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La cedula ñores la cedula de los quinientos ducade quinien- dos de que su magestad hizo merced a tos du.. esta cibdad, que llevo antonio serrano

cados.

ra antonio

de cardona procurador desta cibdad para hazer tonar por la razon della por juan de enciso como por la dicha cedula su magestad manda la qual dicha cedula enbio de castilla el dicho antonio serrano de cardona, e luego los dichos señores dieron y entregaron la dicha cedula a diego balades mayordomo desta cibdad para que la cobre del tesorero e mandaron que se le haga cargo de los quinientos pesos de oro contenidos en la dicha cedula e dieron por su fiador para estar a derecho con el dicho antonio serrano al dicho diego baladez mayordomo desta cibdad conforme a lo mandado por los señores presidente e oydores de la abdiencia real.

É luego el dicho diego baladez es Fianza pa- tando presente dixo que fiaba e fio a Berrano de esta dicha cibdad e se obligaba e obligo cardona, por su persona e bienes que esta cibdad

Que se

pilares.

estara a derecho con el dicho antonio serrano de cardona en razon de las cos tas e despensas que obiere hecho e obiere de haber por la espedicion de la dicha cedula de quinientos ducados y quel como fiador desta cibdad dara e pagara todo lo que fuere juzgado e sentenciado contra esta cibdad en la dicha razon de llano en llano e para ello obliga su persona e bienes e dio poder a las justicias e renuncio las leyes e otorgo fianza e carta executoria en forma e firmolo de su nombre testigos los dichos señores regidores e francisco ruyz.Alonso de Aguilar.-Francisco Santa Cruz-Gonzalo Ruyz.-Francisco Flores.-Joan de Mansilla.- Ruy Gonzalez-Diego Baladez.

Lunes 5 de abril de 1535 años.

Este dia estando juntos en cabildo los señores alonso de aguilar alcalde ordinario e el comendador diego hernardez de proaño e bernardino bazquez de tapia e gonzalo ruyz e francisco flores e juan de mansilla regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Vinodon francisco manrique. Este dia dixieron que por quanto los bendan los pilares que se quitaron de los corredores estan en la plaza e no aprobechan para cosa ninguna, mandaron que el mayordomo desta cibdad los benda trayendolos en pregon tres dias y dieronla comision para que los remate a quien

mas por ello diere e que se le haga cargo del balor dellos por propios desta cibdad, con que esten presentes al remate un alcalde e un regidor.

ra la corte.

Otorgaron este dia su poder conplido Podor a en nombre desta cibdad e republica pedro de della, a pedro de los rios estante en esta los rios pa nueba españa especialmente para que' paresca ante sus magestades e dos señores de su consejo e pida haga merced a esta cibdad e nueva españa, se quite la plata en metal conforme a lo que se hace en españa y que sea al diezmo por las muchas costas e gasto que en ello se ponen, e para ello presente los capitulos e ystruccion questa cibdad le diere en forma e relebaronle testigos andres xuares e bartolome baldes e francisco garcia.

Diose este poder con cargo que si es- Yden. tubiere negociado lo en el poder contenido porque esta pedido otra bez que no able en ello, y con que esta cibdad no sea obligado a le dar cosa ninguna por lo que en esta negociacion entendiere e trabaxare, porquel dicho pedro de los rios se ofrecio lo hazer a su costa y mision.

Lo qual todo el dicho pedro de los rios lo hubo por bueno y aceto de lo ne gociar a su costa sin que la cibdad le de cosa alguna e firmolo de su nombre. -Gutierre de Badajoz.-Alonso de Aguilar-Pedro de los Rios.-Bernardino Tapia.-Gonzalo Ruyz. Francisco Flores.—Joan de Mansilla. D. Francisco Manrique.

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Comision.

Sobre la fruta.

La cera.

Bino tinto.

Cera de la tierra.

do e pasados los dichos ocho dias no lo pueda bender a mas precio de lo quel obligado tiene puesto so pena de veynte pesos de minas por cada bez que a mas precio la bendiere aplicados la mitad para las obras publicas e la otra mitad para juez e acusador y el dicho luys hernandez siendo presente prometio de lo asi guardar y cunplir so la dicha pena.—(Una rúbrica.)

