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discurso apropiado á las solemnes circunstancias. Terminado el discurso, Su Santidad dió la bendicion, y el Arzobispo orador publicó la indulgencia plenaria.

El Padre Santo, depuestas las sagradas vestiduras que habia tenido hasta entonces, se puso los ornamentos que suele ponerse cuando celebra pontificalmente la santa misa.

Despues del acto de obediencia que hicieron los eminentísimos purpurados y los Rdos. Padres, á invitacion del primer Cardenal diácono asistente, comenzaron las suplicaciones de todos los asistentes, despues de las cuales Su Santidad leyó las oraciones prescritas, y los capellanes cantores entonaron antífonas adecuadas, y terminaron con la invitacion para salir que hizo el segundo Cardenal diácono asistente. Entonces se entonaron las Letanías. Al llegar á la plegaria por el santo Sínodo y la gerarquía eclesiástica, el Sumo Pontífice, poniéndose de pie, dijo en alta voz por tres veces la fórmula, primero invocando al Señor para que se dignase bendecir; despues, pidiendo a Dios que se dignase regir el santo Sínodo, y, por último, que se dignase conservarle; y repitiendo las palabras, hizo seis veces la señal de la cruz sobre el venerable Concilio. Terminadas las Letanías, el Padre Santo recitó las oraciones. Despues el Emmo. Cardenal diácono, Borromeo, cantó el Evangelio, sacado del cap. x de San Lúcas, en donde se refiere la mision dada por Jesucristo á sus discípulos, y se designan las prácticas que han de observar en el ministerio de la predicacion. Despues de la lectura del Evangelio, el Sumo Pontífice dirigió á los Padres una Alocucion, y acto continuo entonó el himno Veni Creator Spiritus, cuyos versículos, alternados, cantaron los capellanes cantores. Presentáronse despues al Solio Pontificio el men

cionado Obispo de San Hipólito, secretario del Concilio, y Mons. Valenciani, Obispo de Fabriano y Matelica. El primero puso en manos de Su Santidad el decreto de apertura del Concilio, y Su Santidad entregó el mismo decreto al segundo, que fue á leerlo en voz alta, y los Padres lo aprobaron con la palabra Placet. Entonces el Sumo Pontífice, usando de su autoridad suprema, lo sancionó. La misma ceremonia se repitió con otro decreto señalando para la primera sesion general el dia 6 de enero de 1870, dia de la Epifanía. Los Padres lo aprobaron tambien por aclamacion, y el Sumo Pontífice lo sancionó. Despues los señores promotores del Concilio, abogados consistoriales Ralli y De Dominicis Tosti, acercándose al Solio, pidieron á los protonotarios apostólicos que estendieran el acta de cuanto habia ocurrido, y el Prelado de aquel Colegio prelaticio respondió que lo haria, llamando á ser testigos del acto á los señores ma yordomo y maestro de cámara de Su Santidad.

No quedando nada que hacer, el Padre Santo entonó el himno de accion de gracias, que con inefable alegría se cantó alternativamente por los capellanes cantores y los Padres con el pueblo, y así terminó la primera sesion. Su Santidad, depuestos los hábitos pontificales, entró en sus habitaciones, y se disolvió la reunion. Eran las tres de la tarde.

Á la ceremonia que acaba de describirse asistieron en las galerías dispuestas en los lados de la sala: S. M. la Emperatriz de Austria; S. M. el Rey de las Dos-Sicilias; S. M. la Reina de Wurtemberg. SS. AA. RR. el Duque y la Duquesa de Parma; S. A. I. y R. el Gran Duque Leopoldo de Toscana, con la Gran Duquesa su esposa; SS. AA. RR. el conde y la condesa de Girgenti; el conde y la condesa de Caserta; el conde y la condesa

de Trápani (1). Asistieron tambien SS. EE. los embajadores, los ministros y los diplomáticos acreditados cerca de la Santa Sede; el Excmo. señor ministro de la Guerra; el Excmo. señor general Dumont, y otros generales del ejército pontificio y del ejército francés. En las galerías superiores estaban los teólogos pontificios y los canonistas del Concilio.

Lo desapacible y lluvioso del tiempo no impidió que la Basílica estuviera durante el tiempo que duró la ceremonia completamente llena de gente de todas las naciones, de los puntos mas remotos del orbe, que ha venido á la metrópoli para presenciar el fausto acontecimiento de la apertura del Concilio.

Por la noche hubo iluminaciones.

Constitucion de Nuestro Santo Padre Pio IX referente à la eleccion del Pontifice romano para el caso de que, durante el Concilio ecuménico, vacara la Sede Apostólica.

PIO, OBISPO, SIERVO DE LOS SIERVOS DE DIOS.

Ad perpetuam rei memoriam.

