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de Corrientes y del Paraguay.- Últimamente, un emigrado francés Mr. Perison, encargado del ministro conta-h dor de esta tesorería general don Antonio Carrasco, para el establecimiento de injenios de azúcar y de añil; ocurrió al gobernador de Misiones para que le permitiese posesionarse sobre el rio Paraná, en tierras que 'decia valdías, en la jurisdiccion de aquel gobierno, cuya pretension la remitió á mi, por reconocer que no tenia facultad para semejantes permisos. -Yo aprovecho la conducta del gobernador, y con esta ocasion, usando de mis facultades ordinarias y extraordinarias, resolví declarar solemnemente que hacia merced á los treinta pueblos de Misiones de cuantas tierras pudiesen encontrarse valdías ó realengas, dentro de sus respectivos distritos, comprendidos, en la jurisdiccion de aquel gobierno, así por que las leyes mandan que los indios tengan tierras con sobra, y porque debiéndose repartir aquellas entre los que fuesen recuperando su libertad y demas derechos, se esperaba seguramente un considerable aumento de su poblacion, como por que de este modo convenia atajar en su principio la invasion de los españoles hasta los umbrales mismos de las reducidas chozas de los infelices indios, á quienes dejarian sin un palmo de tierras, si se tolerasen semejantes denuncias en el interior de aquel gobierno. Juntamente declaré que los referidos indios deben tener y tienen preferencia sobre los españoles, para las composiciones ó mercedes de las tierras que les disputan estos con las mencionadas maliciosas denuncias entabladas, si realmente resultasen valdías ó realengas, las que procuran cercenarles á las orillas espresadas del gobierno de Misiones, esto es, por la parte del Paraguay, Corrientes y banda oriental del Uruguay: el nombrado ministro de real hacienda, tiene entablada de su cuenta y riesgo, con anuencia de S. M. una faena de corte de maderas de construccion naval, y para

la artillería, en el puerto de San José, sobre el propio rio Paraná; y como el rey le tiene recomendado, ocurrió pidiendo, entre otros auxilios que le tengo mandados dar: que se le faciliten indios de aquellos pueblos para peones; su intento era que yo dispusiese de ellos, como sin escrúpulo se ha acostumbrado hacer, cuando se han necesitado brazos para algunos trabajos, ya regulares, ya durísimos, en mar ó en tierra, esto es, mandar arrear indios, como si fueran animales silvestres, destinados para el servicio de los hombres, no considerando siquiera que lo son, ni mucho menos que el rey los recomienda en descargo de su conciencia, habiéndolos declarado mas privilegiados que á los españoles.- Así, pues, resolví que el comisionado de dicho ministro, pudiese únicamente pasar á los pueblos á concertar á los indios que libremente quisiesen ir á servir de peones á la espresada faena, si se les hiciese buena cuenta; y que para concertarse con aquel comisionado ó con cualesquier otros, interviniese el respectivo cura, haciéndoles entender que lo que mas les importa es trabajar por sí y para si mismos en la agricultura, industria y tráfico, y que arbitrio mas infeliz ó miserable, el mas espuesto á la tiranía, es el del peon jornalero.

Yo dejara este gobierno, con un gran sentimiento, por no haber conseguido ver lograda la libertad de estos recomendables vasallos del rey, cuyo amor hácia ellos tiene encargado en la actualidad el rey al supremo consejo, provea el remedio de tantos males de que está S. M. tan informado, como aflijido su piadoso corazon, y en su consecuencia me tiene mandado, por real órden de 30 de noviembre de 1798, que por vía de interin y pronto remedio, espida yo (y en adelante V. E.) las providencias que me parezcan oportunas para contener los desórdenes y abusos que haya en el gobierno y administracion de los pueblos, y sin perjuicio de las que adopte S. M. para el suce

sivo gobierno. Repito que al dejar este mando llevara mi corazon muy aflijido, sino tuviera la feliz suerte de entregárselo á V. E., cuyo piadoso corazon y rectos procedimientos no necesitan, para dedicarse á estirpar los males de las provincias que el rey le ha confiado, mas que ponerlos de manifiesto, como he procurado hacerlo, sin mas elocuencia que su sencilla relacion, y si cabe, ruego á V. E. con el mayor encarecimiento que atienda á estos pobrecitos con lo que (hablando á lo cristiano, y no segun la elocuencia y fundamentos de los que hoy se llaman filósofos) conseguirá V. E. que Dios bendiga su gobierno, y le llene de prosperidades.