Viernes 16 dias del mes de abril de 1535 años.

Este dia estando juntos en cabildo los señores alonso de aguilar e gutierre de badajoz alcaldes ordinarios e bernardino bazquez de tapia e francisco de santa cruz e lope de samaniego e francisco flores e ruy gonzalez regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Este dia se cometio a francisco de santa cruz e a lope de samaniego e ruy gonzalez regidores para que bayan a abrir e hazer los caminos para los montes por donde bayan carretas al que de cuaji malpa de aguas bertientes aquella parte fuera del coto questa señalado e proy bido, de donde los bezinos desta cibdad se pueden prouer de leña.

Vino el alguazil mayor.

Vino don francisco manrique.
Vino geronimo lopez.

Este dia dixieron que mandaban e mandaron que toda la fruta que se bendiere en esta cibdad por menudo en las tiendas de mercaderes, o en la plaza publica, se benda por postura que los diputados desta cibdad se la hagan e pongan e no se benda syn la dicha postura so la pena de la ordenanza de las posturas, syno fuere con licencia espresa desta cibdad que tengan para la poder bender syn postura.

Iten mandaron que la cera blanca de castilla no balga mas de a medio peso de oro cada libra e los diputados no la puedan poner a mas precio e si la pusieren a mas no balga.

Iten mandaron quel bino tinto se ponga lo mejor a quatro pesos el arroba y lo otro dende abaxo segun fuere.

Este dia mandaron e ordenaron que la libra de cera de la tierra no se pueda En 17 de bender a mas precio de un real de oro abril se de lo que corre cada libra, so pena de pregona beynte pesos de oro aplicados la mitad quatro para la cibdad e la otra mitad para juez partidos e acusador.-Gutierre de Badajoz.de suso Alonso de Aguilar.-Diego Hernan

ron los

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Este dia estando juntos en cabildo los dichos señores alonso de aguilar e gutierre de badajoz alcaldes e francisco de santa cruz e lope de samaniego e francisco flores regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Vino juan de mansilla.

Vino bernardino bazquez.

Nose acordo cosa ninguna.—(Una rúbrica).

En la dicha cibdad biernes beynte e tres dias del mes de abril de 1535 años se juntaron en cabildo por ante mi hernan perez escribano de sus magestades por que el dicho miguel lopez escribano del cabildo estaba fuera desta dicha cibdad, los señores gutierre de badajoz e alouso de aguilar alcaldes hordinarios e francisco de santa cruz e lope de samaniego e gonzalo ruyz e francisco flores e ruy gonzalez regidores.

Viernes 23 de abril de 1535 años.

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En el dicho dia gonzalo ruyz regidor La pottura notifico e mostro a los dichos señores la de la carpostura e baxa de carne hecha para es- nosceria. te presente año por gonzalo gomez de castillejo en diez e nuebe dias e beynte dias deste dicho mes firmado al fin dello del dicho gonzalo gomez e del dicho gonzalo ruyz segun que en ello se contiene e dixo que sus mercedes biesen la dicha baxa e conforme a ella manden se pese la carne de oy demas porque la republica no resciba agrabio e protesto que sy asi no se hiciere quel daño dello sea a culpa e cargo de quien no lo mandare.

E luego el dicho francisco de santa Yden. cruz regidor dixo que la baxa hecha pos dicho gonzalo gomez castillejo no se debe almitir porque sean llamados todor los regidores desta cibdad e que se ha llen presentes a ella e porque le paresce ques en perjuicio de todos los vecinos o la mayor parte desta cibdad de mexico y si fuere menester dar las razones quel dira quando sea debido.

El dicho lope de samaniego regidor Yden.

?

dixo que aqui en este cabildo esta el letrado desta cibdad llamado por los negocios que en lo qual dixere que de derecho conbenga aquello es su boto e aquello se haga e que en quanto a los regidores que cinco regidores estan juntos en este cabildo con la justicia e que bastan para determinar cualquier cosa por cabildo.

