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de ojos, de los alcaçares, con albañiles alarifes que lo entienden, llevando conmigo otras diligencias que por cedula de V Mag. hizo semejantes a estas por el año de setenta y dos don Martin de Erasso, corregidor que a la sason era desta villa, de los aprecios nesesarios para el dho rreparo, con los cuales se fueron cotejando para lo de agora con ellos, que van puestos con ciertos autos y en las margenes acotado lo presente, y traslado del titulo de md y compreda que tienen el alcayde y sus tenientes. Y por ellas allara V. Mag. que en esta villa estan dos fortalezas que llaman los alcaçares; la una en lo alto della, y la otra en el promedio; que sus edificios son de silleria de piedra, y la de arriba tiene grandes cercas y torres terraplenadas, con sus fosos y castillos fuertes y casa rreal en el, de quatro cuartos doblados, con sus altos principales, y una sala que la llaman de los Reyes, á manera de galeria terraplenada. Las cuales cercas y torres de ambas fortalezas estan desbaratadas por partes y caydas por averse rrodado los sierres de............ y cada dia van á muncho menos si no se rreparan; y los cuartos de la dha casa tener gran nescesidad de algunos calçamentos y en madera.......... que los tiempos tienen podridos y sentidos; y los texados dellos a esta causa se les ve trasminarse; con los terrados descubiertos, que ansi mismo tienen sentimiento; y si algunos rreparos mas nescesarios non uvieran fecho los alcaydes y sus tenientes, de veinte años á esta parte, estuviera la casa irreparable; porque aunque se hicieron las dhas diligencias veinte años hace e enviaron a s. Mag., no parece que venga proveido de remedio, siendo como es a cargo de V Mag. el sustento e rreparo dellos, y con solo una rrenta de Cal y Barro, que solia pagarse el diezmo della para el rreparo destos alcaçares y arrendarse por de V Mag. en treinta y cuarenta y asta en setenta mil maravedis en cada uno año, se an gastado en esto y no en otra cossa; antes consta aver gastado e prestado los alcaydes de su hacienda en los dhos rreparos, y aver dado su quenta de todo sus tenientes en el consejo de contaduria de rrentas de V Mag. como estan obligados, de tres en tres años; asta que de diez a esta parte movieron pleito los caleros e barreros, defendiendose de no pagar este diezmo, y apelaron de las ordenes e mandamientos de apremio para ante la audiencia rreal de Granada, y los mandaron soltar y volver sus bienes; y desde entonces no se a cobrado mas desta rrenta; y por esta falta y no aver sido bastante esta rrenta para los dhos rreparos, tienen nescesidad los

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dhos alcaçares de munchos muy nescesarios, y los cuales van particularizados y rresumidos en la cantidad para que del todo quedassen adereçados; e afirman los alarifes ser nescesarios de quince a diez y seis mil ducados; y para los mas precisos y nescesarios de presente se rremediarian con cuatro mil ducados, los cuales declaran los testigos se podrian socorrer de la parte que a V Mag. pertenesce en esta villa de condenaciones de caballeros de contia que no salen a los alardes, y de las sobras de penas de camara; y que en el entretanto, se tomasen prestados de la rrenta que tienen los alcaçares rreales de Sevilla, por ser mas de doce mil ducados en cada uno año. Y por merced del emperardor nuestro señor encargo esta alcaydia al marques don Fadrique Enrriques de Ribera, S Mag. le hizo merced e venta della perpetua para su mayorazgo, con guardia y boz y boto en el cabildo, y primero asiento, y con armas; y es alcayde a el presente el marques de Villanueva del Rio, su hijo, mayordomo de el principe nuestro señor; y tiene de salario y rrenta en cada uno año doscientos y diez mil maravedis y dos mil fanegas de pan, de por mitad trigo y cevada, y setecientas cantaras de vino situadas sobre las alcabalas e tercias desta villa y su vicaria. Las obligaciones que tiene el dho alcayde son tener en guarda la dha alcazar, y quenta y razon de lo que por inventario se le entrego de artilleria y armas, y de dar de la dha rrenta que entra en su poder el diezmo de Cal y Barro para los dhos rreparos, y gastarlo en ellos, y nombrar teniente en su ausencia, hijodalgo, en quien concurran las calidades que se rrequieren, y que aviten y guarden en la dha tenencia; el cual a cumplido e cumple con todas sus obligaciones. Y por muerte de Andres de Isla, su teniente de alcaide, tiene al presente por su nombramiento de diez meses a esta parte a don Xristobal de Bordas Hinestrosa, caballero hijo-dalgo, que avita dicho alcazar y casas del. Que despues de esto a gastado mas de tres mill rreales en rreparos della y en los aposentos de las guardas y porteros de las puertas; y en virtud de ser teniente de alcayde, tiene primero asiento en el cabildo, con boz y boto, endonde en todas las ocasiones del regimiento de Su Mag. que se an ofrecido, a acudido a ellas con munchas ventajas, atrayendo a los mas botos a ello. Esta es la relacion de todo lo que V. Mag. a mandado que sea entendido destos alcaçares; y siendo V. Mag. servido, me parece que por ser tan antigua esta fortaleza y estar en el rriñon desta andaluzia, mandase