Como el pleno poder de apacentar, regir y gobernar

(1) En la mayor parte de los Concilios ecuménicos anteriores han figurado los monarcas cristianos. Constantino el Grande en el primer Concilio de Nicea; el Emperador Marciano en el de Calcedonia; Constantino Pogonato en el tercero de Constantinopla; Basilio Macedonio en el cuarto; la Emperatriz Irene con su hijo Constancio en el segundo de Nicea; Balduino, segundo Emperador de Constantinopla, con otros príncipes, en el primer Concilio de Lyon; Jaime, Rey de Aragon, y otros príncipes, en el segundo; Felipe, Rey de Francia, y otros príncipes, en el Concilio de Viena; Segismundo, Emperador, y otros príncipes, en el Concilio de Constanza; Juan Paleólogo, Emperador de Constantinopla, en el Concilio de Florencia.

La historia referirá que en la inauguracion del Concilio ecuménico Vaticano, Isabel Eugenia, Emperatriz de Austria; Francisco II, Rey de las Dos Sicilias; el Duque y la Duquesa de Parma; el Gran Duque y la Gran Duquesa de Toscana, tuvieron la honra de representar a la monarquía católica: Dios no lo olvida, y á su tiempo se acordarán tambien las poblaciones.

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toda la Iglesia ha sido dado por Nuestro Señor Jesucristo á los Pontífices romanos en la persona del bienaventurado Pedro, Príncipe de los Apóstoles, la paz y la unidad de esta Iglesia serian fácil y gravemente comprometidas si, en caso de que vacara la Silla Apostólica, la eleccion del nuevo Pontífice se realizase en condiciones que pudiesen hacerla dudosa é incierta.

Para precaver tan funesto peligro, muchos Pontífices romanos, nuestros predecesores, y particularmente Alejandro III, de feliz memoria, en el Concilio tercero general de Letran; el bienaventurado Gregorio X en el segundo Concilio general de Lyon; Clemente V, Gregorio XV, Urbano VIII y Clemente XII, publicaron constituciones que, entre numerosas prescripciones, tienden á asegurar la ejecucion recta y ordenada de un negocio de esta importancia, y atribuyen generalmente, y sin ninguna escepcion, la eleccion del Soberano Pontífice única y esclusivamente al colegio de Cardenales de la Santa Iglesia romana.

Al recordar Nos esto, hemos creido, puesto que el Concilio general y ecuménico que Nos hemos convocado por nuestras Letras Apostólicas del 3 de las kalendas de julio del año 1868, que comienza con estas palabras: Eterni Patris, estaba abierto actualmente con solemnidad, que era un deber de nuestro ministerio apostólico prevenir é impedir toda ocasion de discordia y de conflicto concerniente á la eleccion del Soberano Pontífice, que pudiera sobrevenir si pluguiera al Soberano Señor hacernos abandonar esta vida mortal durante el Concilio.

Hé aquí por qué, movido por el ejemplo de Julio II, de feliz memoria, nuestro predecesor, el cual, como nos enseña la historia, fue acometido de una enfermedad mor

tal durante el Concilio quinto general de Létran, convocó á los Cardenales, é inquietándose á propósito de la legítima eleccion de su sucesor, decidió en su presencia que esta eleccion deberia hacerse, no por el susodicho Concilio, sino únicamente por su Colegio, lo que tuvo lugar, en efecto, despues de la muerte de Julio II; movido tambien por el ejemplo de nuestros otros predecesores Pablo III y Pio IV, de dichosa memoria, el primero de los cuales, por sus Letras Apostólicas del 3 de las kalendas de diciembre de 1544, y el segundo por idénticas Letras del 10 de las kalendas de octubre de 1561, previniendo que podrian morir durante la celebracion del Concilio de Trento, decretaron que la eleccion del nuevo Pontífice no deberia hacerse mas que por los Cardenales de la Santa Iglesia romana, con esclusion del susodicho Concilio; despues de haber conferenciado maduramente con algunos de nuestros Venerables Hermanos los Cardenales de la santa Iglesia romana, y haber examinado este negocio con cuidado, de ciencia cierta, por nuestro propio impulso, y en virtud de nuestro pleno poder apostólico, Nos decretamos y ordenamos que si plugiera á Dios poner fin á nuestra peregrinacion en este mundo durante la celebracion del Concilio del Vaticano, en cualquier estado y cualquier época de sus trabajos en que se encuentre el Concilio, la eleccion del Soberano Pontífice no se haga mas que por los Cardenales de la santa Iglesia romana, y de ningun modo por el mismo Concilio, escluyéndose absolutamente de toda participacion en la eleccion á cualquiera otra persona que se presente con poder emanado de cualquier autoridad, inclusa la del Concilio, á escepcion de los Cardenales precitados.

Ademas, para que los Cardenales abajo nombrados

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