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Para el alcaldia de la dicha audiencia de Valladolid que esta vaca por muerte del doctor pero diaz el licenciado henas del consejo de navarra | para oydor de granada en lugar del licenciado alderete el licenciado Alava collegial del collegio del obpo de oviedo en Salamanca |

Para el otro lugar que esta vaco en la dicha audiencia de granada por la promocion que se hizo del dicho licenciado mercado á la de Valladolid | el licenciado mantalvo collegial de salamanca |

para el consejo de navarra en lugar del licenciado henas el licenciado Ribadeneyra collegial de Valladolid |

La provision de la fiscalia del dicho consejo de navarra que esta vaca os remitimos para que si os pareciere que el hijo del dicho doctor perodiaz alcalde que fue de Valladolid tiene las qualidades que para ello se rrequieren por aver su padre muerto en nro servicio sea proveydo della consultandolo con la emperatriz | o | sino que allá paresciere |

Para el alcaldia mayor de galizia en lugar del licenciado medinilla que dezis que se metio frayle | el licenciado aviles alcalde mayor de toledo | En lo del corregimiento de granada | porque el mariscal de fiomesta aunque paresce persona bastante tiene tanto deudo con el marques de los Velez como sabeys | y don hurtado con el marques de mondejar buscando otra persona que no sea de las nombradas | y que tenga las qualidades que se rrequieren para tal oficio proveasse alla con consulta de la emperatriz |

En lo del dinero de bejar | y alo del cambio de los cien mill ducados para mi salida de alemania | y delos cinquenta mill para la armada de genova tengo ya respondido como avreys visto |

huelgo que las quexas que por parte de la condesa de lemos se nos dieron del favor que la emperatriz hazia á don hernando de castro en los pleitos que conella traya no fuesen ciertas y es bien como dezis que esteys advertido para adelante quando se ofrecieren cosas semejantes.

En lo que dezis que se screvió al consejo y tambien à vos que todas las provisiones que se | oviesen de hacer deletrados para consejos audiencias y otros cargos se hiziesen conparecer y acuerdo del consejo | y que os parece horde nueva y no sabeys si es conveniente á nuestro servicio | y que lo que os paresce que se deveria hazer enesto es | que ningun letrado fuesse proveydo en audiencia ni otro cargo principal sin ser primero aprobado por el consejo en esta manera que se les mostrase memorial de los letrados del Reyno que se nombrasen para oficios y ellos aprovasen los que les pareciexsen ser abiles para oydores y otros para alcaldes &. y que de aquellos assi aprovados eligiese el que pareciese | lo que se scrivio no fue generalmente sino respondiendo á algun caso particular en que vos nos consultastes y asi se ha de entender | la horden que agora days de como han de ser los letrados aprovados en consejo me paresce bien y asi se deve hazer de aqui adelante como quiera que en vos lo confio todo.

Agradezcos mucho el cuydado que tuvistes de embiarme como os screvi la horden que alla se tiene en la visitacion de las audiencias |

Lo que toca A alvaro de luego respondemos á la emperatriz terneys cuydado de que se provea que sea pagado de lo que se le debe |

Los paresceres y informaciones que me embiastes sobre el oficio de tesorero de la reyna mi señora que esta vaco | os agradezco mucho | brevemente me rresolvere en lo que en ello se ha hazer.

en El negocio del varon de la laguna teneys la mano para que se haga conforme á lo que os tengo scripto de manera que no reciva agravio |

A nuestro embajador en rroma escrivo que procure de aver de su santidad lo contenido en el memorial que embiastes sobre la apelacion que la iglesia de jaen hizo de lo que el obispo de çamora determino en lo tocante á la quarta | y que os embie el despacho |

Tambien le embiamos la rrelacion que nos embiastes de lo que parece se deve procurar sobre el desagravio de las hordenes de calatrava y alcantara y las igesias de Santiago y mondoñedo para que procure cenforme á ella y os lo embie |

En lo del oficio de la contaduria mayor que se puso en persona dexpoñal Suarez: por ausencia del thesorero alonso gutierrez respondemos á la emperatriz lo que vereys | y no es por desconfiança dexpoñal Suarez sino porque assi podran servir ambos |

agradezcos mucho el cuydado que tencys de la provision de la paga de las galeras de andrea soria á sus tiempos | y encomiendos mucho que el mismo tengays para lo de adelante porque conviene mucho que en ello no aya falta en ninguna manera.

