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tos para los destinos á que S. M. tenga á bien aplicarlos en beneficio del estado, Me es constante que no he podido practicar el plan, por mas que lo he deseado y el administrador ha tentado la formacion. Muchos son los tropiezos. Y todo ello prueba el desórden y confusion con que han caminado los negocios de las temporalidades en lo pasado. Con todo de haberse pagado algunas deudas cuantiosas que tenía el ramo atrazadas en su contra, y no haber sido posible establecer en tan breve tiempo el órden de todo el virreinato, hay atesorados por esta administracion principal y puestos en reales cajas para remitir á España 169,008 pesos pertenecientes á temporalidades. Esto es aun muy corto ingreso respecto del que por encima se descubre que debe aumentarse, no decayendo de su clo y esmero el administrador principal, sus subalternos y auxiliares, como espero que no decaerá. Conforme a las primitivas reales instrucciones, nombré para este ramo un defensor que es letrado, á cuyo cargo está promover judicialmente los legítimos derechos de las temporalidades, y por este modo se facilita mejor el despacho, sin cuyo trabajo auxiliar el administrador principal no podrá espedirse en los mas casos, ni el señor fiscal, cuya intervencion en todos es necesaria, hallaria camino á la brevedad, estando sobre manera recargado su cuidado de tantos ramos y objetos de especial

atencion.

GUERRA

El estado militar de estas provincias, en cuanto á tropas veteranas, consta de un regimiento de infanteria, cuyo pié fué de tres batallones, pero su efectiva fuerza apenas

será de dos.

El regimiento de dragones, que en su formacion fué de cuatro escuadrones, hoy se halla bien diminuto. Se formaron tambien ocho compañias que deben constar de ochocientos blandengues, las que tampoco se hallan completas, sin embargo de haberse admitido en ellas algunos que no son correspondientes á la clase de que se han compuesto las de las fronteras de esta banda.

Toda esta tropa, escepto la compañia de granaderos del 3 batallon y un diminuto destacamento del mismo cuerpo, se halla en la otra banda, empleados en la guarnicion de Montevideo, y demás puestos de aquella costa del rio y fronteras del Brasil.

Existe en esta banda, para el resguardo de la frontera con los indios, el cuerpo de Blandengues, distribuido en los varios fuertes de ella.

La frontera que corresponde á la jurisdiccion de Santa Fé, se guarnece con Blandengues.

La que se sigue de Córdoba, provee la guarnicion de sus fuertes con tropa de las compañias de partidarios de jurisdiccion.

Mendoza tiene avanzado hácia los indios infieles el fuerte denominado de San Carlos, guarnecido con milicianos y un comandante particular, que manda el destacamento y depende inmediatamente del comandante de Mendoza.

De resultas de la pasada rebelion, quedaron destacados. en la Plata, Potosí y Oruro, una compañia en cada una de esas poblaciones, que se han ido disminuyendo en su fuerza por las bajas naturales é indispensables en el trascurso de tantos años.

Las partidas de demarcacion de límites con el Brasil, tienen tambien unas pequeñas partidas de tropas para su auxilio.

Aunque tenemos varios fuertes en la frontera del Brasil,

para conservar ilesos nuestros territorios, sin embargo, no descuidan los portugueses en irse introduciendo, y particularmente por los parajes mas distantes del mar donde no los hay, por cuya dolosa marcha han puesto siempre obstáculos á la conclucion de demarcar los límites, aparentando siempre motivos de demora, y resultándonos el gran perjuicio de los muchos gastos que hace nuestro erario en mantener tantos años há las partidas empleadas en este objeto.

MILICIAS

Estos cuerpos de que con tanta propiedad denominan auxiliares los portugueses, no se hallan en el debido estado que conviene para poder cumplir su instituto, de aumentar las fuerzas militares con su incorporacion á los ejércitos ó destacamentos que necesiten de este auxilio.

Por el actual señor sub-inspector jeneral, y en virtud de real órden de 6 de abril de 1795, para que examinado el reglamento de las milicias del nuevo reino de Granada, se consultase si era adaptable á este reino, ó se propusiesen las modificaciones ó variaciones que se creyeran conducentes, en cuya virtud hizo el reglamento que le pareció, y dirige á la corte, cuyas resultas no han llegado por la larga interrupcion de nuestra comunicacion con la península.

