Revista de la Universidad de Buenos Aires, Volumen6

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La Universidad, 1906
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 303 - La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aun sin petición de parte, cuando aparece de manifiesto en el acto o contrato...
Página 92 - Consejo, 6 fijase su residencia fuera de la República ó en algún punto de ella que haga imposible el desempeño del cargo, dejará de serlo sin necesidad de declaración alguna; debiendo el Decano dar cuenta de la vacante en la primera sesión. Art.
Página 317 - Decano durará tres años en su cargo, no pudiendo ser inmediatamente reelecto sino una sola vez. La elección se hará por simple mayoría de votos, en sesión especial del Consejo Directivo, convocado con quince días de anticipación.
Página 324 - TRANSITORIAS Art. 74. Los actuales Académicos titulares de las Facultades forman los Consejos Directivos establecidos en el art. 24. Art. 75. El período de seis años que se fija en el art 25, empezará á contarse desde la fecha de la primera renovación; y ésta se efectuará dentro de los treinta días de la fecha de la aprobación de estos Estatutos. Art. 76. A los efectos del artículo anterior, los Consejos de cada Facultad procederán á designar, por orden de antigüedad de los actuales...
Página 301 - Son nulos los actos jurídicos en que los agentes hubiesen procedido con simulación ó fraude presumidos por la ley, ó cuando fuese prohibido el objeto principal del acto, ó cuando no tuviese la forma exclusivamente ordenada por la ley, ó cuando dependiese para su validez de la forma instrumental, y fuesen nulos los respectivos instrumentos.
Página 314 - Facultades funcionarán en edificos adecuados donde tengan sus oficinas, aulas, laboratorios, gabinetes, bibliotecas y en los demás locales requeridos por las necesidades de la enseñanza. Art. 24. El gobierno de las Facultades estará á cargo de un Consejo Directivo y un Decano. Art. 25. El Consejo Directivo se compondrá...
Página 324 - En todas las reuniones á que se refieren estos Estatutos, para adoptar resoluciones válidas, es indispensable la asistencia de la mayoría de los miembros que deban tomar parte en ellas; y se entiende por mayoría, cualquier exceso sobre el número que exprese la mitad de los miembros de la corporación que deba funcionar. Art.
Página 301 - La nulidad de un acto es manifiesta, cuando la ley expresamente lo ha declarado nulo, ó le ha impuesto la pena de nulidad. Actos tales se reputan nulos aunque su nulidad no haya sido juzgada.
Página 323 - Son rentas de la Universidad: 1.° Las sumas que, anualmente, le asigne el Presupuesto general de la Nación; 2.° El producido de los derechos de inscripción, de exámenes y certificados. 3.° Los réditos de los bienes raíces y títulos de deuda que la Universidad posee ó adquiera en lo sucesivo.
Página 290 - En ondas de celeste melodía. Los astros al girar en el espacio Ardiendo de amoroso desvarío, Se enviaban en sus ósculos de fuego, De sus entrañas el caliente fluido; Y el hombre mudo Como el vacío, No entendía el lenguaje de las almas, Arropado en la sombra de sí mismo. Dios estaba inclinado...

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