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XI

Fundación de Real Convento de San Juan Bautista

de Jerusalén.

En este capítulo no haré otra cosa que copiar la relación que por encargo expreso del difunto Emmo. y Rvmo. Sr. Cardenal Don Antonio M.a Cascajares, siendo Arzobispo de Valladolid, escribí en el mes de Agosto del año mil ochocientos noventa y cinco; y con objeto de no interrumpir el orden de los hechos, pondré las notas aclaratorias en el apéndice Y.

Este convento es uno de los monumentos más notables, sino por su mérito artístico, como testimonio de la piedad que distinguió siempre á esta muy noble y heróica villa, donde tantos vestigios de piedad se conservan.

Hállase situado al sudoeste y en la parte más elevada de la población, levantándose su pared occidental sobre la que antes fué muralla. Desde sus vistas se descubre un horizonte sin aledaños y se goza de un paisaje delicioso, cruzado por el caudaloso Duero, cuyas mugientes ondas vénse contenidas de trecho en trecho por altas pesqueras que semejan pequeñas y caprichosas cascadas y conducen su corriente á las diversas aceñas y fábricas que festonean sus orillas.

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Según la relación contenida en uno de los libros del Real Monasterio de Santa Clara, idéntica en lo substancial á la que Fr. Don Juan Agustín de Tunes, caballero de la Religión de San Juan de Jerusalén, Comendador de Mallen y Recibidor por su comun tesoro en la Castellanía de Amposta, consigna en el tomo 2.o de su Crónica, lib. 3. cap. 4. folio 227, una señora de costumbres intachables y de ejemplar y edificante conducta, llamada Isabel García, queriendo dedicarse exclusivamente á la virtud y alcanzar el más alto grado de santidad, se recogió en una casita que la Majestad de Don Juán el 2.o tenía adosada á la iglesia de San Miguel, y le cedió para ello. Allí, encerrada materialmente entre cuatro paredes, por lo que sin duda en todos los documentos coetáneos y aun muy posteriores que á ella hacen referencia, se la denomina invariablemente la Emparedada, haciéndose extensivo este dictado á todas las que después se le agregaron, pasaba los días y mucha parte de la noche en oración asistiendo á la santa Misa y á los divinos oficios por una ventana abierta adrede frente á el altar mayor

de la citada iglesia, y sirviéndole la comida del próximo convento de Santa Clara; en agradecimiento á lo cual legó en su muerte á este monasterio una viña al soto de Santa Marina y ocupa hoy uno de los tejares (1).

Muchos años pasó negándose á recibir compañeras, no obstan te de que algunas jóvenes atraidas por la fragancia de sus virtudes deseaban seguirla y tenerla por maestra. Pero Dios que la había elegido para más altos y trascendentales designios, cuales eran convertir aquel humilde y diminuto recinto en almaciga de santas la reveló por medio de una visión en que se le aparecieron unas doncellas vestidas con el hábito de la Orden de San Juan Bautista de Jerusalén, su deseo y divina voluntad de que admitiera alumnas, á quienes adiestrara en los combates del espíritu é hiciera participantes de su gracia y vocación, conformándose á la Regla de tan preclaro instituto, que es la de San Agustin; y con las fervorosas oraciones y acrisoladas virtudes de todas hicieran una santa violencia al Cielo, cuando los Caballeros Hospitalarios combatiesen contra los infieles, á fin de dar á aquellos el triunfo, como hizo Moysés en el Desierto mientras que Josué luchaba contra Amalec. ¡Cuántas de aquellas legendarias proczas que nos presentan á los inclitos guerreros sanjuanistas como hombres de otra raza, se habrán debido á las plegarias y penitencias que sus freiras hacían delante del Sagrario en la obscuridad del claustro!