El dicho gonzalo ruyz regidor dixo lo que tiene dicho e que aquello es su parescer se haga mayormente que anton de carmona obligado antes quel dicho gonzalo gomez de castillejo sea desystido de no dar carne por la baxa del dicho gonzalo gomez e que en lo demas se arrima e dize lo quel dicho lope de samaniego dize.

El dicho francisco flores regidor dixo que en dios y en su conciencia le paresce que la baja que haze castillejo se debe de rescibir por quanto es bueno y cumple al bien de la republica y en lo demas de los regidores ay hartos para hazer cabildo y que su parescer e boto es que luego como salgan de cabildo se de un pregon pa ber si ay quien baxe e que si obiere quyen que tan bien se reseiba con las condiciones que tiene puestas la cibdad y se le mande a anton de carmona que no pese carne y sy la pesare que sea al precio y baxa del dicho castillejo y sy no obiere baxa otra ninguna que hoy en todo el dia de las fianzas el dicho castillejo en todo el dia que tiene nombradas e dadas las fianzas que pese segun e como se obliga y este es su parescer.

Vino juan de mansilla regidor.

E luego juan de mansilla regidor dixo que dice lo mismo que tiene dicho el dicho francisco flores regidor.

El dicho ruy gonzalez regidor dixo que se arrima a los mas botos.

El licenciado tellez letrado de la cibdad dixo que la baxa es justa e se debe rescibir segun derecho e que estos señores rescibiendo las fianzas que castillejo ofresce debe pesar su carne conforme e de la manera que se obliga, e queste es su parescer e firmolo.-El licenciado Tellez.

Vino bernardino bazquez de tapia regidor.

El dicho bernardino bazquez de tapia dixo que le paresce que se resciba la baxa e que se tomen fianzas bastantes para que cumpla con la cibdad.

E luego los dichos señores justicia e regidores bisto que la mayor parte deste cabildo es de boto e parescer que se resciba la baxa dixieron que la rescibian

go

segun la tiene hecha el dicho gonzalo gomez e mandaron que se pregone luesi no obiere otra baxa quedando el dicho gonzalo gomez fianzas bastantes de cumplir segund que se requiere use de la dicha carnesceria e pese a las dichas baxas las quales fianzas sean, las que tiene señaladas en un requirimiento que hizo en esta cibdad.

Vino don francisco manrique regidor. Bernardino bazquez de tapia regidor dixo que se guarde con carmona lo questa capitulado en las condiciones de la carnesceria y en lo que toca a el de las fianzas de tomarle la carne e pagarse las que aqui esta el señor licenciado tellez letrado de la cibdad que se remite a su parescer porque el no es letrado.

Francisco de santa cruz regidor dixo quel dicho castillejo le debe dar las fianzas al dicho carmona como las pide.

El regidor samaniego dixo que se remite al parescer del licenciado tellez e a lo que dixiere gonzalo ruyz.

Gonzalo ruyz regidor dixo que carmona pida su justicia e se le guarde que castillejo de sus fianzas como estan en las hordenanzas.

Francisco flores dixo que quando carmona pidiere su justicia que se le guarde e se guarden las ordenanzas.

Juan de mansilla dixo que se guarde la ordenanza e que carmona pida su justicia.

Ruy gonzalez dixo que se guarde la hordenanza e que carmona pida su justicia ante quien biere que le cunple.

Don Francisco manrique dixo que se guarde la hordenanza.-Alonso de Aguilar.--Gutierre de Badajoz.-Bernardino de Tapia.-Francisco de Santa Cruz-Lope de Samaniego.-Francisco Flores-Joan de Mansilla.Gonzalo Ruyz.-Ruy Gonzalez.-D. Francisco Manrique.-Por ante mi Hernan Perez escribano publico.