Cualquiera clase de milicias provinciales ó urbanas que no tengan planas mayores veteranas, con sargentos y cabos de escuadra que cuidan de su disciplina, serán inútiles, pudiendo únicamente caber alguna economia en el número de estas plazas, conforme las circunstancias de las provincias, pero las que sean de frontera deben ponerse con mayor consideracion y esmero, porque puede llegar

muchas veces el caso de tener que juntarlas para operar. Hallando la práctica en las que hacen servicio actualmente en esta ciudad, de que en lugar de servir cuando les corresponde, nombran unos que les sustituyan, disimulé por haberlo sabido en los últimos tiempos de mi mando, y por evitar los recursos que orijinarian, porque pretenderian rescindir los contratos pecuniarios que habian precedido, y porque esperando la paz próxima, y debiéndose recibir estas milicias á sus casos, por sí mismo cesaría este abuse, pero si en lo sucesivo se han de poner al sueldo milicianos, no se debe permitir, porque se orijina de esto que la jente que el rey mantiene como útil para el servicio militar, son verdaderamente inútiles, por ser en lo jeneral unos pobres indios tapes, sin valor, y una indolencia que se aproxima á la estupidez.

En la provincia del Paraguay, hay un abuso que por inveterado, y por otras razones no convenientes al estado, se pretende hacer subsistir como ley inviolable, y es el siguiente. Con el aparentado pretesto de ser provincia frontera del Brasil y del Chaco, se han reputado á todos los hombres establecidos en el Paraguay por soldados, y cuando los gobernadores han querido, con necesidad ó sin ella, hacer entradas en aquellos paises jentiles, ó figurar espedicion contra ellos, han convocado el número de jentes que les ha sujerido el fin que se proponian, con el estraño é irregular procedimiento de obligar al que no podia, que pusiei e en su lugar quien le substituyese ó diese en dinero cierta cantidad. Este manejo tiene contra sí, lo primero que aquel gobernador particular no está autorizado para invadir al Chaco, ni otra provincia confinante, sin espreso permiso de esta capitanía jeneral, que es la que debe graduar la utilidad ó necesidad de tales hostilidades. La segunda, es contrario al método prescripto por nuestras leyes, en cuanto al método de estender los domi

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nios del rey en las Américas, por la persuasion suave y traco dulce con los jentiles, estimulándolos por estos tan razonables medios, á que formen reducciones en que poblados reciban mis fácilmente la luz del Evangelio, objeto principal de nuestros reyes en la ocupacion de las Américas, y que tan repetidamente tienen mandado, despues que la esperiencia ha acreditado, que de una hostilidad en que no solo se logra el inhumano triunfo de matar veinte ó treinta miserables jentiles, resulta perpetuar el odio contra los españoles, y de consecuencia, alejarlos de la incorporacion á la iglesia católica. El tercero perjuicio, es que, con recibir las contribuciones indebidas, de los lejítimamente impedidos de salir á la guerra, sin mas cuenta, ni formalidad, se dá lugar á las sospechas de su mala inversion y quejas que han llegado á los oidos del soberano segun referí, lo que si hubieran reflexionado aquellos gobernadores, hubieran abolido esta práctica, aunque solo fuera para evitar sospechas que pudiesen poner sombras en su pundonor, en una materia tan delicada, como la de intereses.

Es miserable lo que se empeña el actual intendente del Paraguay, en aparentar la necesidad que quiere tenga aquella provincia de una incesante defensa, y la presion de que ningun hombre pueda distraerse del servicio militar, haciendo decir á los comandantes lo que puede con apariencia fundar sus informes. Hay de esto un ejemplo en el espediente, sobre la referida visita que actúa el senor director de tabacos, á cuyas disposiciones sobre contratos con aquellos cultivadores se han opuesto, por resultar de ellas exhonerados del servicio militar como unos 15,000 hombres, siendo así que cuenta la provincia del Paraguay como 80,000 almas, cuyo número intenta sofísticamente reducirlo á nada.

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