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lo mismo *Este dia de pedimento suplicacion testigos pe- de lope de samaniego alcalde de las atadro arago- razanas le hizieron merced de un solar nes y cris- que es linde de un solar que se asensuo * Solar al a pedro de los rios que sale a la calle de alcalde de san francisco a la esquina de la pontelas atara- zuela y alcantarilla que esta junto a la

tobal ruyz.

zanas.

Estancia de ganados.

Solar he.

ho.

Libramien.

casa de juan ciciliano, la qual dicha merced le haze con tanto que sea syn perjuicio de tercero, tiene por linderos de la una parte el solar del dicho pedro de los rios y de la otra parte y por delante las calles reales y por las espaldas la calle del agua que ba desde la dicha alcantarilla hazia a casa de juan de burgos, e mandaronle dar titulo en forma.

Este dia de pedimento de juan de mansilla le hizieron merced de una estancia para que asiente su ganado conforme a la ordenanza de esta cibdad que sobre ello abla que es en tacubaya junto a las tierras de nuño de guzman y debaxo de otra estancia de francisco rodriguez bezino de esta cibdad con tanto que sea syn perjuicio de tercero e mandaronle dar titulo.-Antonio de Carbajal.

Este dia de pedimento de martin de castro berde los dichos señores le hizie. ron merced de un solar que es hazia las atarazanas enfrente del solar de......e de la otra parte enfrente del solar de hernando de sesma con tanto que lo labre e a lo menos lo cerque dentro de un año primero siguiente con apercibimiento que no lo cercando en el dicho termino esta merced sea en si ni ninguna e la ciudad prouea del a quien fuere seruido y con tanto que sea syn perjuicio de tercero e mandaronle dar titulo en forma.

Este dia mandaron librar a juan franto diose. co carpintero beynte e cinco pesos de oro de lo que corre que a de aber por tres puertas que hizo para las casas de la abdiencia e por la red de la carnesceria mandaronle dar libramiento para el mayordomo desta cibdad.-Diego Hernandez de Proaño.-Lope de Samaniego.-Gonzalo Ruyz.-Joan de Mansilla.

Viernes 17 de otubre de 1533.

Este dia estando juntos en cabildo los

señores ruy gonzalez alcalde ordinario e gonzalo ruyz e juan de mansilla e lope de samaniego y el comendador diego hernandez de proaño alguazil mayor y bernardino bazquez y gonzalo ruyz.

los gana

dos.

Este dia dixieron que por quanto los Ordenanque tienen machos cojudos en esta cib. za sobre dad los hechan a pastos sueltos en el exido de esta cibdad y en otras partes donde hacen daños asi en las heredades como en las de yeguas muchos se que quejan mandaron que los que hecharen a pasto machos cojudos no los puedan hechar fuera del lugar e sitio que esta señalado por exido desta cibdad lo qual se les señala lo que esta dado por exido dende chapultepeque hazia tacuba por la calzada nueva que biene a dar a san lazaro hacia esta cibdad, y que los hechen trabados los dichos machos del pie a la mano, e el que en otra parte hechaze los dichos machos aunque sea trabados o en el dicho exido sin trabar pague de pena demas del daño que hiziere seys pesos de oro de lo que corre repartidos el tercio para esta cibdad y el tercio para el que lo denunciare y el otro tercio para el que lo acusare e mandaronle prego. nar. Pregonose en 12 de diziembre de 1533 años testigos sedeño y alonzo nuñez.

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los montes.

Este dia dixieron que por cuanto es Comisyon notorio el daño que se haze en cortar los para ber montes desta cibdad que cometian e cometieron al alcalde ruy gonzalez e al alguazil mayor e bernardino bazquez de tapia e a lope de samaniego regidores que con los mas bezinos que puedan llebar bayan e bean la cantidad que conbiene que se señale donde no pueden cortar leña para bender porque bisto e señalado se haga la ordenanza que sobre lo suso dicho convenga.

Este dia los dichos señores hicieron sobre la parescer en el dicho cabildo a gonzalo corambre. gomez que tiene la carnesceria desta cibdad e fue rescibido juramento del en ? forma de derecho e so cargo del fue preguntado a quien tiene bendido la coranbre de la carnesceria este presente año e por que precio, dixo que tiene bendida e le compro toda la dicha cornbre que en la dicha carnesceria cayere este dicho año francisco hernandez curtidor y zapatero en esta cibdad cada cuero bacuno a dos pesos e cada cuero carneruno a real e medio todo de oro comun e que esta es la berdad e afirmose en ello y firmolo de su nombre.-Gonzalo Gomez de Castillejo.

