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ma que admite nuestra Constitución (Arts. 93, inciso 1o, y 105, inciso 1o).

2o Centralización administrativa. Además de obedecer á la tradición, llena un triple objeto la centralización admininistrativa: asegura el cumplimiento de las leyes de interés general, cuya ejecución está confiada á las autoridades locales como órganos del gobierno central; mantiene á dichas autoridades en los límites de su competencia respectiva,, reprimiendo toda extralimitación de facultades; é impide que se hagan gastos injustificados y que se contraigan obligaciones onerosas en la administración de la ha cienda local, interviniendo, según el caso, el gobierno central o el Parlamento, como sucede en materia de empréstitos,

3! Uniformidad en la organización de las instituciones locales. Los departamentos y los municipios están sujetos respectivamente á un régimen idéntico. La ad de Paris y el depar

epción. En Lyon rige que las de compartir el

tamento del Sena constituyen la única ya el derecho común, sin más diferen maire con el Prefecto del departamento del Rodano la función de policía, y de dividirse la ciudad en seis, arrondissements, admistrados cada uno por dos adjuntos.

4 El personal administrativo local es de nombramiento.

· BIBLIOGRAFÍA.

Ramel. Commentaire de la loi sur l' organisation municipale. Paris. 1884. A. Rousseau.

Ducrocq. Cours de Droit administratif. 7 ed T. I. Paris. 1897. Fontemoing.

Berthélemy. Traité elementaire de Droit administratif. 2a ed. Paris. 1902. A. Rousseau.

Block. Dictionnaire de l'Administration française. 4 ed. 1898. Berger-Levrault et Cie.

CAPITULO XXVII

LA ADMINISTRACION LOCAL EN PRUSIA

El reino de Prusia se divide en doce provincias, subdivididas, en distritos, los cuales á su vez se subdividen en círculos, compues

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tos de bailías, las cuales están formadas por la agrupación de municipios rurales. Las ciudades que tengan 25,000 habitantes constituyen por sí propias círculos denominados urbanos.

I

LA PROVINCIA

El Presidente superior (Oberpræsident), alto funcionario nombrado por el rey, es el representante del gobierno central en la provincia.

120 La Dieta-provincial (Provinzial Landtag). Es una corporación administrativa formada por la reunión de los diputados de los grculos, que en los rurales designan sus dietas y en los urbanos un cuerpo electoral constituido bajo la presidencia del burgomaestre, por los miembros de la municipalidad ó Magistrat y el colegio de delegados municipales. Es elegible todo ciudadano en pleno gece de los derechos civiles y políticos, de 30 años de edad y domiciliado ó propietario territorial en la provincia con un año de anción. El cargo dura seis años.

La Dieta se reune dos veces al año, á lo menos, previa convocatoria del rey. Este puede disolverla, debiendo elegirse una nueva Dieta dentro de los tres meses y reunirse dentro de los seis siguientes al decreto de disolución. Las sesiones son públicas. LODieta elige sù presidente. Acuerda sobre los asuntos que interesen á la provincia, vota su presupuesto y establece reglas para el ingreso y la retribución de los funcionarios provinciales. El Presidente superior anula por orden del Ministro y en resolución fundada los acuerdos de la Dieta adoptados fuera de su competencia ó contrarios á las leyes del Estado. El Presidente superior tiene entrada en la Dieta. Esta nombra de su seno una Comisión permanente (Provinzialausschuss), que es deliberante y ejecutiva, representando á la Dieta durante el intervalo de sus sesiones. Sus miembros son elegidos por seis años, con renovación por mitad cada tres. Se reune cuantas veces lo exijan los intereses de la provincia. Despacha los asuntos corrientes, prepara ..el presupuesto y cuida de que se ejecuten los acuerdos de la Dieta. Esta última obligación toca especialmente al director de la provincia (Landesdirektor), designado por la Dieta con la aprobación del rey y que es miembro de la Comisión permanente.

3 El Consejo provincial. La mitad de sus miembros se compone de funcionarios y la otra de individuos elegidos por la Dieta. Es el cuerpo consultivo del Presidente superior y conoce de lo contencioso-administrativo.

II

EL DISTRITO (Bezirk)

Corresponde la administración del distrito á un presidente de Regencia (Regierungspræsident) nombrado por el rey y que depende en el orden jerárquico del Presidente superior. Desempeña sus atribuciones con la asistencia de varios funcionarios que formancon él la «< Regencia del Distrito» y de un consejo (Bezirksath) compuesto del presidente de la Regencia y de miembros designados por el Consejo provincial. No hay dieta electiva en el Distrito. Es una administración de forma colegiada ó corporativa. Comprende dos secciones: la de cultos y enseñanza y la de impuestos directos, dominio público y montes, bajo la autoridad del presidente de Regencia.

