posición de que habla el artículo anterior, ya sumaria y previamente y con audiencia de la parte contraria, á elección del interesado. La resolución del juez es apelable en ambos efectos. Art. 20.-Las pruebas sobre destrucción del proceso ó instrumento serán las consignadas en el artículo 8 que fueren aplicables, y la certificación del conocimiento respectivo, de cualquiera de los tribunales ó juzgados que despachaban en el Palacio Nacional; y certificación del mismo de no haber regresado á su despacho. Art. 21.-Los funcionarios judiciales que declaren sobre la existencia de un instrumento que obraba en un y su destrucción en el incendio, no quedarán in procesos para conocer en el juicio de reposición del mis mo; y para evitar demoras á las partes, los jueces de 1a instancia darán sobre aquellos puntos certificación jurada como lo establece el artículo 296 Pr. Art. 22.-La reposición de los documentos destruidos con los procesos verbales respectivos, se hará por los jueces de paz ante quienes el juicio se siguió, por los medios expresados antes [salvo la certificación jurada de los mismos y declaración de sus secretarios]. La prueba de la destrucción del proceso y del instrumento á el agregado, consistirá precisamente en las certificaciones de que habla el artículo 2o, unidas á otra semiplena prueba, de las establecidas por la presente ley. Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Nacional: San Salvador, abril veintiuno de mil ochocientos noventa. N. V. Figueroa, Presidente. Jesús Romero, 1er. Srio. Palacio del Ejecutivo: San co de mil ochocientos noventa. Por tanto: cúmplase. José I. Guerra, 20 Srio. Salvador, abril veinticin El Subsecretario de Justicia encargado del Despacho, INDICE Introducción y división del Código. PARTE PRIMERA Disposiciones preliminares Título I.-De los juicios y de las personas que en Pàgina. 2 Capítulo I.-De la naturaleza y clasificación de los 2 Sección 1a Del actor y del reo Sección 2a De la jurisdicción y de los jueces Sección 3a De los juicios por arbitramento Sección 4 De los escribanos y secretarios de ac- Capítulo III.-De los funcionarios que concurren Sección 1a De los abogados y asesores Sección 2a De los procuradores Título II.-De las acciones y excepciones Capítulo I.-De las acciones Capítulo II.-De las excepciones Título III.-De los actos previos á la demanda.... Capítulo I.-Casos particulares Capítulo II.-De la conciliación Pága Título IV.-De los partes principales del juicio Capítulo III.-De la contestación á la demanda y Capítulo VI.-De las pruebas Sección 1a De la prueba en general y su tèrmino 46 Sección 2a De la prueba por instrumentos § 1:-De los testimonios o traslados y de las copias § 2o-De la tacha de los testigos Sección 4 De la prueba por peritos Sección 5 -De la inspección personal del juez Sección 6-De la prueba por confesión Sección 7a-De la prueba por juramento Sección 8a-De la prueba por presunción y de la Sección 9-De la preferencia de las pruebas Sección 1a-De las prividencias judiciales 78 Sección 2a-De la ejecución de las sentencias 82 Título V.-De los terceros opositores en el juicio or- 85 Título VI.-Del desistimiento, de la extinción de la 86 LIBRO II DE LOS JUICIOS VERBALES Y ESCRITOS. Título I.-De los juicios verbales, quiénes conocen Pág Capítulo III. -De la ejecución de las sentencias de Capítulo IV.-Disposiciones comunes á los tres ca Capítulo V.-Modo de proceder en los juicios verba- les de que conocen los jueces de 1a Instancia.. Título II.—Del juicio civil ordinario y sus trámites Capítulo III.-Modo de proceder en rebeldía Capítulo IV.-Modo de proceder en deserción. Capítulo V.-Disposiciones comunes á los dos capí- Capítulo VI.-Modo de proceder en juicio contra el Capítulo VII.-De la acumulación de autos |