Imágenes de páginas
PDF
EPUB

se llevará; pero suplico á v. m. que no tarde el socorro, pues no dejan de llevarse en otras partes. Nuestro Señor guarde y acreciente la muy ilustre persona de v. m. De Setubal 23 de julio 1580.-Besa las manos á v. m. su mayor servidor.-J. de Albornoz.

[ocr errors]

Sobre. Al muy ilustre señor Gabriel de Zayas, mi sẹñor, secretario y del Consejo de Estado de S. M.

Copia de minuta de respuesta al duque de Alba. De Badajoz á 24 de julio de 1580.

Sobre lo de D. Pedro Gonzalez de Mendoza.

(Archivo general de Simancas.-Negociado de mar y tierra, legajo núm. 94.)

AL DUQUE DE Alba,

EL REY.

Duque primo, etc. La carta que á 20 del presente me escribistes de vuestra mano recebí, y fué muy bien que me avisásedes tan particularmente como lo haceis en ella de las cosas del ejército y de los desórdenes que se iban cometiendo entre la gente y capitanes dél, al remedio de las cuales sé yo que acudiréis con el cuidado que acostumbrais, y parésceme ques necesario ponerle con demostracion luego al exceso de D. Pedro Gonzalez de Mendoza por las causas que apuntais, y que no se haga por vuestra mano, por quitarle la ocasion que ternía de quejarse por lo que decís, y así me ha parescido que ordeneis que al dicho don Pedro Gonzalez se le tome su confesion cometiéndola al al

calde Pareja ó al abditor Villanueva, al que dellos os paresciere, advirtiéndole para ello de lo que os ocurriere y viéredes que converná lo estén, y con lo que resultare della, podreis luego ordenar de mi parte al dicho D. Pedro, debajo de la pena que os paresciere, que salga dese ejército, y dentro del tiempo que le señalásedes vaya preso á la fortaleza de Azuaga con órden

Que esté y resida en ella sin salir fuera ni ausentarse en sus piés ni en ajenos sin expresa licencia y mandado mio, y que luego que llegue á la dicha fortaleza, envíe testimonio de como queda en ella, cumpliendo lo que se le ha mandado, al Consejo de Guerra, y vos ordenareis que el alcalde que le tomare la confesion haga la demás informacion y averiguacion que conviniere cerca de sus excesos, y juntamente con su confesion me la enviareis para que yo la mande ver y proveer en el caso lo que mas convenga, y entre tanto que yo proveo la persona que ha de tener á cargo la gente del tercio de Nápoles que traia al suyo el dicho D. Pedro, la encomendareis vos á la que de las que hay en ese ejército os pareciere que sea de la satisfaccion y aprobacion que se requiere, que brevemente procuraré enviar persona á cuyo cargo esté, de que os mandare avisar luego.

En lo que decís que el castigo que pensábades hacer en el capitan y alférez que teneis presos por lo del escritorio que se halló en su poder, caso que ellos han declarado que lo tenian por órden del dicho D. Pedro Gonzalez, y él aunque no confiesa que se lo mandó, dice que lo vió lo vió y se lo permitió, le moderareis con privarlos de cargo en la guerra, y desterrarlos á servirnos diez años en las galeras sin sueldo, porque despues yo podré perdonallos cuando fuere servido, pues con el dicho D. Pedro se ha de hacer lo

que está dicho, parésceme bien que la pena del dicho capitan y alférez se modere como decís, y si os paresciere que es bien que entiendan que si apelaren de la sentencia para el Consejo de Guerra se les ha de otorgar la apelacion, hacerloheis como os paresciere mas conveniente que yo os lo remito.

S. M.a de su mano.

Creo ques mejor ejecutar luego lo que decís en esto, pues si despues conviene moderarlo, será mejor por via de gracia mia que no por sentencia.