Por último, debo prevenir á V. E. que, en la intendencia del Paraguay se hallan otros tres pueblos con dos mil almas: San Estanislao, San Joaquin y Belen, de las Misiones Jesuíticas, fuera de los treinta del Paraná y Uruguay; los cuales viven en la propia esclavitud, y con peor desórden, pues no consta se haya enterado en arcas reales el tributo que les corresponde pagar, corriendo en lo público, que no son mas que treinta los pueblos jesuíticos, siendo en la realidad treinta y tres.--- Tambien existen en aquella provincia otros once pueblos, con mas de ocho mil almas, que no solo están sujetos á la inhumana comunidad, sino que, juntamente, se hallan repartidos en encomiendas, con la obligacion de servir á sus encomenderos dos meses al año, lo que ejecutan sufriendo mucha opresion, apesar de las repetidas reales cédulas, por las cuales debe estinguirse toda encomienda,' quedando incorporadas á la real corona. El corto tiempo de mi mando, no me ha permitido remediar tan sensible y perjudicial abuso que V. E. sabrá esterminar.

COMERCIO MARÍTIMO.

Este Rio de la Plata, para cualquiera buen gobernador, que no tenga mas interés que el cabal desempeño de su cargo, es especialmente en el tiempo actual de guerra, el rio de las congojas y desabrimientos. Por mayor, referiré á V. E. algunos acaecimientos sobre el comercio y concurrencia de extranjeros.

Deseoso el rey de atender á las necesidades de este reino, así en la introduccion de efectos necesarios para su consumo, como en la estraccion de frutos del país, y para fomento de su agricultura, permitió que pudiesen los españoles introducir los efectos de lícito comercio en embarcaciones neutrales, desde paises extranjeros, con preciso retorno á España, permitiendo al mismo tiempo el comercio de frutos de colonias amigas, en cambio de otros que se sacasen de nuestras producciones naturales.

De lo primero resultó tanto abuso, como que en primer lugar prestaban los españoles sus nombres á los extranjeros, y ningun retorno se hizo á España del producto de las introducciones de aquí, pretestando la imposibilidad de entrar en el puerto de la península, por los muchos enemigos que lo impedian, y armando artículos sobre aquella condicion, solo debe ser verificable, conseguida la paz. En fin, fué tal el desórden en todas partes, que S. M. mandó en real órden de 20 de abril de 799, que cesase absolutamente el permiso, y sin embargo, continuó por bastante tiempo, con pretesto de haberse hecho las espediciones en tiempo hábil, y otros efujios bastantes para aparentar justicia, aunque no para convencer á quien conoce los ardides de los comerciantes que se emplean en estos giros.

El de frutos por frutos, no se ha prohibido aun, y es orí gen de infinitos contrabandos que, además de perjudicar al

Estado, resulta tambien contra los comerciantes juiciosos que no usan de medios ilícitos.

Aunque ya el comercio de negros ha cesado, queda aun el permitido en embarcaciones españolas, directamente, desde la costa de Africa. Estos jiros, sin embargo de las limitaciones rigurosas de sus condiciones, han causado mucha extraccion de dinero, ademas del contrabando, pues permitiéndose sacar en moneda el valor de los negros, cuantos han venido en barcos nacionales y extranjeros, despues de haberlo estraido ocultamente, han pedido licencia para sacar su importe, segun los asientos de la aduana, con cuyo arbitrio ha salido del estado, por lo menos duplicada cantidad de lo que correspondia.

El permiso de cambio de frutos y el comercio (ya prohibido) en barcos neutrales, ha ocasionado al estado un perjuicio que hoy no se siente con el dolor, aunque algun dia se llorará. Del mismo amor paternal del rey hácia sus vasallos, han hecho algunos de ellos tal abuso que lo destruyen, y así mismo á los comerciantes de probidad, y lo mas sensible, es que, cuanto dinero se estrae, ó con apariencia de lejitimidad ó con el contrabando escandaloso, es para fomentar á los enemigos de la nacion, que no hubieran podido sostener tanto tiempo la guerra, sino hubieran absorvido tan enormes cantidades los ingleses, y sino se logra restablecer las leyes de Indias que tratan de extranjeros, podrán resultar los males que ni aun quisiera imajinarlos.

Tambien merece lamentarse el abuso que se ha hecho del muy benéfico real permiso para comprar embarcaciones extranjeras en lastre, con el designio interesante al estado y á los particulares, cual es de aumentar la marina mercantil. Es grande el número de los permisos y patentes que se han dado, y que solo han servido para negocios que han hecho los agraciados con los extranjeros,

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