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,,seruidos de ferlo. A las otras cosas que nos feyles saber ,,en vuestra carta, en que es feyta mencion de las paces ,,que eran entre Nos et vos, sabe Dios, qui está en meo de ,,Nos et de vos et vee tota la verdad, que siempre aquellas ,,paces, las cuales entre nos y vos son firmadas con jura ,,et homenatge, vos habemos complidament tenidas, assi por ,,buena amor como por posturas. E si alguna cosa vos fe.,ziestes saber, siempre en aquella compliemos lo que cum,,plir haviamos et eramos tenidos." A la misma época corresponde la notable respuesta que dió á los unidos de Valencia D. Pedro de Exerica, debiendo notarse que los jurados de aquella ciudad se le habian dirigido en lenguage lemosin, contestándoles él entre otras cosas, segun nos lo ha dado á conocer por vez primera el erudito Sr. Quinto, lo siguiente:,,A la qual letra bien entendida vos respondo ,,que me semexa que es bueno que requirades al Sr. Rey e ,,supliquedes que vos serve fueros, e privilegios, e liberta,,des, e buenos usos, e que si alguna cosa ha feitto contra ,,aquellos, que lo quiera tornar á estamento devido, assi ,,como aquestas cosas se deven demandar e requerir á Señor ,,mas no por manera de union." Más castellana es todavia la respuesta que en 1385 dió á los Jurados de Zaragoza el rey Juan I y que ya ha citado antes que nosotros otro laborioso escritor para combatir la idea del marques de Mondejar de que el castellano fué importado en Aragon por Fernando I: Omes buenos, bien creemos que habedes sopido como en el ,,principado de Cataluña no hay aquella abundancia de pan ,,que seria menester."

Retrocediendo ahora al punto de donde nos han separado as crónicas de Jaime I y Pedro IV, y sin disimular, como

imparciales, las no muy graves alteraciones que de copia en copia han podido pulir y mejorar el fuero de Sobrarbe, emprenderemos de nuevo la documentacion castellana de Aragon, y á ese fin trasladaremos, de entre los muchos y muy curiosos documentos que hemos estudiado en el copioso archivo (33) de la Academia de la Historia, el siguiente que es de los partidos por el A B C y corresponde al año 1178. «Notum sit omnibus hominibus tam presentibus quam futuris ,,quod ego frai Pedro dno á Garcia de Lecadin una peza ,,per cambi, en 1. (tèrmino?) Moiana de sobre el prado, per ,,aquella que auie Garcia en Poio arredondo, et abet fron,,laciones ex parte horente la petza de Bernart fornero, ex „parte achilone la peza D'Urraca Alaues, ex parte meri– ,,diane la zezia, ex parte hoccidente la peza de Ramon de Ponzan: todas istas frontaciones includunt istam pezam." Si no se concede que esto sea español, con el dejo latino imprescindible en aquella época y sobre todo en aquellos documentos, ha de confesarse que de esa mezcla estaba próximo á nacer el idioma de Castilla; que estaba ya rompiendo la envoltura de esa crisálida latina el romance vulgar que hoy conocemos.

Aun no corrido medio siglo, vemos otra escritura, perteneciente como la anterior á la Biblioteca de Salazar, en la cual el idioma aparece mucho mas formado.,,Esta es carta ,,de destin que fago yo D. Sancha de Rueda estando en mi ,,seso e en mi memoria. Primeramientre lexo por mi alma el ,mi orto, quen sea tenuda lampada de noit e a las horas ,,deuant el altar de Sancta Maria de Piluet por todos tiem

(33) Hállase perfectamente servido por el ilustrado paleógrafo y filólogo D. Manuel Goicoechea.

pos.... quen sean cantadas todos los años XXX misas por ,,mi alma, e todo esto lexo-lo en poder de mi fillo D. Mar,,tin, que él que lo cumpla en sos dias, e depues sos dias ,,que lo lexe á qui el querra que sea del linnage e que cum,,pala esto... e lexo á mi filla D. Toda e á D. Garcia so ma,,rido el campo de la carrera de Tudela en paga de XVI ,,cafices de trigo que me emprestaron, e lo al que finen quiten ,,mis debdas e partanlo mis fillos. Esto fue feito en presen,,sencia de D.* Sancha Tarin e de D. Steuan el capellan e ,de otros buenos ommes, e fueron cabezaleros D. Johan de ,,la Tienda é D. Fortuino Navarro."

