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D. Juan Angel Michelena.- El Then. de Fraga D. Candido Lasala. El de Id. D." José Posadas. El de Id. D." José de Cordova-El Alferez de Navio D." Benito Correa --- El de Id. D." Manuel de la Iglesia. El de Id. D." Joaquin Toledo El de Id. D." José Miranda. El de Fragra. D. Federico Lacos. Agreg.dos muchos capitanes mercantes.

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Contemplo q asi de estos beneméritos Indiv., como de todos los demas q. no tengo presentes, en cuio num.o comprehendo á los generosos patriotas, Sarg., Cavos, Soldados, Marineros, y Tambores q. concurrieron á esta empresa debiera hazerse mension p.a exemplo y satisfaccion de la posteridad, q. se complaceria en saber quienes fueron los valerosos que libertaron del yugo britanico á la Capital, y decidieron de la suerte de esta America Meridional amante de su Religion de su Rey y de su Govierno. Devo expresar tambien en honor de la verdad, q. la misma Capital de Buenos Ayres es benemerita de su reconquista, porq. aquella tasitúrnidad y gral. disgusto con q. manifestava á los Enemigos su estado de videncia durante aquella aborrecida dominacion: los sacrificios de dinero q. hizo para preparar los medios de su libertad arrostrando grandisimos peligros: el haber preparado de hecho considerables fuerzas p." sacudir el yugo á la faz de los mismos enemigos; y el manifestar ultimam.te sin embozo este mismo deseo quando ya se sabia publicam.te q. nuestra Expedicion se hallaba dispuesta, no deja lugar á la menor duda sobre este Punto. Es un connato q. se manifiesta con la maior evidencia, por el desgraciado suceso del campo de Perdriel, siendo evidente por otra parte qe si todos los habitantes de la Capital, y de esta banda no hubiesen estado dispuestos á nuestro favor, hubiera sido imposible tal empresa.

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No obstante debemos expresar en honor de la justicia q. el prest de la accion corresponde á la Plaza de Montevideo. Esta hallandose bloqueada se desprendió de la mejor parte de su guarnicion p. ocurrir á tan importante empresa, y si fuera permitido sus habitantes en masa la hubieran abandonado por socorrerá su amada Capital. La alegria con que en el rigor

del Imbierno un pequeño Exto. compuesto de Soldados y de Vecinos sufrió la rigidez de los temporales y de la intemperie, á pie desde las Conchas y sin Tiendas ni bagage en todo su transito: el haber despreciado generosam. los inmensos obstaculos y peligros q. fue presiso superar en toda la marcha y el haber sido este Exto. el q. comenzó y concluió todas las acciones de Armas hasta la rendision de la guarnicion Inglesa, ¿quien puede dudar de la pertenencia á Montevideo de esta corona civica? Una nacion forma un Exto.: esta se compone de compatriotas: es pagado y sostenido por todo el Estado y con todo es el Gral. y las Tropas se ciñen los laureles adquiridos, por q. la vida es personalisima de cada Indiv.", y el maior sacrificio q. puede tributarse á la honrra. La Capital es bastante generosa p. no ofenderse de esta asercion: uno y otro Pueblo estan unidos por los mas estrechos vinculos de amor y patriotismo, y en correspondencia acaba de quitar las cadenas de aquellos mismos brazos que fueron sus libertadores.

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En una accion vivisima dada por pocas Tropas es presiso q. todas se distingan y peligren sin dejar lugar á preferencias. La suerte de los Puestos influie sin embargo en q. los hombres corran mas 6 menos riesgo, vajo cuio supuesto diré q." los Migueletes, y Volunt. de Mont., las Milicias de la Colonia, y la Marineria merecen particular alabanza por su brabura y comportacion Militar q. les han grangeado el renombre de expertos y valerosos.

D." Rafael de Buferull, D." José Grau, D." Juan Valvin Vallejo, sus Subalternos, D." Benito Echain y D." Pedro Garcia, son dignos de todo elogio, D." Joaquin dé Chopitea y sus Ofiz." rompieron la marcha á la Vanguardia y el Presbitero D." Damaso de Larrañaga sacerdote virtuoso, sabio y distinguido, se halló siempre en medio de los maiores riesgos movido de su piadoso celo y de su decidido patriotismo. D." Pasqual Diaz Tenorio Oficial de esta Aduana Amanuense del S.or Gral, hizo considerabilisimos servicios á todo el Exto.