V. Mag. conservarla con los rreparos nescesarios de toda ella, que de otra manera vendria su mayor rruina sino se hiciese con brevedad; y en el entretanto, para que no sea muy mayor la costa de lo de adelanto, se podria ir rreparando lo mas nescesario dellas y de las casas con los cuatro mill ducados que declaran los alarifes, siendo la cantidad para todo lo nescesario de diez y seis mill ducados, los cuales en esta villa no parece aver al presente arbitrios de donde sacarlos por tener los del adelanto de los ocho millones, y pagas de tributos de gastos de guerra, y prestamo de tres mill ducados con que sirvio esta villa gratis a V. Mag., sino es de las condenas que estan caydas de gentes de caballeros contiosos que por no salir a los alardes estan condennados, y de los que cada seis meses se condennan, que al presente alzan mill ducados, poco mas o menos, en poder del rreceptor; y demas desto, de las condennas sobre el....... de camara que se fueren condenando en esta villa; y en el entretanto, prestase los cuatro mill ducados los alcaçares de Sevilla de la rrenta que tienen, para suplir la nescesidad que ay de que se agan los dhos rreparos mas nescesarios. V. Mag. vea esto lo que mas a su servicio conviniere. Dios guarde la catolica persona de V. Mag. De Carmona 3 de Septiembre 1592 años

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Esteban Nuñez de Valdivia

Pedro de Hoyos escribano del Cabildo.

Esta información fué remitida al Rey, pero cúpole la misma suerte que á la hecha por D. Martín de Eraso en 1572, esto es, que no dió resultado alguno, pues la cobranza de la renta de Cal y Barro siguió en suspenso y los alcázares arruinándose cada vez más. Es verdad que siendo tantos y tan importantes los negocios de Estado que por aquellos días estaban sobre el tapete, y tan graves las complicaciones exteriores, no es de extrañar el que las cosas sucedieran así: Felipe II necesitaba todo su tiempo para dedicarlo á la política y á la guerra, y no podía distraer la atención en asunto tan insignificante como el de las fortalezas de Carmona.

Apesar de la indiferencia del Rey, todavía los alcaides continuaron invirtiendo algunas sumas en el reparo de los edificios puestos á su cuidado, manteniéndolos en relativo buen estado de conservación. Sin embargo, como era natural, llegaron á cansarse, dejaron

de hacer obras y la ruina de los alcázares se vino á más andar. Cuando en 1609 volvió por segunda vez á Carmona el infante Muley Xeque, ya costó trabajo, y no poco, el proporcionarle decoroso alojamiento en el alcázar de Arriba, efecto de lo deterioradas que estaban las principales cámaras. Los desperfectos aumentaron más y más, y el mismo Felipe IV tuvo que hospedarse en la casa de uno de sus súbditos por no ofrecer suficientes garantías de seguridad la antigua residencia de sus mayores. Sobre la puerta principal de la casa en que paró el Rey se conserva todavía la siguiente inscripción:

EN 27 DE FEBRERO DE 1624 SE APOSENTO
EN ESTA CASA EL CATOLICO REI DON
FELIPE 4, CON EL INFANTE DON CARLOS
Y SV HERMANO Y CONDES DE OLIVARES
Y SANTESTEVAN, SIENDO DE ALO BERNAL
ESCAMILLA, REGIDOR DESTA VILLA.

Tenemos, pues, que la falta de la renta de Cal y Barro fué una de las causas que más directamente influyeron en la decadencia de los alcázares de Carmona, cuya total ruina acaeció por fin en el célebre terremoto de 1755.

Manuel Fernández López.

Inscripciones inéditas de Carmona.

Memoria leida ante la Sociedad Arqueológica el 23 de Noviembre de 1887.

Señores:

Todos vosotros recordaréis la visita hecha á esta ciudad en la primavera de 1887 por el reverendo padre D. Fidel Fita y Colomé. Durante su permanencia en Carmona, dicho señor visitó, en unión nuestra, los monumentos de la Necrópolis romana, presenció algunos trabajos de exploración practicados en la misma, viendo cómo están colocados los objetos en el interior de las tumbas y bustum, y nos ayudó á descifrar muchas de las inscripciones existentes en el Museo y en la Necrópolis.

De los trabajos realizados en colaboración con D. Fidel Fita dimos oportunamente cuenta á la Real Academia de la Historia. No obstante esto, creeríamos faltar á nuestro deber si no presentáramos á la Sociedad Arqueológica un breve resumen de los mismos en la presente Memoria.

La obra del Excmo. Sr. D. Juan de Dios de la Rada y Delgado, titulada Necrópolis romana de Carmona, y la Historia de esta ciudad, escrita por D. Manuel Fernández López, han demostrado la importancia de los monumentos arqueológicos que, ocultos en las entrañas de la tierra, van saliendo á luz uno tras otro, facilitando los datos necesarios para estudiar las costumbres y civilización de los tiempos an

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