De este modo, por medio del sexo que la Iglesia llama por antonomasia devoto, tuvo entrada y representación en Tordesillas aquella ilustre Orden que tantos días de gloria dió al Catolicismo y, según la Santidad de Benedicto XIV en su bula Inter illustria, <fundada en la caridad y fortalecida por la virtud, mani> fiesta la admirable fuerza de la Religión Cristiana que > asocia la piedad á las armas y junta la guerra con la > misericordia: á cuyos caballeros celebraba Pio 4.° «como los >primeros en unirse á las armadas cristianas para com> batir á los piratas, á los turcos y otros enemigos del >nombre de Cristo, y últimamente á los sarracenos en >las costas de África»; y cuyo hábito nos trae á la memoria las hazañosas empresas cantadas con épico acento por Torcuato Tasso, y aquellos invictos paladines que cerraban el breviario, en que habían recitado el oficio divino con el fervor y devoción de monjes, para pelear como leones y dar generosamente sus vidas

(1) Su escritura original pasó ante Belasco González escribano en 4 de Abril de 1469. Archiv, de Sta. Clara,

en Tolemaida, Malta y Rodas; y de nuevo envainaban el acero empapado en sangre infiel, para servir la escudilla de caldo á los enfermos ó heridos en los hospitales. .

Admitidas compañeras, fué nombrada priora por las que se le agregaron, y dió la obediencia como á prelado al Gran Prior de Castilla, Fr. D. Gonzalo de Quiroga, según consta de una provisión del martes 15 de Septiembre de 1478 dada en Paradinas en el Capítulo provincial celebrado por el muy magnífico y virtuoso Señor Don Fr. Álvaro de Astúñiga, de la Santa Casa del Hospital de San Juan de Jerusalén etc., á petición y en nombre de Isabel García, freira de la Orden de San Juan en la iglesia de San Miguel de Tordesillas, presentada por el Dr. Fr. Pedro Gil de la Orden de Santo Domingo, y en la que suplicábales «diesen y restituye›ran en las gracias y libertades y franquicias y exencio»nes é indulgencias y todas las otras cosas que por razón » de la dicha Orden debían gozar y habían gozado en los >tiempos pasados, después que por ei magnífico Sr. Don >> Fray Gonzalo de Quiroga fueren recibidas en la dicha › Orden.» Todo lo cual les otorgó el citado Capítulo, como lo trascribe de verbo ad verbum otra provisión del Capítulo provincial que Fray Diomedes de Villaragud, Castellán de Amposta y Visitador general del Reverendísimo Cardenal Gran Maestre y Convento de Rodas en los cinco reinos de España etc., celebró en la villa de Consuegra en 5 de Agosto de 1534, y en la cual provisión confirmaba las gracias del anterior y libertaba á la priora de dicho convento de San Juan de Tordesillas de la obligación de recurrir al prior de Castronuño para imponer el hábito á las entrantes, como lo exigía el Capítulo de Paradinas, concediéndole á la citada priora facultad de elegir prior para este objeto, aunque sujetándola á las mismas condiciones.

Y para que no se crea que esto fué una extralimitación de los referidos Capítulos, existe una declaración de la Sagrada Congregación de los Emmos. Señores Cardenales intérpretes del Santo Concilio de Trento, dada á súplicas de estas Religiosas y firmada por el Emmo. Sr. Cardenal Horacio Sanceloto, en 5 de Mayo de 1617, de que las comprenden los dichos indultos, privilegios y exenciones.

Ahora bien, para dar noticia detallada de cuales son estos, fuera menester citar las bulas de más de setenta Papas, desde Urbano 2.o en el año 1095, hasta Benedicto 14.° en 15 de Enero de 1742 (sólo alguno de los cuales, como fué Inocencio 3.o dió veinte

breves), que han concedido ó confirmado alguna gracia, y las cédalas de veinte reyes, no contando en este número más que los de España, unánimes todos en ponderar el valor y los servicios de los Caballeros Hospitalarios de San Juan de Jerusalén y enriquecersu Orden con mercedes espirituales y temporales. Por lo menos. sería preciso copiar á la letra la Instrucción Canónica é historial de los privilegios de la Orden de San Juán escrita por el Doctor Don Vicente Calvo y Julián, Conónigo de la S. I. C. de Tarazona, y dedicada á S. A. R. el Serenisimo Sr. Infante D. Gabriel Antonio de Borbón, Gran Prior de la misma Orden en los reinos de Castilla y de León. Pero como esto me distraería de mi objeto y es extraño á la índole de esta reseña, vuelvo á tomar el hilo de la relación. Constituída ya la Comunidad, aumentáronse las necesidades, para atender à las cuales el liberalísimo Don Juan 2.o les asignó cuatro mil maravedís y veinte fanegas de trigo cada año en rentas y censos de esta villa, á los que los Reyes Católicos añadieron después otros cuatro mil maravedís anuales de juro de heredad perpétuamente.