En las cuentas de Vargas se de priessa para que se acaben como lo dezis |

Quanto á la visitacion de la audiencia de granada lo que dezis que aun no se ha determinado en consejo la persona que se debe embiar a ello | porque los mas de los que son de linaje que tienen algunas letras y qualidades para ello son mancebos | y en los de hedad se ponen algunos inconvenientes | si ya alla no estuuiere nombrado | pareceme que don pedro pacheco pues segun aveys scripto ha hecho bien la visitacion de Valladolid podria tambien hazer esta | yo le scrivo en creencia vuestra la carta que va con esta si os paresciere darsela eys y en todo caso se provea que elo otra persona qual convenga vaya luego a hazer esta visitacion |

La provision que dezis que se ha hecho del licenciado gutierrez Velazquez para juez de residencia de sevilla con parescer del consejo | esta bien hecha aquella y siendo buena | si el conde don hernando quisiere bolver alli: pareceme que se le deve bolver el cargo | avisamos eys de la residencia que hiziere y de lo que os parece cerca desto.

Al licenciado figueroa mandamos despachar luego como llegamos aqui para que fuese á roma. como avreys sabido |

Las scripturas que dezis que aveys embiado á roma del segundo matrimonio de la Reyna de inglaterra nuestra tia | y de las diligencias que sean hecho y hazen en su causa | esta bien | yo os agradezco mucho lo que en ello aveys hecho.

Pues el breve de las censuras contra las personas que tienen scripturas tocantes á la corona real esta ya publicado como dezis haganse todas las diligencias que convengan para que las manifiesten y provease que se cobren todas las que se pudiere y avisarmeyis de las que se hallaren y ponerlas eys arecaudo con las otras que vos teneys |

Es bien que como dezis estey sobre aviso y procureys de saber las negociaciones que el conde de benavente traxere sobre su casamiento | y estad advertido que lope hurtado nuestro embaxador en portugal nos screvio los dias passados que el duque de bergança avia pedido licencia al rey de portugal para caşar una hija suya con el dicho conde y que gela avia negado para que procureys de saber secretamente lo que en ello ha passado y el stado en que esta y nos aviseys dello | que tambien á lope hurtado tengo scripto que me avise si algo mas oviere passado en ello y la negociacion pasare adelante proveereys en tal caso como convenga para que no se efectue sin licencia nuestra |

En lo que toca al alcaide de salses. el es ya ydo muchos dias ha aresidir en su fortaleza | y por la carta que sobreello screvimos á la emperatriz avreys visto lo que en ello proveymos terneys cuydado que aquello se cumpla por que la buena guarda y rrecaudo dello importa lo que conosceys |

esta bien lo que dezis que los mercaderes que tienen arendados los maestradgos se contentaron de la horden que se dió sobre las alcavalas que se les pedian de la primera venta del pan.

En lo que paso entre el consejo real y el de las Indias sobre lo del theniente de alguazil mayor de sevilla os agradezco mucho la buena manera que tuvistes con los unos y con los otros para que la cosa no pasasse adelante y asi os ruego mucho que cuando semejantes cosas se ofrecieren entre los consejos procureis de atajarlas para que todos esten en conformidad y se haga y se provea sin pasion lo que conviene á nuestro servicio y al bien de los negocios | Al consejo de las Indias scrivo repreendiendoles lo del dar de la sobre carta para que el alguazil viniesse á la corte sin parecer vuestro | y el no aver querido yr al consejo siendo llamados y aquel supremo y lo que en el se desmandaron a hablar sobre la averiguacion: de la jurisdiccion | por que aunque la negociacion de las Indias es bien que sea favorescida en lo que á ellas toca, el autoridad del consejo real queremos que sea muy mirada y respetada y asi conviene á nuestro servicio.

En lo de la Gobernacion de la provincia de honduras | visto lo que á vos paresce he avido por bien que por esta vez por el tiempo que fuere

nuestra voluntad se efectue la provision hecha en persona del prior de prado y asilo respondo al consejo de las indias. Pero para adelante no es cosa que conviene proveer aperlado de gobernacion en las Indias.

Lo que dezis en lo de la informacion de la manera de bivir de los del dicho consejo de las Indias y specialmente del licenciado de la corte defunto nos parece bien y asi se haga |

el concierto que se tomo en lo de montefrio esta bien |

Pues el alimento no quiso que entendiesedes entre el y don hernando enrriquez su hermano sobre lo del almirantazgo y otras diferencias como os lo screvi no hay que dezir sino que esta bien |

En lo que toca á las quexas que el conde de alcaudete nos screvio sobre las cedulas que se despacharon en consejo para que las nominas de navarra se hiziessen por el capitan general con los del consejo del y sobre las otras que en consejo se proveyeron que dezis que no se excedio en ello de la horden que yo tenia dada y que terneys cuydado que en las provisiones que se hiziesen se tenga respecto al conde como os lo screvimos esta bien | y asi os encarga que lo tengais y se haga en lo que buenamente oviere lugar porque daudole autoridad podra mejor hazer en aquel reyno lo que á nuestro servicio conviene |

el processo de don alonso de la cueva que remitimos al consejo y el negocio del doctor beltran hareys como dezis que se vean lo mas presto que ser pudiere |