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Sobre los exides.

se pague e que responden ponyendo duda en la firma de juan de enciso tesorero de su magestad disyendo no ser suya y por esta razon no la pagan que la cib. dad bea e mande lo que en ello se deba haser y los dichos señores dixieron que de una peticion en la abdiencia real e presente la dicha cedula y pida pues es berdad lo en ella contenido manden al tesorero la pague.

Vino juan de mansilla.

Dixo el dicho mayordomo que en los exidos y pastos que esta cibdad tiene junto della asy para ganados como para bestias de arrieros lo siembran los yndios e aun lo que nunca fue sembrado por cuyo cabsa los ganados y bestias resciben daño por no thener pastos que lo haze saber a esta cibdad para que prouean en ello lo que conbenga.

Vino francisco de santacruz.

E los dichos señores dixieron que sobre este caso a platicado esta cibdad con los señores presidente e oydores los quales an dicho que lo quieren ber e an bisto parte dello mandaron que se de una peticion a su señoria e mercedes para que manden no se labren los exidos ni lo que a quedado seco de la laguna que nunca se labro porque es menester para pastos e que haga la peticion el letrado de la cibdad.

Dixieron los dichos señores que por quanto en las posturas de los bastimentos e cosas questa cibdad pone e los diputados della los dichos diputados ponen algunas cosas e bacando su oficio los que suceden en su lugar alzan los dichos precios e posturas lo qual no se puede alterar syn justa cabsa mandaron que los dichos diputados no puedan alterar precio ni postura alguna de lo que asy obieren puestos los diputados pasados syn que primeramente los haga saber a esta cibdad y en ella se platique e por ella se mande bista la cabsa lo que se debe hazer e lo que de otra manera se alterare no balga.

Los señores eligieron por diputados, Diputados. a gonzalo ruyz e a francisco flores regidores por los meses de mayo e junyo e hasta que otra cosa se probea como se acostumbra.-Gutierre de Badajoz.Bernardino Tapia.- Francisco de Santa Cruz.-Francisco Flores.-Joan de Mansilla.- Ruy Gonzalez.-D. Francisco Manrique.

En biernes syete de mayo de 1535 años.

En este dicho dia se juntaron en el cabildo los señores gutierre de badajoz

alcalde e francisco de santacruz e gonzalo ruyz e francisco flores e juan de mansilla e ruy gonzalez regidores.

llen las pi

pas de vi.

DO.

Vino don francisco manrique. Vino el alcalde alonso de aguilar. Mandaron los dichos señores quel fiel Que se soalmotacen selle las pipas de bino que se pusieren a bender por arrobas so pena por cada pipa que no sellare un peso de oro para la cibdad e que el mercader no sea osado de quitar el sello syn estar presente el dicho fiel o el diputado so pena de diez pesos de oro de minas el tercio para la cibdad e el tercio para el que lo acusare y la otra tercia parte para el juez que lo sentenciare e que se pregone publicamente, y que el fiel almotacen tengo el repeso en la carnesceria e repese la carne los domingos e fiestas que obiere so pena que por cada bez que no cumpliere lo susodicho yncurran en pena de un peso de oro para la cibdad.

calles de las huer.

tas.

Otro si dixieron que por quanto mu. Sobre las chas personas se an quexado y quejan a esta cibdad que los bezinos della que tienen huertas y heredades en el termino y comarca desta cibdad no dexan calles ni caminos por donde pasen de unas partes a otras y lo cierran y syenbran no lo pudiendo hazer e siendo contra lo mandado por esta dicha cibdad e porque lo susodicho es en daño e perjuicio de la republica mandaron que todos e cualesquier personas que tienen huertas y heredades en lo susodicho o labranzas en qualquier manera dexen e abran en las dichas huertas las calles de dos en dos huertas y del ancho que esta mandado por esta cibdad e que asy mismos dexen esentos y no labren los caminos e sy algunas calles tienen cerradas las abran e si caminos tienen labrados los dexen libres lo qual hagan e cumplan dentro de diez dias primeros siguientes que se pregone publicamente por tres pregones con apercibimiento que se les haze a cualquier persona que lo susodicho tocare que pasado el dicho termino e pregones esta dicha cibdad mandara yr a ber lo susodicho que pasa de aquellos que tuvieron ocupadas las dichas calles y caminos lo mandaran hazer e probeer como las dichas calles e caminos esten esentos segund ques justo y esta cibdad lo tiene mandado e mandaronlo pregonar publicamente.-Gutierre de Badajoz.-Alonso de Aguilar.-Francisco de Santa Cruz.-Gonzalo Ruyz.-Francisco Flores.--Joan de Mansilla.-Ruy Gonzalez.-Don Francisco Manrique.