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mez casti

nas testi

gos gonza

lo rays
lays de

En 17 de la coranbre de la carnesceria desta cibotubre lo dad para curtir e no querer dar parte a notifique a los otros curtidores que ay en esta cibgonzalo godad de lo qual la republica rescibe daño llejo e ca- porque teniendo uno toda la dicha comacho en ranbre resulta la carestia y los otros sus perso- curtidores que de lo suso dicho se quejan no tienen con que se prouer e habiendo visto lo que en este caso se ha hecho y se ha proveydo, mandaron que el dicho francisco hernandez se quede En 20 de para si solo con toda la coran bre que a otubre lo caydo e rescibio hasta que le fue mannotifique a dado que manifestase la coranbre que cayese e rescibiese e que toda la coranbre que despues de la dicha manifesBona testi- tacion a caydo y cayere este dicho año, gos lays dela repartan entre los dichos francisco abila hernandez bartolome camacho e anton Juan de ta labera. martin e juan rodriguez curtidores en

abila.

Iden.

francisco hernandez en su per

esta cibdad que se an opuesto a pedir parte de la dicha coranbre por quartas partes e que tome el dicho francisco hernandez en cuenta de su quarta parte la coranbre que a rescibido despues de la dicha manifestacion e que la orden que en el rescibir de la dicha coranbre se a de tener sea que se de a cada uno hasta diez cueros bacunos e toda la cornbre

de carnero que mientras cayeren los dichos diez cueros cayere e que sea el primero en el rescibir de lo suso dicho el dicho francisco hernandez y despues del los dichos camacho e anton martin e juan rodriguez segun arriba estan dichos por que asi estan opuestos e que los dichos bartolome camacho y anton martin e juan rodriguez contenten de pago de las partes que de la dicha coranbre obieren segun dicho es al precio quel dicho francisco hernandez la tiene comprada e que de estas dichas partes saquen a paz e a salbo al dicho francisco hernandez de la obligacion que por la dicha coranbre tiene hecha al dicho gonzalo gomez castillejo e haciendo esto e obligandose a ello se les de las dichas partes e mandaron al dicho gonzalo go mez que so pena de cient pesos de oro de minas e de perdimiento de la dicha coranbre que diere, reparta la dicha coranbre por los suso dichos segun dicho es sin dar a uno mas que a otro sino fuere de consentimiento de partes la qual pena se aplica la mitad para la camara e fisco de su magestad e la otra mitad para las obras publicas desta cibdad e mandaron que se notifique lo suso dicho a todos los suso dichos.

Los frayles Este dia dixieron antonio de carbajal de la mer. alcalde ordinario e gonzalo ruyz regidor que ellos hablaron al prouisor desta cibdad por parte desta cibdad segun les

ced.

fue cometido para que diese licencia para que los frayles de la merced hiziesen su monesterio en el sitio que les esta señalado e los dejasen decir misa, e que les respondio el dicho prouisor que no les queria dar la dicha licencia e que lo hazen saber a esta cibdad para que prouea sobre ello lo que conbenga.-Ruy Gonzalez. Diego Hernandez de Proaño.-Bernardino Bazquez de Tapia.-Lope de Samaniego-Gonzalo Ruyz.-Joan de Mancilla.

Lunes 24 de otubre de 1533 años.

Este dia estando juntos los señores ruy gonzalez alcalde ordinario el comendador diego hernandes de proaño y francisco de santacruz y gonzalo ruyz e juan de mancilla regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

anton rol.

dan.

Este dia de pedimento e suplicacion Licencia a de anton roldan bisto su abilidad y parescer de los licenciados barreda y alcazar para huzar el oficio de boticario y visto la necesidad que ay de boticarios en esta cibdad, dixieron que le mandaban e mandaron que dentro de tres años primeros siguientes trayga esamen e licencia de los protomedicos de su magestad e que entre tanto le daban e dieron licencia para que pueda husar e huse el dicho oficio de boticario e de ello le mandaron dar licencia en forma segun se dio a alonso nuñez boticario.

Este dia dixieron el alcalde ruy gon- Sobre los zalez y el alguazil mayor e bernardino montes. bazquez de tapia e lope de samaniego regidores que ellos en cumplimiento de la comision que les fue dado por este cabildo fueron a ber los montes y que hazen saber a esta cibdad como hallaron en los dichos montes y en los mas cercanos a esta cibdad y mas necesarios y conbenientes mucha parte talado y cortado por el pie lo qual es en muy gran perjuicio desta cibdad e de los bezinos della por tanto que piden e requieren a esta cibdad prouean a cerca de los dichos montes como se conserven y guarden conforme a las ordenanzas e prematicas reales, y mando la execucion dello con pena e mandando hazer lo que mas conbiene al bien de los bezinos desta cibdad asi para lo de presente como para lo porbenire que si asi lo hizieren haran lo que de derecho deben donde no que no sea de su culpa ni cargo e pidieronlo por testimonio.

