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posición de que habla el artículo anterior, ya sumaria y previamente y con audiencia de la parte contraria, á elección del interesado. La resolución del juez es apelable en ambos efectos.

Art. 20.-Las pruebas sobre destrucción del proceso ó instrumento serán las consignadas en el artículo 8 que fueren aplicables, y la certificación del conocimiento respectivo, de cualquiera de los tribunales ó juzgados que despachaban en el Palacio Nacional; y certificación del mismo de no haber regresado á su despacho.

Art. 21.-Los funcionarios judiciales que declaren sobre la existencia de un instrumento que obraba en un y su destrucción en el incendio, no quedarán in

procesos para conocer en el juicio de reposición del mis

mo; y para evitar demoras á las partes, los jueces de 1a instancia darán sobre aquellos puntos certificación jurada como lo establece el artículo 296 Pr.

Art. 22.-La reposición de los documentos destruidos con los procesos verbales respectivos, se hará por los jueces de paz ante quienes el juicio se siguió, por los medios expresados antes [salvo la certificación jurada de los mismos y declaración de sus secretarios]. La prueba de la destrucción del proceso y del instrumento á el agregado, consistirá precisamente en las certificaciones de que habla el artículo 2o, unidas á otra semiplena prueba, de las establecidas por la presente ley.

Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Nacional: San Salvador, abril veintiuno de mil ochocientos noventa.

N. V. Figueroa, Presidente.

Jesús Romero, 1er. Srio.

Palacio del Ejecutivo: San co de mil ochocientos noventa.

Por tanto: cúmplase.
Francisco Menéndez.

José I. Guerra, 20 Srio.

Salvador, abril veinticin

El Subsecretario de Justicia encargado del Despacho,
Alberto Mena.

INDICE

Introducción y división del Código.

PARTE PRIMERA

Disposiciones preliminares

Título I.-De los juicios y de las personas que en
ellos intervienen

Pàgina.

2

Capítulo I.-De la naturaleza y clasificación de los

2

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Título III.-De los actos previos á la demanda....

Capítulo I.-Casos particulares

Capítulo II.-De la conciliación

Pága

Título IV.-De los partes principales del juicio
Capítulo I-Enumeración de ellas, y de la demanda 38
Capítulo II.-De la citación, del emplazamiento y
de la notificación

Capítulo III.-De la contestación á la demanda y
de la reconvención ó mutua petición

Capítulo VI.-De las pruebas

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§ 2o-De la tacha de los testigos

Sección 4 De la prueba por peritos

Sección 5 -De la inspección personal del juez

Sección 6-De la prueba por confesión

Sección 7a-De la prueba por juramento

Sección 8a-De la prueba por presunción y de la
prueba semi-plena

Sección 9-De la preferencia de las pruebas

Sección 1a-De las prividencias judiciales

78

Sección 2a-De la ejecución de las sentencias

82

Título V.-De los terceros opositores en el juicio or-
dinario

85

Título VI.-Del desistimiento, de la extinción de la
acción Ꭹ de la deserción en los juicios

86

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