A lerma

Hicencia de

Viernes 14 de Mayo de 1535 años.

Este dia estando juntos en cabildo los señores alonso de aguilar e gutierre de badajoz alcaldes ordinarios e bernardino bazquez de tapia e francisco de santacruz e gonzalo ruyz e francisco flores e juan de mansilla e ruy gonzalez e don luys de castilla regidores por presencia de mi iniguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Vino lope de samaniego.

Este dia de pedimento e suplicacion de francisco de baena les hizieron merportales. ced de les dar licencia para que puedan hazer portales delante de las casas que tienen acensuadas desta cibdad, de doze pies de hueco, que de la pared de las casas a los pilares que pusieren ayan e queden doze pies e no mas e que si mas tomaren que se les derribaran, la cual dicha merced les hizieron atento que della se noblece la cibdad e mandaronles dar titulo dello en forma.-Gutierre de Badajoz-Alonso de Aguilar.-Bernardino de Tapia.-Francisco de Santa Cruz-Gonzalo Ruyz.-Francisco Flores.-Joan de Mansilla.Ruy Gonzalez.--Don Luys de Castilla. --Lope de Samaniego.

Que se sa

contador.

Lunes 24 de mayo de 1535 años.

Este dia estubieron en cabildo los señores gutierre de badajoz e alonso de aguilar alcaldes ordinarios e francisco flores e juan de mansilla regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Este dia dixieron los dichos señores quen los que se diese al mayordomo desta cib. abtos del dad el asiento e abtos de lo que se hipleito del zo e asento con el contador rodrigo de albornoz sobre los pesos de oro que esta cibdad a de aber de las penas de camara e la reclamacion que despues hizo sobre ello esta cibdad e mandaron a mi el dicho escribano, le de treslado dello en publica forma.

Sobre los

Vino don francisco manrique. Este dia mandaron al mayordomo quinien que requiera con la cedula de su matos duca gestad a los oficiales para que paguen dos. a esta cibdad los quinientos ducados de que su magestad hizo merced a esta cibdad.

miento pa.

Este dia dixieron que por quanto es Llama. necesario hazer cabildo antes del dia de ra hazer ca- corpus cristi ques el juebes primero que biene para dar orden en lo que se a de hazer en la dicha fiesta mandaron que

bildo.

se aga cabildo mañana martes por la mañana para lo susodicho e se llame para ello e mandose asi a francisco garcia portero del dicho cabildo.-Gutierre de Badajoz-Alonso de Aguilar.Francisco de Santa Cruz-Gonzalo Ruyz.-Francisco Flores.-Joan de Mansilla.

Martes 25 de mayo de 1535 años.

Este dia se juntaron en cabildo los señores alonso de aguilar alcalde ordinario y el comendador diego hernandez de proaño e francisco de santa cruz e gonzalo ruyz e francisco flores e juan de mansilla e ruy gonzalez e don luys de castilla e geronimo lopez boto de regidor por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

del dia de

Este dia acordaron que porque al pre- La orden sente ay en la cibdad diez regidores e corpus dos alcaldes que se pongan en el palio oristi. del santo sacramento doze baras y que todos lleben las baras del dicho palio en la prosecyon y que de aqui adelante se prouea cada año segun el numero que obiere de regidores.-Alonso de Aguilar.-Diego Hernandez de Proaño.-Francisco de Santa Cruz.-Gonzalo Ruyz.--Francisco Flores.-Geronimo Lopez-Juan de Mansilla.— Ruy Gonzalez.--D. Luys de Castilla.

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