Francisco de santa cruz dixo que pa-
Lib. 3-8

Yden.

Yden.

Sobre los

ra el primer cabildo respondera y el alcalde antonio de carbajal y gonzalo ruyz dixieron que ellos dizen e piden lo susodicho que piden los comisarios e que luego se prouea como se conserben los dichos montes, y que por lo exedido hasta aqui que los alcaldes hagan justicia e procedan e contra los delinquentes, para que sea castigo en lo porbenir.

E luego los dichos señores cometieron al alcalde ruy gonzalez y al alguazil mayor que pues an bisto el daño de los di chos montes que ellos con acuerdo del letrado de la cibdad hagan la ordenanza e ordenanzas que conbengan o sean nescesarias para la conserbacion de los dichos montes e las traygan a este cabildo para que se pregone, e que ellos mismos hagan los mojones por donde les pareciere ser mas conbeniente e prouechoso para los dichos montes e para el bien desta cibdad, porque sepan los bezinos della lo que an de cortar y lo que an de guardar, e que para hazer los dichos mojones bayan los mismos que fueron a ber los montes la primera bez y los demas que quisieren asi del cabildo como bezinos desta cibdad y que lo que se gastare en lo susodicho sea a costa de la cibdad pues es pro della.

E luego el dicho ruy gonzalez alcalde dixo que en lo de los que an delinquido en los montes el tiene comenzado a hazer ynformacion e que el ara justicia en el caso.-Bernardino Bazquez de Tapia.-Lope de Samaniego.-Ruy Gonzalez.-Diego Hernandez de Proaño. -Gonzalo Ruyz.

Lunes 27 de otubre de 1533.

Este dia estando juntos en cabildo los señores antonio de carbajal y ruy gonzalez alcaldes ordinarios e bernardino bazquez de tapia e francisco de santacruz e lope de samaniego e gonzalo ruyz regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo e juan de mansilla.

Este dia los dichos señores justicia e montos. regidores dixieron que por quanto en los montes del alrededor desta cibdad que se deben guardar para pastos de ganados se han hecho tala cortando los arboles por el pie especialmente por juan cano e alonso de san juan que an cortado y cortan en los dichos montes para bender de lo qual la republica rescibe daño requirieron al dicho ruy gonzalez alcalde que haga la ynformacion de lo susodicho e castigue los culpados

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Este dia estando juntos en cabildo los señores antonio de carbajal e ruy gonzalez alcaldes ordinarios e el comendador diego hernandez de proaño y francisco de santacruz y lope de samaniego e gonzalo ruyz e juan de mansilla regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Este dia dixieron que por quanto se Comision puede hazer una benta en el camino para hazer que abrio martin perez el rio abajo de una benta. la benta de perote en lo qual esta cibdad terna renta e prouecho cometieron al alcalde ruy gonzalez e juan de mansilla regidor para que ablen con los señores de los pueblos mas cercanos para que hagan la dicha benta y concierten el precio por que se hara llevando el agua del dicho rio a la dicha benta y para ello les dieron comision conplida.

montes.

Este dia dixieron que por quanto es Sobre los necesario que se prouea como y en que forma se a de cortar la madera y legña de los montes cercanos a esta cibdad y que sobre ello se haga ordenanza e que porque ruy gonzalez alcalde y el comendador diego hernandez de proaño a quien fue cometido biesen los montes e hiziesen la dicha ordenanza con acuerdo del letrado de la cibdad e porque los susodichos truxieron a este dicho cabildo una ordenanza sobre lo susodicho firmada de sus nombres, e la dicha justicia e regidores tubieron contrariedad sobre la dicha ordenanza e sobre ello botaron lo siguiente.

El dicho comendador proaño dixo que por quanto el a ydo con el alcalde ruy gonzalez e ciertos regidores dos bezes a beer los dichos montes y lo andubo todo que conbino de andarse y le parescio que los enzinales y arboledas de los dichos montes son de calidad que los mas son de un pie que no tienen rama a una parte ni a otra y ay mucho daño hecho de arboles cortados por el pie y

que es monte muy nescesario para abrigo de ganados e que su parescer es que para que el daño que esta hecho se repare e restaure en dios y en su conciencia que guarde la ordenanza que tiene hecha con acuerdo del letrado por la comision que les fue dado, por tiempo de los dichos diez años e que esto es su boto e parescer que se haga en dios y en su conciencia.