Despues de este bien trabajado documento, fechado en 1225, encontramos otro muy poco mas moderno, que si no nos permitimos incluir en el cuerpo de este discurso, por parecernos en sus dimensiones desproporcionado á nuestro objeto, tampoco no queremos omitirlo, porque muéstra bien el progreso lento del idioma y aun ofrece algun interés en su contenido (34): pertenece tambien este documento á la

(34) Sepan todos los ommes que agora son e los que an de uenir que auian grand contienda entre los monges de Berola é los ommes de Transmonz sobre el término de Beruela e de Trasmonz. Ond los monges de Berola sobre esta contienda e sobre grandes fuerzas que les fazien ommes de Trasmonz no lo podieron sofrir é ouieron se arrencarar al senor Rey, e el sennor Rey quando ovo oido la rancura de los monges, mandó á D. Pedro Gornel so mayordomo e á D. Pedro Perez so justicia que uiniesen ambos á Veruela e que uidiesen sobre que eran estas rencuras que auian los monges de los ommes de Strasmoz, e oidas todas las razones de cada unos, que diessen á cadá uno sos drettos. Et D. Pedro Cornel & la justicia D. Pedro Perez binieron por mandamiento del Rey en Beruela e ellos por amor que mas dretturerament podiessen est pleyto determinar, embiaron por el Bispe é pos ommes buenos de Tarazona, scilicet por D. J. Perez justicia de Tarazona que tiene el castillo é la uilla de Trasmouz e por D. Xemen Perez de Tarazona e por D. Martin Perez so ermano e por D. Rodrigo ermano de la justicia e por otros ommes buenos. E fueron de los monges en aquel logar presentes, scilicet el prior de Beruela D. Ferrando de Tarazona é el cellerer maior D. Guillem Dengans é D. J. Maza e D. Sanz de Tudela monges de Berola e D. Fr. Sanz de Campan. E de los vecinos de Trasmonz fueron D. Martin de Trasmonz

Academia de la Historia y procede de un Cartoral del Monasterio de Beruela, ó sea «Libro clamado la Privilegia donde estan insertos y continuados los privilegios papales y reales y otros actos y scripturas fazientes por el monesterio y conuento de ntra. senyora de Beruela.”

Nuestras investigaciones sobre las bibliotecas y archivos de la capital de Aragon nos han manifestado sensiblemente la poca importancia, en general, de estos depósitos de nuestras antigüedades. Y, en efecto: la Biblioteca de la Universidad no contiene riqueza alguna á nuestro objeto ni otro ms. de verdadero valor literario sino un Cancionero lemosin con solo seis poesias castellanas de Pedro Torrella y algun otro, y aun esas por lo modernas (siglo XV) caualero e D. Lop el capellan, de los lauradores D. Mateu D. Eneco Nanairs e D. Blasco Morana. E de los moros Mahomat Lombacho é Zabéyt de la Puerta e muytos otros siquiere de los monges de Berola si quiere de los ommes de Trasmonz E todos ensemble plegados, D. Pedro Cornel e D. Pedro Perez la justicia demandaron á los monges de Berola e à los ommes de Trasmonz á la una e á la otra parte si auian cartas algunas ó algunos instrumentos de desterminamiento de questos términos. En esto respondieron los monges é los ommes de Trasmoz e dixieron que non, e assi lo trobaron en pesquisa por uerdat que i los ommes de Trasmonz ni los monges no tenian recapdo nenguno de desterminamiento. Ond D. Pedro Cornel é la justicia D. Pedro Perez odiendo esto e trobandolo en berdat que ni los monges ni los ommes de Trasmonz no tenian recapdo nenguno ouieron so consello con el Bispe D. Garcia Frontin e con los otros buenos ommes que de susso son escriptos; e andando los términos todos en semble e uidiendo daron por termino á Bera del camino que va de Beruela à Tarazona enta juso todo. Et del camino que es dito enta suso daron por término á Trasmonz. Salvas las heredades que a y Beruela. Et asi desterminados los términos de Bera e de Trasmonz daron sos dreytos á cada uno plaziendo al sennor Rey. Esto todo acabado, demandaron de cabo D. Pedro Cornel é D. Pedro Perez la justicia en presencia de todos los que de suso son nomnados demandaron é pesquisieron si auieu nengun desterminamiento nuncha feyto entre Beruela e Trasmonz e trobaron que si, e ellos demandaron en uerdat que qui lo sauie esto; e fue aduyto un omme de Trasmonz por nomne D. Eñego Nauarro que auia bien C annos en testimonio é dixo que él era estado en desterminamiento de Beruela e de Trasmonz, e mandaronle de parte del Rey e coniuraron lo sobre perigle de so alma que el que dixiere verdat. E respuso el e dixo: «jo digo à Dios uerdat e á los que aqui sodes por mandamiento del Rey mi sennor que io fu en determinamiento de Beruela e de Trasmonz. E pudiemosnos á desterminar suso en el cerro sobre la estancha de D. Matheu alli ose parte el término de Tras