En lo que dezis que la villa de Valladolid os embio á dezir que avian sabido que ciertas peticiones que avian dado sobre la feria de Villalon se avian remitido del consejo cancelleria de Valladolid y que avian pensado si les convernia seguir el pleito en la audiencia lo que vos le respondistes y aconsejastes me ha parescido bien | aca no ay mas noticia de la remision de las dichas peticiones ni de otra cosa que toca de este negocio de lo que se os ha scripto | vos por buena manera y de forma que no parezca que á los de Valladolid se haze premia | dad horden que en el negocio no se passe adelante, sino que se este asi hasta nuestra yda á esos reynos como se lo tengo scripto por que por agora parece que asi conviene |

Lo que screvis que el alcalde joanes ha hecho en lo del condado de Valencia pues como dezis es conforme à justicia | esta bien |

De lo que screvis que algunos cavalleros del reyno de aragon han intentado en perjuicio del Sancto officio de la inquisicion. nos avian ya dado aviso los del consejo della por su carta y se ha ya proveydo asi para roma aca con el legado lo que convenia sobreellos |

he visto lo que los dias passados. me screvistes que os avisaron de lo que començaron a tractar la duquesa de medina sidonia y don juan alonso ante el juez del arzobispado de sevilla sobre su matrimonio el qual se terna secreto como lo dezis | y como quiera que por no averme despues scripto mas sobreello creo que no tiene el negocio tanto fundamento y que

el car.al arcobpo. de sevilla no entenderia en ello sin hazerlo primero saber por ser el negocio de la qualidad que es toda via deveys trabajar de informaros y saber la verdad de todo lo que ha passado y passa en este negocio y si hallardes que pasa adelante haced que con acuerdo del consejo y consulta de la emperatriz se provea en ello lo que paresciere que conviene A nuestro servicio y al arçobispo screbimos sobreello la carta que vereys por la copia della que va conesta embiargela eys si os paresciere que es menester | y tambien screvimos á roma. para que se informen si se ha despachado alguna cosa sobreesto | y nos lo embien y se suplique à su Santidad lo mande suspender y sino que no se provea nada en perjuicio del matrimonio sin que por nos sea su Santidad primero avisado de lo que se deve hazer | y avisarnos eys de lo que subcediere y pudierdes saber | Lo que hizistes para atajar lo que se hallava en lo de la confession de la Reyna mi señora ha sido muy bien por las causas que dezis |

En lo del alguaziladgo de Valladolid que screvis que en el entre tanto que se provea el oficio principal parescio lo devia servir christoval de saldaña y se proveyo assi: mirad si Joan de San Vicente nuestro aposentador que nos ha suplicado por el dicho oficio y por lo que nos ha servido tenemos Voluntad de hacerle merced tiene las qualidades que se rrequieren para ser proveydo de la Veeduria de la audiencia de Valladolid que tiene Saldaña y lo que con el se deveria hazer y screvidnos vuestro parecer cerca desto |

En lo que toca á la Visitacion y reformacion de los monesterios dessos Reynos con esta vos mandamos embiar firmado el poder que nos embiastes para entender en ello conforme á los breves de su Santidad. pero devese usar del solamente en quanto toca á los monesterios claostrales que no estan reformados | en los reformados asi por que nos dicen que despues de reformados nunca fueron visitados generalmeute por mandamiento nuestro ni de los reyes catholicos nuestros predecesores, como porque visitarlos presupone culpa que aya en ellos y asi la visitacion no se podria hazer sin gran nota é infamia suya de la qual por la mucha devocion que tenemos á la (aquí sigue un reglón ininteligible por estar borrado) mos excusarles poresto nos ha parescido que pves aunque oviesse algunas faltas en ellos dignas de correction aquellas se podrian enmendar y castigar haziendo la vissitacion por personas reformadas de su horden pues es de creer que en ellas se hallaran tales que tengan el zelo que conviene al servicio de dios y nuestro y á su reformacion y que por ningun respecto faltaran a esto mayor mente nombrandoles y señalandolas Vos. Los quales se llamassen al consejo | y se les dexesse y diesse rrazon de las faltas que ay para que instruidos de todo hiziessen la dicha visitacion y remediasen lo que les fuesse mandado y conviniese remediarse y del castigo y remedio que hiziessen y pusiesen nos diesen relacion para que supiesemos si era el que convenia | que quanto á ellos por el presente no

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