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3. Iten si saben, etc., que yo el dicho Diego de Fuenmayor saqué de La Española muchos caballos y aderezos para la jornada del dicho socorro y se me murieron los mas dellos, de que me redundó mucha pérdida de pesos de oro de que tube necesidad de comprar mas caballos en Panamá, que me costaron mucha suma de pesos de oro, todo por venir al dicho socorro.

4. Iten si saben, etc., que despues de yo el dicho Diego de Fuenmayor ydo del Nombre de Dios á la ciudad de Panamá, tube á mi costa la mas de la gente, dándoles siempre de comer y otras cosas necesarias mas tiempo de un mes por sostenella para que pudiesen venir al dicho socorro, ansi con la gente que yo truxe de la Española, como con la demas que en Panamá habia para venir á estas partes, é si sabe que todo esto fué á mi costa y no á otra persona, y que en ello gasté muchos dineros, por ser en serbicio de V. Magd.

5. Iten si saben, etc., si yo el dicho Diego de Fuenmayor truxe á dicha gente á Tumbez, tierra del Perú, y allí hice mis escuadras, yo por capitan general della, por mandado de la Audiencia Real que reside en la Española, é venimos á esta ciudad de los Reyes, donde la entregué al governador don Francisco Pizarro: digan los testigos lo que acerca de esto saben.

6. Iten si saben, etc., que ansy en fletes de caballos, subcidios y gente y otras cosas necesarias que fueron menester gastar y pagar en esta Mar del Sur, yo podria gastar tres mill pesos, poco mas ó menos, en esta ciudad de Los Reyes, los quales he gastado, como es público é notorio: digan los testigos lo que acerca desto saben.

7. Iten, si saben, etc., que todo lo susodicho es pública boz é fama entre las personas que residen en esta dicha ciudad y vinieron en mi compañía, etc.

Testigo.-Pedro de Valdivia, testigo presentado por el dicho Diego de Fuenmayor, despues de haber jurado segun derecho, é siendo preguntado por el tenor del dicho interrogatorio, dijo lo siguiente:

1. A la primera pregunta dixo que conoce al dicho Diego de Fuenmayor de persona é conversacion.

Preguntado por las preguntas generales, dijo que es de edad de treinta é cinco años, poco mas ó menos, é no es pariente ni enemigo del dicho Diego de Fuenmayor é no le empecen ninguna de las demas generales.

2. A la segunda pregunta dijo que la sabe como en ella se contiene; preguntado cómo la sabe, dixo que porqueste testigo vino con él y en su capitañía.

3. A la tercera pregunta dixo que la sabe como en ella se contiene; preguntado cómo la sabe, dixo que porque vido morir los dichos caballos, é despues vido al dicho Diego de Fuenmayor comprar en Panamá dos ó tres caballos y empeñarse por ellos.

4. A la quarta pregunta dixo que la sabe como en ella se contiene; preguntado cómo la sabe, dixo que porque lo vido é vió dar de comer é dineros á quantos le querian recivir.

5. A la quinta pregunta dixo que la sabe como en ella se contiene; preguntado cómo la sabe, dixo que porqueste testigo vino con él hasta esta dicha ciudad.

6. A la sesta pregunta dixo que sabe que gastó mucha cantidad de pesos de oro, no sabe la quantia, y questa es la berdad é lo que sabe para el juramento que hizo, é firmólo.-Pedro de Valdivia.

(Declararon ademas Rodrigo Perez, de veinte y ocho años; Hernando de Montoya, de veinte; Alvaro de Ordaz, de veinte y cinco; Alonso Perez de Esquibel, de la misma edad; Hernando de las Casas, de treinta, que venia por maestre de campo; Diego de Urbida, de la misma edad; y otros dos testigos.)

10 de Octubre de 1537-13 de Junio de 1539

II.-Acuerdos del Cabildo de Lima referentes á las disensiones de Almagro y Pizarro.

(Libro I del Cabildo de Lima)

En X de Otubre de MDXXXVII años, este dia se juntaron en su Cabildo é ayuntamiento segund que lo han de uso é de costumbre los muy nobles señores Justicia é Regidores desta dicha

cibdad, conviene á saver: Sebastian de Torres, alcalde, é Diego de Arbieto, é Garcia de Salzedo, é Diego de Aguero, é Nyculas de Ribera, é Crisóstomo de Ontibero, regidores desta dicha cibdad, para entender é proveer en las cosas tocantes al servicio de Dios. y de su Magtd., é bien y pro comun desta dicha cibdad, vecinos é moradores della y en presencia de my Domingo de la Presa, escribano de sus Magtds. é del Cabildo de la dicha cibdad los dichos señores hicyeron é hordenaron lo que sygue:

En este dia los dichos señores platicaron sobre que tienen noticia como el adelantado don Diego de Almagro viene camyno desta dicha cibdad con mucha gente de pié y de cavallo, y segund tienen ynformado con dañada intencion de entrar en esta cibdad contra su voluntad y ocupar los térmynos de ella é hacer otros agravios ó fuerças, como se han echo en la cibdad del Cuzco é que conviene al servicio de su Magtd. é bien é pro comun desta cibdad é de los vecynos é moradores della que se vayan á requerir al dicho adelantado para que no entre en ella ny en sus térmynos con la gente que trae é otras cosas que conviene: por tanto que acordaban é mandaban é acordaron é mandaron quel dicho alcalde Sebastian de Torres y el fator Yllan Suarez é Diego de Arbieto, regidores desta dicha cibdad vayan á requerir al dicho adelantado, el qual requirimiento se les da en forma é que para ello les daban é dieron su poder cumplido qual de derecho se requiere y es necesario.-Rúbrica de Domyngo de la Presa.

