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de Arauco. Siendo V. M. servido de que en poblando á Calchaquí y conquistando los de Salta, que se hará todo en dos años, haga gente para entrar en esta tierra, lo haré, que á la fama de esta jornada, por el nombre que tiene de rica, se sacarán del Pirú trescientos ó cuatro cientos hombres, con los cuales y con los que de esta gobernacion sacaré, haré esta jornada, de la cual podria redundar grau servicio á Dios y á V. M, y se podria ir por tierra desde aqui al Estrecho, que, como digo, no hay mas de trescientas y cincuentas leguas desde Córdova; y sin que á V. M. le cueste un peso, me ofrezco á hacer esta jornada, siendo servido darme título de adelantado de ella, y la décima parte de los indios que se ganaren, y dos hábitos de Santiago, uno para mí y otro para mi hijo mayor; y espero en Dios que el buen suceso de esta jornada, será parte para que V. M. les dé á estos caballeros, y á mí me haga mayor merced Y porque el dicho Juan de Rivadeneira, que esta dará á V. M., tratará esto mas largo con V. M. como hombre de acá y que ha entendido. el buen nombre que tiene esta jornada, me remito á él solo, digo, que seria gran cosa que en los felices dias de V. M. se atravesase por tierra desde el Nuevo reyno de Granada hasta el Estrecho de Magallanes.

La gobernacion del Rio de la Plata, ha mucho tiempo está sin gobierno. Están por tenientes unos sobrinos del licenciado Torres de Vera, yerno del adelantado Juan Ortiz de Zárate, el cual está en la provincia de los Charcas, y con órden suya salió de la Asuncion un Alonso de Vera, con ciento y cincuenta mozos paraguayos, y entró en tierra desta gobarnacion y en indios que están encomendados en los vecinos de Nuestra Señora de Talavera, y pobló á ochenta leguas de la dicha ciudad, y se sirve de los dichos indios; y los interesados se fueron á quejar á la audiencia de la Plata, estando yo allí, y

aquella real audiencia me mandó que llegado yo á estas provincias, enviase persona á la parte y lugar que está poblado el dicho Alonso de Vera, y que constándole estaba en tierra conquistada y repartida en esta gobernacion, se les notificase saliese de ella y diesen razon porque estaban sirviéndose de indios que no eran suyos; y pasando por dicha ciudad de Nuestra Señora de Talavera, me informé mas por estenso: ha!lé que el dicho Alonso de Vera está poblado en términos de aquella ciudad, y envié un vecino de ella con un escribano á notificarle lo que arriba digo. Respondió que él estaba allí poblado en nombre de V. M. y que aquellos indios le servian de buena gana, y que no pensaba dejarlos hasta tanto que V. M. lo mandase, y que la audiencia de la Plata no tenia que ver con ellos, por las capitulaciones que V. M. hizo con el adelantado Juan Ortiz de Zárate, y el propio escribano que envié á hacer esta diligencia, envié á la Audiencia con su respuesta, para que vuestro presidente oidores lo determinen. De lo que sucediere daré aviso V. M. fué servido de hacerme merced mandar se me pagase mi salario en la caja de Potosí, y confiado en esto vine haciendo escritura por todo el camino para allí; y aunque presenté á los oficiales reales mi título, como V. M. lo manda, no me quisieron pagar, diciendo que no saben el cuanto, por no haberse pagado en aquella caja el salario de los gobernadores de estas provincias, ni sabian la cantidad; y para que les constase hice informacion ante vuestro presidente y oidores con ocho testigos y citacion del fiscal, en que todos declaran vieron llevar á Gonzalo de Abrego y al licenciado Hernando de Lerma, mi antecesor, cuatro mil pesos ensayados, los tres mil que ha muchos años que los gobernadores los tienen señalados por V. M. y los mil que don Francisco de Toledo acrecentó á Gonzalo de Abrego, visto que con

y

tres mil no se podia sustentar, por la carestia de la ropa, que, como es notorio se trae de Potosí y Chile, y vale una vara de paño treinta pesos, y de terciopelo otros treinta, y de raso quince, y tafetan seis, y de ruan cuatro, y una libra de jabon tres, y cuatro herraduras seis, y una mano de papel tres, y á este respecto las demas cosas. Resumiéronse en que sin segundo mandato de V. M. no lo pagarian. No pude cumplir con mis acreedores, por lo cual caí en falta con ellos. Envié las informaciones al virey: no me ha respondido á esto. En esta tierra no hay de que cobrar, ni yo puedo pagar mis deudas; y si mis antecesores han cobrado algo, ha sido de las haciendas de los suyos, por habérselas tomado por perdidas, y sabe Dios si lo han hecho con justicia, y aunque yo he condenado al licenciado Hernando de Lerma, en mas de ocho mil pesos, no se le conoce uno, y en la audiencia de la Plata negociaba por pobre, y estálo de manera que he menester buscar con que pagar las guardas que le han de llevar desde aquí á la audiencia. Humildemente suplico á V. M. se me envie sobre carta, para que los dichos oficiales de Potosí me paguen los dichos cuatro mil pesos, y yo pueda pagar mis deudas y vestirme; y para que á V. M. le conste de la verdad, envio con el dicho Fray Juan de Rivadeneyra otra informacion hecha ante el Cabildo de esta ciudad de como son cuatro mil pesos ensayados el salario que se acostumbra á pagar á los gobernadores de aquí, y así mismo la envio de como está en costumbre servirse, desde que se ganó esta tierra, los gobernadores de Soconcho y Manogasta, demas de su salario, porque sin esto no se pueden sustentar ni es posible, y de que no tienen mas de doscientos y ochenta indios, y que solian ser mas.de ochocientos.