No me parece regular detenerme a expresar circunstancias de la Tropa Veterana. Es nuestro oficio el de la Guerra, y

pudiera ademas censurarseme de Apasionado: pero como informo con tanta posterioridad al hecho, no puedo omitir en honor de mi Cuerpo, q. en la brillante defensa de esta Plaza de Mont. murió gloriosam.te el Then.te D." Manuel Pérez Castellano, fué herido de gravedad el Cap." D." Agustin Arenas, D. Mariano de Larrazabal, y quedó acribillado de pies á cabeza el de igual clase D." Ambrosio de Pinedo, cuias heridas hicieron prodigiosa hasta su cura; murieron ciento cinco Drag. saliendo heridos cerca de otros tantos, componiendose el Cuerpo de menos de trescientos, y dejando su sangre bien bengada con la mucha que le costó al Enemigo.

Es quanto me ocurre que Certificar, y el mismo Cap." D." Ambrosio de Pinedo subscribe con migo. Mon.to 23 de Junio de 1808.-JOSEF DE ESPINA.AMBROSIO DE PINEDO.- Nota: Respecto de haber sido mi Cuerpo el que elixió el Comt. Gral. p. su reserva en el Ataque gral. de la Plaza, y habiendose mantenido siempre á la Cabeza de él, hasta haber tomado posesion de la Fortaleza, y dispuesto de los prisioneros, me ha parecido conducente agregar, como agrego, el comprobante de la adjunta Certificacion. - ESPINA (1).

(1) El certificado aludido, muy honroso para Espina, no agrega nada nuevo al relato de éste.

N.O

DESPACHO DE GRACIAS Y TÍTULOS

Á FAVOR DE ESTA CIUDAD, CONCEDIDOS POR S. M. EN PREMIO DE LOS SERVICIOS QUE CONTRAJO EN LA RECONQUISTA DE LA CAPITAL.

(L. C. de Montevideo)

Don Carlos, por la Grácia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalem, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valéncia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Múrcia, de Jaen, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canárias, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra Firme del Mar Occeano; Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y de Milan; Conde de Apsburg, de Flandes, Tyrol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina &a.

Por quanto atendiendo á las circunstancias que concurren en el Cavildo y Ayuntamiento de la Ciudad de San Felipe y Santiago de Montevideo, y á la constancia y amor que ha acreditado á mi Real Servicio en la reconquista de Buenos Aires, he venido por mi Real Decreto de doce del presente mes de Abril en concederle titulo de muy fiel y Reconquistodora: facultad para que use' de la distincion de Maceros: y que al Escudo de sus Armas, pueda añadir las banderas Inglesas abatidas que apresó en dicha reconquista con una corona de olivo sobre el cerro, atrabesada con otra de mis Reales Armas, Palma y Espada.

Por tanto mando que de aquí en adelante la referida ciudad de Montevideo pueda llamarse y nombrarse y se intitule y nombre, muy fiel y Reconquistadora, poniendose asi en todas las cartas, Provisiones, privilegios que se le expidieren, y con

cedieren por mi, y por los Reyes mis Subcesores, y en todas las Escrituras, y Instrumentos que pasaren ante los Escribanos Puvlicos de la misma ciudad y su distrito, y le concedo la facultad de que use de la distincion de Maceros, y que al Escudo de sus Armas pueda añadir las Banderas Inglesas abatidas con todo lo demas que va expresado en el referido mi Real Decreto.

Y por esta mi carta ó su traslado signado de Escribano Puvlico, ruego y encargo al Serenisimo Principe de Asturias Dn. Fernando, mi muy caro y amado hijo, y mando á los Infantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Ricos Hombres, Priores, de las Ordenes, Comendadores y Subcomendadores, á mis consejos, Presidentes y Oydores de mis Reales Audiencias, asi de estos Reynos como de los de Indias, á los Governadores, Corregidores, Contadores mayores de cuentas, aotros qualesquier Juezes de mi casa, y corte y chancillerias, á los Alcaydes de los castillos, casas fuertes y llanas, á todos los consejos, alcaldes, Alguasiles, Merinos (1) Caballeros, Escuderos, oficiales y hombres buenos de las ciudades, villas y Lugares. de todos mis Reynos y Señorios, y á los demas de mis vasallos, de qualquiera estado, condicion, preeminencias ó dignidad que ahora son, 6 fueren de aqui en adelante, guarden y hagan guardar las expresadas mercedes á la referida ciudad de San Felipe y Santiago de Montevideo, sin. contravenir, ni permitir se contrabenga á ellas en cosa alguna. Y de este Despacho se tomará razon en las contadurias generales de valores y distribucion de mi Real Hacienda, y de mi consejo de las Indias dentro de dos meses de su Data expresandose por la primera quedar satisfecho 6 asegurado lo correspondiente al dro. de la Media Annata por estas gracias, lo que no efectuandose asi quedaran nulas, de ningun valor ni efecto.

Dado en Aranjuez á veinte y quatro de Abril de mil ochocientos y siete.-YO EL REY.-Yo DN. VICENTE COLLAR &a.

(1) Jueces nombrados por el Rey con jurisdicción amplia.

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