Lo que advertís cerca de mi ida á Elvas, me ha parccido muy bien, y yo voy tratando de que se haga con la brevedad que hobiere lugar, y no hay dubda sino que conviene así, y que como decís Nuestro Señor va encaminando las cosas como mas conviene á su servicio, á quien yo las he encomendado y hecho siempre encomienda muy de veras como es justo, y así espero de su mano todo el buen subceso de esc ejército y en la (1) como en lo demás, y vos tened siempre el cuidado y recato que veis conviene de que la gente no haga exceso y se guarde lo mas que sea posible de donde haya tocado enfermedad, y que lo que ordenáredes para la guardia y ejecucion desto y de todo lo que mas conviniere se cumpla y ejecute con gran diligencia como yo lo confio, y vos lo habeis siempre acostumbrado. De Badajoz á 24 de julio de 1580 años.

S. M. de su mano.

Por andar yo todadía flaco, esso (sic) á Delgado que

(1) Hay una palabra que no se puede leer.

yo acierte mejor á servir; en esta satisfaré á todos los cabos de las dichas cartas.

Guarde Dios á v. m. por muchos años por la merced que hizo hacer al correo, que tambien espero será v. m. parte para que se haga á los de á pié algun dia.

Yo hice luego buscar á Bartolomé Flores, y tiene su casa cerrada y su ropa ausente de aquí; hice buscar en la cámara si tenian algun sello, no hallé ninguno, pero hallé algunas cartas escritas por los gobernadores á los desta villa, una de las cuales envío con esta, y del tamaño del sello hice abrir uno, que envío aquí á v. m., y mañana en la tarde dice este oficial que me dará otro mayor para patentes del tamaño qne v. m. suele usar; quisiera harto haber podido hacer mas diligencia para servir á v. m.

En lo que toca al haberse perdonado Mendo Mota, alcaide de la fortaleza de Auton, tuvieron culpa los que capitularon en ofrescer sin consulta; dicen que Prospero fué el que lo hizo ántes que D. Francés lo entendiese, y el duque no quiso dejar de ratificar lo que se le habia prometido con harto dolor suyo, porque estaba resuelto de hacerle degollar á él y á todos los que estaban dentro. La batería no se le habia puesto, solas dos piezas se pusieron para desviar los tres galeones, y él tenia razor de estar duro, porque yo aseguro á v. m. que no hay hombre en el mundo que piense que sea posible poderle poner la batería por la parte de tierra, y cuando le ví, me admiré mucho de la relacion que oía hacer á algunos de la torre de Setubal; es verdad que con mosquetes le pueden desde las montañuelas tirar á las defensas; pero no para que se piense poderle poner batería, ello está muy bien hecho, y si no es por el ejemplo importa poco, y los que murmuran que no se hace justicia de los portugueses, y que se convierte todo en los castellanos, á

la materia y á lo que ella misma mostrare que conviene á mi servicio, y me avisaréis de lo que pasare con vuestro parescer. De Badajoz á 5 de agosto 1580.

De mano de S. M.

Lo de la ciudad es lo que importa, en lo demás vos vereis lo que convendrá, y me avisareis lo que os parecerá.-Yo el rey.-Zayas.

Copia de minuta de carta del rey al duque de Alba. De Badajoz á 5 de agosto de 1580.

Toma de Cascaes -- Aprueba la ejecucion de D. Diego de Meneses y otros-D. Alonso de Leiva-D. Antonio de Castro-D. Cristóbal de Mora-Rendicion de la villa de Cintra y otras --Edictos de los goberuadores de Portugal-El arzobispo de Lisboa — Sumision de los hijos de D. Francisco Pereira― Muerte del capitan Gaspar Gomez.

(Archivo general de Simancas.—Estado, legajo núm. 425.)

Al duque de Alba.-El alférez Castro llegó aquí ayer á las once de la mañana, y por su relacion y principalmente por vuestra carta de primero del presente entendí de la ma-. nera que se tomó la villa y castillo de Cascaes y la justicia que habíades acordado se hiciese de D. Diego de Meneses, y del alcaide y otros tres ó cuatro soldados y echar los demás á galeras, que por los respectos que me representais fué lo que convenia á mi servicio y auctoridad del negocio que teneis entre manos, y ejemplo muy á propósito para que los de Sanct Jean hagan lo que deben, siquiera por temor del castigo, y comienzo ya á esperar aviso dello, y tan buen TOMO XXXV

5

« AnteriorContinuar »