inútiles á nuestro objeto, cuyo Cancionero han descrito imperfecta y no muy fielmente los anotadores de Ticknor: la del Seminario sacerdotal, cerrada al público y á los curiosos, no conserva al parecer ni aun el códice que poseyó de los fueros de Sobrarbe: el archivo de la Diputacion, que contuvo raras curiosidades, no guarda papeles anteriores al siglo XV en lo que permitia ser examinado cuando nosotros lo intentamos: el de la Catedral de la Seo tiene muy poco de accesible y aun menos de cono cido.

Pero en el del Pilar, perfectamente organizado y registrado, sobre estar servido con aptitud y cortesia por el Sr. D. Diego Chinestra, despues de haber visto con gusto algunas de sus numerosas escrituras en pergamino, y con

monz e de Leytago e uiniemos por el cerro á suso e alli quomo aguas vier ten enta Trasmonz diemos á Transmonz por término. E alli quemo aquas vierten enta Berola diemos á Beruela por término é acha juso al fondon diemos todo el cabezo de Otunna á Berola.» Et quando esto ouieron oido, D. Pedro Cornel e D. Pedro Perez la justicia mandaron por partes del Rey que assi quomo hauian trobado en pesquisa e en uerdat que assi fuese_tenudo por siempre entre el desterminamiento de Beruela e de Trasmonz. Esto todo aposado quomo de suso es escripto a plazimi ento de ambas las partidas, mandaron de mas D. Pedro Cornel e D. Pedro Perez la justicia con consello del Bispe e de todos los otros bonos ommes que en el logar eran que si bestiar ó ganado de los monges entrase en el regadio del término de los de Trasmonz, que los omes de Trasmonz podiessen pendrar á los monges por so calonia assí quomo es fuero de tierra á los ommes de Trasmoz de este desterminamiento que fo feyto fueron pagados los unos y los otros ambas las partidas. E fueron de estos desterminamientos testimonias en cuya presentia fueron feytos D. Garcia Frontin bispe de Tarazona e D. Blascho Perez é D Martin Perez e D. Garcia Ximenez fillo D. Xemen Perez canonicus e D. Guillen Abbat de Firto e D. Domingo Arzez prior del dito logar e D. Lop Cellarer de Fito. E de los caualleros e de los bonos ommes de Tarazona D. Juan Perez justicia de Tarazona e D. Xemen Perez D. Martin Perez so ermano e D. Rodrigo ermano de D. Juan Perez justicia de Tarazona. Esto fo feyto en el mes de Septembre pridie Kalendas Octobris era MCCLXXIII. Nos D. Jaime por la gracia de Deus Rey daragon e de mayorchas e de Valentia comte de Barzalona e de Urgel e sennor de Montpesler otorgamos la present carta e tenemosla por firme Signum X Jacobi Dei gratia Regis Arag et mayoricar. et Valencie commes Barch et Urgel et dux montisp.--Raymundus notarius publicus et juratus Tirason. præcepto domini regis scripsit per alfabetum divisit.

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