforme el cual deberán...