III

EL CÍRCULO (Kreis)

Hay los círculos rurales formados por la reunión de bailías ó grupos de municipios rurales y círculos urbanos, constituidos. con exclusión de todo elemento rural, por las ciudades que excedan de 25,000 habitantes.

I. El Círculo rural. 1 El Landrath (consejero de la región) lleva la representación del gobierno central. Es de nombramiento del rey, á propuesta de la Dieta del Círculo. Tiene á su cargo la administración general del Círculo. Preside la Dieta y la

Comisión permanente.

2o La Dieta del Circulo. (Kreistag). Se compone de 25 miembros en los círculos que tengan 25,000 habitantes ó una población menor. Cada fracción suplementaria de 5,000 almas hasta 10,000 y de 10,000 á más de 100,000 da derecho á un diputado. La elección tiene lugar en parte por sufragio directo y en parte por el indirecto. Hay tres categorías de electores: los grandes propietarios, los municipios rurales y las ciudades que

no constituyan círculos urbanos. Los de la primera categoría poseen el voto directo; todos son elegibles. Los municipios rurales disignan delegados cuyo número varía de 1 á 5 según la población hasta 3,000 habitantes. Si fuere mayor, el municipio tendrá un delegado más por cada 1,000 habitantes. El Consejo municipal elige los delegados entre los electores del municipio. La tercera categoría se compone de las municipalidades de las ciudades y de los delegados de los Consejos urbanos á razón de un elector por 250 habitantes.

Los miembros de la Dieta son elegidos para un período de seis años, con renovación por mitad cada tres.

La Dieta representa los intereses comunes del Círculo. Vota su presupuesto, establece reglas para la administración de los bienes del Círculo y acuerda acerca de los asuntos que le someta el gobierno central. Se reune al menos dos veces al año, previa convocatoria del Landrath. Elige de entre los habitantes del Círculo, mayores de 21 años y en el pleno goce de los derechos civiles y políticos, á seis llamados á formar la Comisión del Circulo, que desempeña, bajo la presidencia del Landrath, las funciones que en la provincia competen á la Comisión permanente y al Consejo provincial.

II. El Circulo urbano. Está representado por la Comisión de la ciudad (Stadtausschuss), la cual se compone del burgo-maestre ó de su suplente y de cuatro miembros designados por la municipalidad ó Magistrat con la misma duración de los cargos municipales. Tiene las atribuciones de la Comisión del Círculo rural.

IV

LA BAILÍA (Amtsbezirk)

No comprende las ciudades que forman parte del Círculo. A veces un municipio importante constituye una bailía. Por regla general, la bailía es un grupo de municipios rurales. No tiene Dieta sino una mera Comisión y un baile (Amtman), nombrado por el presidente superior de la provincia, á propuesta de la Dieta del Círculo. Es el representante del gobierno central en lo administrativo y en lo judicial, con amplias facultades en orden á la policía. La Comisión se compone de los representantes de los municipios. Interviene en los gastos de la administración de la

localidad y delibera acerca de los reglamentos de policía que convenga dictar.

V

EL MUNICIPIO

La reforma administrativa planteada en 1808 por el barón de Stein dió á los municipios urbanos amplias facultades. Hasta 1891 fué rudimentaria la organización de los municipios rurales. La ley de 7 de Julio del citado año completó la obra de descentralización iniciada y continuada en el siglo XIX con respecto á la provincia, al distrito y al círculo,

I. El Municipio urbano. Es una corporación con persona d'ad propia para el régimen y gobierno de los asuntos locales. La gestión de sus intereses corresponde al Consejo de la ciudad, elegido por sufragio directo y secreto. Es elector todo súbdito prusiano, de 24 años de edad, con la residencia de un año en la ciudad y contribuyente.

El Consejo de la ciudad elige el Magistrat, comisión ejecutiva compuesta de un burgomaestre y de varios consejeros, cuyo número es de 6 á 21. La elección del Magistrat requiere la aprobación del rey en las ciudades que tengan más de 10,000 habitantes y la de la autoridad provincial en las de población

menor.

El Magistrat, que preside el burgo-maestre, se divide en varias secciones ó comisiones interiores, teniendo cada una á su cargo uno de los servicios locales. La policía de seguridad es función que se desempeña en las pequeñas ciudades bajo la autoridad del Estado; y en las grandes por un funcionario real. El Estado se limita á vigilar la administración municipal y no reforma sus decisiones sino á instancia de parte ó en caso de infracción de ley.

El cargo de burgomaestre es, por regla general, retribuido. Es un cargo que constituye en cierto modo una carrera administrativa. Su duración es de doce años á lo menos. Sus funcio

nes son ejecutivas.

Un Consejo municipal compuesto de 101 miembros administra la ciudad de Berlin. Un burgomaestre, un suplente y veintidós consejeros forman el Magistrat.

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