Exposición al Tribunal Superior del Distrito Federal

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Imprenta de J. M. Lara, 1861 - 29 páginas
 

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Página 5 - En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un Gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella ya las leyes que en su virtud se hubieren expedido ' serán juzgados, así los que hubieren figurado en el Gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta.
Página 21 - No se podrá expedir ninguna ley retroactiva. Nadie puede ser juzgado ni sentenciado, sino por leyes dadas con anterioridad al hecho y exactamente aplicadas á él, por el tribunal que previamente haya establecido la ley.
Página 28 - Zacatecas y algunos otros bien » lamentables, lejos de autorizar una política sangrienta. »deben excitar á todos los que defienden los principios que »se han proclamado, á no buscar otro apoyo que el de una. »justicia que no teme el examen ni de los nacionales ni »de los extranjeros; justicia que puede...
Página 12 - Cuando * en el estado se forma una facción que toma las armas contra el soberano, para arrancarle el poder supremo o para imponerle condiciones, o cuando una república se divide en dos bandos que se tratan mutuamente como enemigos, esta guerra se llama civil, que quiere decir guerra entre ciudadanos.
Página 12 - Cesa de ser una sedición ó motín, convirtiéndose en guerra civil. "Cuando se forma en el Estado un partido que no obedece ya al soberano y tiene bastante fuerza para hacerle frente, ó cuando en una República se divide la nación en dos fracciones opuestas y llegan á las manos por una y otra parte, es una guerra civil.
Página 12 - Llamamos aquí bandidos los delincuentes que hacen armas contra el gobierno establecido para sustraerse á la pena de sus delitos y vivir del pillaje. Cuando una cuadrilla de facinerosos se engruesa en términos de ser necesario atacarla en forma y hacerlo la guerra , no por e?o se reconoce al enemigo como beligerante legítimo.
Página 4 - ... el conocimiento en primera instancia de las causas que se formen por los delitos de este género.
Página 12 - Nación en dos fracciones opuestos y llegan á las manos por una y otra parte, es una guerra civil. Algunos reservan este término á las justas armas que los subditos oponen al soberano, para distinguir esta resistencia legítima de la rebelión. Pero ¿cómo llamaremos á la guerra que se levanta en una República despedazada por dos fracciones, ó en una monarquía entre dos pretendientes á la corona?
Página 12 - ... alteran la propiedad : las naciones extranjeras no les deben asilo, y sus naves pueden ser tratadas como piráticas por cualquier buque de guerra ó corsario que las encuentre. Hácese siempre una gran diferencia entre esta clase de delincuentes y los que toman armas para sostener opiniones políticas...
Página 14 - Barbeyrac y Cocceii, Heineccio y otros: que cuando un pueblo es abandonado por su gobierno, de modo que ni goza de su protección ni puede recibir ni obedecer sus órdenes, están de hecho disueltos los lazos que los unian, y los habitantes vuelven á entrar en su primitiva natural libertad. Mientras que el soberano legítimo no recobra sus Estados, su derecho de mandar permanece suspenso, y los subditos que están en poder del enemigo vencedor...

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