Asi mismo fué V. M. servido mandar que yo fuese obligado á llegar á esta gobernacion en tiempo de un año,

desde el dia que me hiciese á la vela en la barra de San Lucar, y que, si mas tardase, fuese á mi cuenta. Yo partí del dicho puerto de San Lucar, dia de San Andres, y el propio dia, que fué un año cabal, entré en la ciudad de la Plata, que, aunque viniera solo y sin muger ni hijos, no podia haber hecho mas diligencias por los malos temporales que tuve en dos mares que pasé, y ser necesario aguardar pasage en tierra firme, y haber caminado por tierra desde Paita allí, que hay quinientas leguas; y el tiempo que estuve ocupado en servicio de V. M. en procurar traer á mi antecesor á que diese su residencia y en hacer gente para poder entrar seguro por la tierra de guerra que se pasa desde Potosí á esta gobernacion, que son cien leguas; y el tiempo que estuve en Potosí, estuve curándome de mis enfermedades, recrecidas del largo camino. Suplico á V. M. mande se me pague el tiempo que me detuve en el dicho viage mas del año, que son seis meses menos cuatro dias, por que á los veinte y seis de mayo de este año de ochenta y seis, tomé la posesion de la jurisdiccion de esta gobernacion; y mandar se me despache cédula para que se me pague enteramente del salario de todo el tiem o que ha que me embarqué.

Cada dia hay ocasiones forzosas de acudir á la guerra, por estarlo la mayor parte de esta tierra. He menester socorrer á los soldados, con armas, caballos, municiones, porque muchos no lo tienen. Vale una libra de pólvora de cuatro á seis pesos, y de plomo á dos; y los indios de Soconcho y Manogasta, que ayudaban para esto con algo, han venido á tan gran disminucion que, de ochocientos, no hay doscientos y ochenta, que, para dar aviso á V. M. los he hecho contar; y para las obligaciones que tienen aquí los gobernadores, y para el servicio de su casa son pocos; porque como arriba digo, han de sembrar y criar la comida de su casa, criados y soldados que se

recogen á ella; porque ni hay carniceria en ningun lugar de esta gobernacion, ni plaza adonde se venda pan ni vino, fruta, ni otra cosa, en lo cual se pondrá remedio.

Suplico á V. M. sea servido de darme licencia para que en los pueblos que yo poblase, pueda dar repartimientos de indios á mi hijo; pues el mayor comienza ya á servir á V. M. y tomar uno para mí, atento á que ha treinta y dos años que sirvo á V. M. y gastado en su servicio mi patrimonio y el dote de mi muger.

Con el dicho fray Juan de Rivadeneyra, envio á V. M. la descripcion de esta gobernacion y sus circunvecinos, y una relacion de todo lo que hay en ella y ha sucedido desde que se descubrió, del asiento, temple, rios, diversidades de lenguas, árboles, y de todo lo demas que hay en ella; y por ella verá V. M. con la facilidad que pueden andar carretas desde cuarenta leguas de Potosí hasta Buenos Aires, último puerto del Rio de la Plata, y por lo que terná V. M. de la navegacion de allí á esos reynos, entenderá muchas cosas que conviene á su real servicio; y si para la frecuentacion de este camino fuese menester quinientas carretas, yo las armaré en esta gobernacion con cada seis bueyes cada una, porque mulas hay muy pocas, aunque se pueden criar, y para el comercio de Potosí y provincias de Chile, es la mejor navegacion de todas, la de Rio de la Plata, y de Buenos Aires á Potosí hay trescientas y cincuenta leguas, que, como digo, mas de las trescientas son de tierra llana, y de Buenos Aires á Chile, hay doscientas, las ciento y cincuenta de tierra llana.

Ya tengo escrito á V. M. como hasta ahora no ha entrado en esta gobernacion la bula de la cruzada. He dado aviso al Virey, y al tesorero de ella que reside en la ciudad de Lima. Háme respondido el tesorero que los que lo son en ese reyno, no están obligados á predicallas

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