Confierese poder en forma á los comisionados ante Almagro.

En XXII de Otubre del dicho año.-Este dia se juntaron en su Cabildo é Ayuntamiento, segund que lo han de uso é costumbre, conviene a saber: los señores Sebastian de Torres y Francisco Davalos, alcaldes, é Nyculas de Ribera, é Diego de Arbieto, é Francisco Martyn de Alcántara, é Hernan Gonçalez, regidores y en presencia de my Pedro de Castañeda, escribano de sus Magts. é público y del concejo de la dicha cibdad, para entender en las cosas del servicio de Dios Nuestro Señor é bien é pro comun de la dicha cibdad, vezynos y moradores della y estando ansy juntos los dichos señores hizieron é hordenaron lo siguiente.

Y estando en el dicho Cabildo entró Crisóstomo de Hontiberos, regidor, y el señor thenyente de governador, lizenciado Carvajal, é Antonio Picado, regidor.

Este dia, yo el dicho escribano ley á los dichos señores un requirimyento para notyficar al señor adelantado don Diego de Almagro por parte de sus mercedes é ansy leydo dixeron que elegian y eligieron que vayan á le notificar al dicho señor adelantado don Diego de Almagro, al señor Alcalde Davalos é á Diego de Arbieto, regidor, y á Pedro Navarro, procurador de la cibdad, no obstante que en otro cabildo se avia acordado que fuesen el alcalde Torres, é no va por cierta ocupaçion que dixo thenya, el cual dicho poder les dieron en forma siguiente:

PODER.-Sepan quantos esta carta vieren como nos el concejo alcaldes regidores de la dicha cibdad de las Reyes de la Nueva Castilla con el procurador é mayordomo della estando juntos en nuestro Cabildo é Ayuntamiento segund que lo avemos de uso é de costumbre de nos juntar para entender en las cosas del servicio de Dios Nuestro Señor é de su Magtd. é bien pro comun de los vezynos é moradores della, conviene á saver: el lizenciado Benyto Suarez de Carvajal, thenyente de governador, é Sebastian de Torres, é Francisco Davalos, alcaldes hordinarios, é Nyculas de Ribera, é Antonio Picado, é Diego de Arbieto, é Hernan Gonçalez, é Francisco Martyn de Alcántara, é Crisóstomo de Hontiberos, regidores, é Pedro Navarro, procurador é mayordomo desta dicha cibdad que están absentes por los quales presentes. prestamos accion de rato é nos obligamos que estarán é pasarán por lo que decymos aquí é será sostenydo, otorgamos é conocemos por esta presente carta que damos é otorgamos todo nuestro poder cumplido, lybre, bastante, llenero, segund nos abemos é tenemos é de derechos mas puede é deve valer á vos Francisco Davalos, alcalde hordinario desta dicha cibdad, é á vos Diego de Arbieto, regidor della, é á vos Pedro Navarro, procurador, que estays presentes é á todos juntamente é á cada uno por sy yn solidum especialmente para que por nos y en nuestro nombre vays á la provincia de Chincha é á otras qualesquyer partes é lugares do quiera que estuviere en los termynos desta dicha cibdad el señor adelantado é capitan general don Diego de Almagro, governador del nuevo

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Reyno de Toledo por sus Magts. é adonde que sea que hallaredes de los dichos térmynos al dicho señor governador le podays requerir é requirays, hazer é hagays ante qualquier escribano de su Magtd. un Requirimyento que llevays nuestro firmado del presente escribano yusso escripto con otras qualesquier provisyones é cartas Reales sy fuere necesario é lo que respondiere lo tomad por este mandamyento antel dicho escribano y lo traed ante nos, ė ansy mysmo vos damos poder complido para que syendo necesario le podays hazer qualesquyer requirimyento é protestaciones que os pareciere é vieredes necesarias para la guarda é conservacion de nuestros derechos con todos los demas abtos é diligencias que al caso convenga aunque sean cosas y casos que en sy segund derecho demande é requyeran haver otro nuestro mas especial poder é mandado é. que para todo ello é lo dello dependyente vos damos todo nuestro poder complido con sus yncidencias é dependencias é conexidades é para lo aver por firme obligamos los propios é rentas deste dicho concejo avidos por aver, é sy es necesario vos relevamos segund forma de derecho é lo otorgamos antel escribano yusso eseripto é lo firmamos de nuestros nombres en el libro de cabildo, que fué hecha é otorgada en la dicha cibdad, veynte é dos dias del mes de otubre, año del nazymyento de nuestro salvador Xesucripto de mill y quinyentos y treynta é syete años, syendo presentes por testigos Pedro Ryo, portero de dicho cabildo é Gaspar de Hinojosa, estantes en la dicha cibdad.-Sebastian de Torres.-Francisco Davalos. Francisco Martyn de Alcántara. - Antonyo Picado. Diego de Arbieto.-Crisóstomo de Hontiberos.-Nyculas de Ribera.— Hernan Gonçalez.

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Trátase sobre el requerimiento mandado hacer á Almagro

En XXIV de Otubre del dicho año.-Este dia se juntaron en su Cabildo é Ayuntamiento segund que lo han de uso é de costumbre, conviene á saver: los señores Sebastian de Torres é Francisco Davalos, alcaldes hordinarios, é Nyculas de Ribera é Francisco Martyn de Alcántara é Crisóstomo de Hontiberos é Diego de Aguero é Diego de Arbieto, regidores, para entender en las cosas del

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