Esto se colige de una cédula real expedida por Don Carlos (10) Emperador de Romanos, Rey de Alemania y › de Castilla en 28 de Junio de 1555, á ruegos de la priora ›y religiosas del monasterio de San Juan de esta villa, › que es cerca de la iglesia de San Juan de ella, mandando continuar con la paga de ocho mil maravedis veinte > fanegas de trigo en cada año, que hicieron merced y li>mosna los Católicos Reyes Don Fernando, Doña Isabel ›y Don Juan á Isabel García é las demás emparedadas >> en la casa de Señor Rey Don Juan edificada cerca de la >iglesia de San Miguel..... con motivo de haberse trasla > dado al convento de San Juan.» Y el príncipe Don Felipe habla de dos cartas de privilegio de los Reyes Católicos sus visabuelos, confirmadas por la dicha Católica Reina, en favor de Isabel García emparedada que estuvo en la casa que el Rey Don Juan mandó edificar cerca de la iglesia de San Miguel y las otras emparedadas mudadas junto á San Júán; por una de las cuales cartas se les conceden cuatro mil maravedís en ciertas rentas de la dicha villa y tierra, y por la otra los cuatro mil maravedís y las veinte fanegas de trigo restantes también en ciertas rentas de la misma villa.

Pronto resultó pequeño el recinto de San Miguel, viéndose obligadas sus reclusas á comprar á los hijos de Juan Martín de Amores

unas casas y agregarlas á la que ya tenían, (1) Y posteriormente vierónse precisadas á suplicar al Ayuntamiento de la villa que les cediese un trozo de suelo para ensanchar su vivienda, á lo que el Señor Corregidor Don Pedro Maldonado y los Regidores de la villa accedieron gustosos, convencidos de la imposibilidad de habitar catorce ó quince Religiosas que á la sazón componían la Comunidad, en un espacio que era angosto para dos ó tres, como lo expresaban las mismas en la exposición que elevaron al Ilustrísimo Sr. Obispo de Palencia, y les otorgaron un pedazo de huerta perteneciente al municipio y contiguo al convento. (2)

Poco alivio consiguieron con este nuevo ensanche, pues continuaron todavía oprimidas, de tal suerte, que la estrechez de la casa unida á la humedad del sitio desarrolló varias y graves enfermedades entre las reclusas; por lo que, compadecido de tan trabajosa y aflictiva situación el clérigo y capellán de Su Majestad, el bachiller Diego de Vega, les hizo donación de un solar junto á la iglesia parroquial de San Juan por escritura fechada en 1.o de Mayo de 1545, con la condición explícita de que, sino se edificaba el convento, ó, si principiado, no se terminaba, volvería el solar con todo lo edificado á poder del donante ó de sus parientes. Está autorizada esta escritura por el escribano Payo Cuello. Archivo. ibid.

Felizmente pudo darse cima al beneficioso proyecto, habiendo obtenido licencia del bachiller Don Juan de Llanes, Provisor y Vicario general en lo espiritual y temporal del Ilustrísimo Sr. D. Luis Cabeza de Vaca, Obispo de Palencia, para trasladarse al convento erigido junto á San Juan, bajo las condiciones en que habían convenido con los señores beneficiados de la citada parroquia; y de las cuales, á excepción de la primera en la que se manda que preceda la visita de inspección del arquitecto diocesano, para ver si se puede horadar la pared y como se ha de abrir la reja, por donde las religiosas pudieran asistir á la Santa Misa y divinos oficios, todas las demás miran á asegurar los derechos parroquiales de los beneficiados. (3) Fué concedida esta licencia en 20 de Octubre de 1548 y en el año 1545 á 17 de Septiembre la había otorgado el Reverendísimo Prior Don Fray Diego de Toledo de la Santa Casa y Hospital de Jerusalén para aceptar la donación y condicio

(1) Escritura de compra hecha en el año 1478. Archivo de esta Comunidad. (2) Se halla extendida la escritura de concesión por testimonio del Notario Alonso Martín de Balvoa, su fecha 17 de Agosto de 1517. Archivo de la Comunidad.

(3) Apéndice citado 2,

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