Diccionario de minería de la República Mexicana: o sea, compilación de todas las disposiciones legislativas y reglamentarias vigentes en asuntos de minería, y de todas las circulares y aclaraciones dictadas hasta la fecha de esta publicación, puestas todas en riguroso orden alfabético, e insertándose además, íntegra y textualmente, todas las disposiciones y circulares indicadas, así como otras a que estas se refierenImprenta y Litografía Corchero núm. 2, 1894 - 329 páginas |
Términos y frases comunes
1º de Julio 21 de Febrero 22 de Noviembre 31 de Octubre administración principal Agen Agencia Agente de Fomento agentes de minería apéndice arts ción Circular núm Circunscripcion Colonizacion é Industria comunico á vd concesionarios concesiones mineras conforme contrato copias cretaría criadero deben Distrito Federal dueño del suelo estampi estampillas expedida explotacion explotado sin previa extracto fecha fije frac fracciones glamento hectara honorarios hubiere Idem impuesto anual impuesto federal art informe interesados Junio Libertad y Constitucion mento México minas ó placeres minerales mojoneras nera nombre Noviembre de 1892 número de pertenencias Octubre de 1892 oposición pago del impuesto perito permiso plano plazo plente podrán Porfirio Diaz presente propiedad minera Propietario ramo de minería reducción Reglamento art República Mexicana Residencia respectivo Secretaría de Fo Secretaría de Fomento Secretaría de Hacienda solicitante solicitud de concesión Suplente sustancia tabla de avisos tículo título de propiedad toma de razon trámites transitorio verse
Pasajes populares
Página 169 - El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "PORFIRIO DÍAZ, Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed...
Página 312 - El Descubridor de Veta nueva en Cerro conocido, y en otras partes trabajado, podrá tener en ella dos pertenencias seguidas, ó interrumpidas...
Página 217 - Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed: "Que el Congreso de la "Unión ha tenido á bien decretar lo siguiente: "El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta: "Artículo único.
Página 173 - Compañía y del que el mismo juez designe, en representación de los legítimos dueños de las propiedades en cuestión. La cantidad que definitivamente se fije, será depositada conforme á las prescripciones legales para entregarla á quien corresponda.
Página 311 - Escrito proveído para su debido resguardo, y se fijarán Carteles en las puertas de la Iglesia, Casas Reales y otros lugares públicos de la Población para la debida inteligencia.
Página 323 - Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. "Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, á dos de Junio de mil ochocientos noventa y siete.
Página 267 - El que, sin causa legítima rehusare prestar un servicio de interés público á que la ley le obligue, ó desobedeciere un mandato legítimo de la autoridad pública ó de un agente de ésta, sea cual fuere su categoría, será castigado con arresto mayor y multa de 10 á 100 pesos, excepto en los casos de que hablan las fracciones primera, segunda y tercera del art.
Página 221 - Cuando el propietario de una mina la enajene, dará el aviso respectivo para la anotación en el Registro; y en la escritura de venta que se otorgue se pondrán las estampillas que correspondan según la ley del Timbre. Art. 8° En el caso de que á alguna persona ó Compañía no convenga continuar la explotación de la mina ó minas que posea, dará aviso por escrito á la oficina de Hacienda respectiva para que se le liquide el impuesto hasta la fecha del aviso y se haga la anotación respectiva...
Página 227 - ... expresarán la fecha de su respectiva concesión y si han incorporado dentro del perímetro de la zona, pertenencias mineras distintas de las que el contrato les concede. Art. 15. La Secretaría de Hacienda, con vista de la manifestación que se le...
Página 184 - ... todas las medidas que dictará el Reglamento de esta ley, respecto de policía y seguridad de las mismas explotaciones; pero cumpliendo con esas reglas, los dueños gozarán, por otra parte, de completa libertad de acción industrial, para trabajar de la manera que mejor les convenga, activando, retardando ó suspendiendo por más ó menos tiempo sus labores; empleando en ellas el número de operarios que quieran y...