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donde se proveyó e hizo la dicha merced es muy poca tierra, donde, conforme lo que dijo Juan Moreno Alguacil y medidor de esta ciudad, no hay dos solares y el dicho convento y sus mayordomos se fueron a cercar una loma más adelante de la dicha isleta, en que habrá menos de una cuadra en diferentes linderos que el título por su parte presentado consta, y porque el dicho convento está pobre y tiene muchas monjas y están todas ocupadas en servicio de Dios Nuestro Señor y en intercesión de este pueblo, es justo que no se les hága agravio; por tanto hicieron merced al dicho convento de que las dos cuadras de que por el título se les hizo, se entienda y cumpla en la tierra que hubiere desde la chamba de las tierras de Antón indio hasta la cerca y pared que al presente está fecha por parte del dicho convento y está medida y amojonada, la hayan y tengan en cumplimiento de la primera merced, con que el convento traya confirmación de este auto, de los señores Presidente y Oidores de esta Real Audiencia; y fecho, se librará título en forma, y esto con que no exceda la medida de lo que está cercado al presente, aunque sea menos de la merced del título público por ser ejido, y con esto se cumpla y entienda este auto, y ansí lo proveyeron el dicho Cabildo, Justicia y Regimiento a que se halló presente con los ya nombrados el Contador Francisco de Cáceres.

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Y para que haya claridad en lo que es esta tierra, manda que si trujeren la confirmación el Abadesa y monjas del dicho convento, de la Real Audiencia de esta ciudad, vaya el medidor de ella y la mida empezando desde la cerca y quebrada que divide la tierra de Lorenzo Puruay indio, donde al presente está el dicho indio hasta la cerca que agora nuevamente ha fecho el dicho convento, y desde el camino hasta el arroyo de abajo; y lo que hubiere en estos linderos más o menos de las dichas dos cuadras, se da a las dichas monjas para que sea suyo y se ponga esta declaración en el título que se les despachare.

Y con esto se acabó este Cabildo aunque se trataron algunas cosas tocantes al bien común, y de los ejidos, y se dejó para otro Cabildo y lo firmaron.

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Se nombra a Francisco Arcos Fiel Executor de la ciudad

Diciembre 3 – 1598

FOLIO 90

En la ciudad del Quito, a tres días del mes de Diciembre de mil y quinientos y noventa y ocho años, se juntaron a hacer Cabildo para tratar cosas tocantes al servicio de Dios Nuestro Señor, pro y aumento de esta República, el Doctor Pineda de Zurita Teniente de Corregidor y el Contador Francisco de Cáceres, Francisco de Arcos, Capitán Miguel Fernández de Sandoval y Melchor de Villegas Capitulares; y estando en la Sala del Ayuntamiento, se trató lo siguiente:

Pidió Melchor de Villegas que había cumplido con el mes de Alcalde diputado de esta República y que se diese

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al Capitular a quien venía; y habiéndose tratado sobre ello, pareció venir en orden a Francisco de Arcos, y así se nombró por tal fiel executor hasta en fin de este mes de Diciembre y se le entregó la vara y dió poder para su uso y ejercicio en forma.

Habiéndose visto una petición presentada por Francisco Flores Bastidas Procurador General de esta ciudad, en ra

zón de que se visiten los ejidos, se remitió la visita y proveimiento de ello para cuando el Señor Corregidor venga a esta ciudad. Y con esto se acabó este Cabildo y se cerró y lo firmaron. (1)

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En la ciudad del Quito, a siete días del mes de Diciembre de mil y quinientos y noventa y ocho años, se juntaron a Cabildo, según lo han de uso y costumbre, para

(1) El folio vuelto 91 se ha dejado en blanco en el original.

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