Colección de las alegaciones fiscales del Excmo. Señor Conde de Campomanes, Volumen1

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Imp. de Repullés, 1841 - 420 páginas
 

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Página 78 - Reformat. y demás disposiciones canónicas, para exhortarlos y amonestarlos con toda bondad y caridad, procurando evitar con tiempo y prudencia los delitos, para no tener el dolor de castigar los reos, excusando que se hagan públicas, con deshonor del estado Eclesiástico, aquellas manchas y defectos que ofenden la pureza y buen ejemplo del Sacerdocio; y cuando se vean en la necesidad de formar proceso y proceder al correspondiente castigo, procuren no apartarse de lo que el mismo Concilio les...
Página 441 - Concordato , por órden á lo cual se observará lo que en él se ha establecido , y dispuesto , removiendo y abrogando cualquiera novedad que se haya introducido ; sin embargo de cualesquiera órdenes...
Página 71 - Reinos; y que las ofensas que padecen en los derechos de su jurisdicción ordinaria, y en el honor que deben prestarles sus subditos, no necesitan nuevos remedios, sino que se observen y cumplan con exactitud las disposiciones canónicas, y especialmente lo establecido por el Concilio de Trento, lo concordado con el Nuncio D.
Página 383 - Yo visto y examina«do, y que el nuncio apostólico, si viniese por su mano, la haya pasado á las «mías por la vía reservada de Estado, como corresponde. — Que todos los bre«ves ó bulas de negocios entre partes, ó personas particulares, sean de gracia «ó de justicia, se presenten al Consejo por primer...
Página 79 - V. de órden del Consejo, como á todos los demas prelados eclesiásticos , seculares y regulares de estos reinos, para su inteligencia; y de su recibo me dará V. aviso, á fin de ponerlo en la superior noticia del Consejo. Dios guarde á V. muchos años. Madrid 26 de noviembre de 1767.
Página 383 - ... los ha de entregar el Nuncio á mi Persona ó á mi secretario del despacho de Estado , y que si perteneciesen á prohibición de libros observe la forma que se prescribe en el auto acordado 14, tít. 7, lib. i, haciéndolos examinar de nuevo, y prohibiéndolos si lo mereciesen por propia potestad y sin insertar el breve. Que tampoco publique el Inquisidor general edicto...
Página 429 - Obispos, y que en adelante no se experimenten los daños que por lo pasado con la permisión y pase de los títulos de notarios apostólicos, ya sean expedidos en Roma por el Colegio de Protonotarios, ya por la Nunciatura...
Página 156 - Audiencias, que no se entremelan á conocer de semejantes negocios, ni mandar traer ante ellos tales procesos por via de fuerza en manera alguna, porque quando en esto hubiere que proveer, los del nuestro Consejo proveeran.
Página 79 - Fachineti lo que debe ejecutarse conforme á estas disposiciones canónicas, para que el remedio de la apelación, instituido en favor de la inocencia, no decline en el detestable abuso de proteger la malicia. Bien reconoció el Concilio de Trento y la bula...
Página 384 - Que antes de publicarse el edicto se me presente la minuta por medio de mi secretario del despacho de Gracia y Justicia, ó en su falta cerca de mi Real persona por el de Estado , como se previno en la citada Real cédula de 18 de Enero de 1762, suspendiendo la publicación hasta que se devuelva.

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