Y el dicho bernardino bazquez de tapia dixo que el fue con el alcalde ruy gonzalez e regidores a beer los dichos montes y en quanto toca a los montes que ban desde el de quachimalpa hacia esta cibdad le paresce que porque esta muy talado e dañado se debe de guardar conforme a la dicha ordenanza hasta que se retornen a reformar los dichos montes pero en quanto toca a otros mojones especialmente el que ponen en la sierra de tepeaquilla le paresce que los becinos resciben agrabio por que es sierra y agora y alli bastaba guardar de la falda de la sierra abaxo e que asi mismo le paresce que la pena que se opone en la dicha ordenanza es muy escesiba e que se debe de moderar y que en lo demas se guarde la ordenanza e que esto es su parescer e boto.

El dicho francisco de santa cruz dixo que le parece que los dichos montes quel dicho alguazil mayor a dicho e señalado en la ordenanza que se ponga orden en ellos, con tanto que los becinos desta cibdad no les sea bedado ni quitado que corten legña en los dichos montes lo que obieren menester para el gasto ordinario de sus casas con tanto que el bezino no sea osado de cortar la encina ni el roble por el pie, syno de. jandole pendon y rama conforme a la ley del reyno y quel tal bezino queriendo yr a cortar legña a los dichos montes benga a pedir licencia a este cabildo para que le sea dada licencia de lo que obiere menester para el dicho gasto or dinario, y que en los otros montes de aguas bertientes alla puedan cortar para bender e prouer en esta cibdad y que de esta manera se haga la dicha ordenanza.

El dicho lope de samaniego dixo quel a bisto el daño que esta hecho en los montes desta cibdad que fue a berlos por comision deste cabildo e asi mismo a bisto la nescesidad que hay de guardar los que quedan e que se conserben, e que su boto y parescer es que se guar de la dicha ordenanza que hizieron los dichos alcalde ruy gonzalez e alguazil mayor como en ello se contiene.

Gonzalo ruyz dixo bisto la ordenanza

que paresce por las cabsas en ella dichas que se debe guardar e porque los montes en que se manda que no se corte por el tiempo en ella contenido son claros e se a de mirar el bien general que a de durar e no el ynteres e particular, y que esto es su boto y paresce.r

Juan de mansilla dixo que dize lo que dize e a dicho gonzalo ruyz regidor e que aquello es su boto y parescer.

E luego los dichos alcaldes dixieront que sin perjuicio del derecho que la justicia tiene de botar primero, que se allegan a los mas botos, y que aquello les paresce que se debe guardar y cumplir.

E luego los dichos señores justicia e regidores dixieron que la dicha ordenanza y estos botos y pareceres se llebe a los señores presidente y oydores del abdiencia real para que probean lo que sea justicia.

Este dia nombraron y eligieron por Diputados. diputados para en los dos meses primeros seguientes al alguazil mayor bernardino bazquez de tapia regidores, e dieronles poder e comision para lo husar.— Antonio de Carbajal.-Diego Hernandez de Proaño.-Bernardino Bazquez de Tapia.-Ruy Gonzalez.-Francisco de Santa Cruz.-Lope de Samaniego.-Joan de Mansilla.-Gonzalo Ruiz.

Recibi

Este dia parescio en el dicho cabildo alonzo de paredes en nombre de juan miento de fernandez del castillo e presento un es- escribano crito de pedimento y una cedula de su publico a magestad su tenor de lo qual uno en pos juan ferde otro es este que se sigue.

nandez del

Magnificos señores, juan fernandez castillo. del castillo por mi procurador hago presentacion en este cabildo desta cedula real de su magestad en que manda que yo sea admitido a mi oficio de escribano publico del numero desta dicha cibdad por las cabsas e segund que en ellas se contiene e que si alguna otra persona estobiere puesta er el dicho oficio no le admitan mas, pido a buestras mercedes la mandan cumplir e en cumpliendo me admitan e den el dicho oficio segund su magestad manda e porque al presente yo estoy mal dispuesto e no puedo husar el dicho oficio pido y suplico a buestras mercedes manden que en mi nombre e por mi lo huse miguel lopez escribano de su magestad e deste dicho cabildo al qual yo le nombro para que lo huse por mi hasta que por mi persona lo pueda husar para lo qual imploro su noble oficio e pido justicia e pidiolo por testimonio, juan fernandez.

LA RREYNA.

Consejo justicia regidores caballeros escuderos oficiales y omes buenos de la cibdad de temistitan mexico de la nueba españa juan fernandez del castillo nuestro escribano publico del numero de esta dicha cibdad me hizo rrelacion que a cabsa de estar enfermo e por se querer benir a estos nuestros rreynos hizo rrenunciacion del dicho su oficio en miguele de salzedo hijo de juan de salzedo bezino desta dicha cibdad e que ansi hera que por su parte fue presentada la dicha renunciacion que ansi hizo del dicho su oficio en la billa de ocaña ante los del nuestro consejo de las yndias para que la pasase en el dicho miguel de salzedo e porque les consto ser menor de hedad que no abia catorce años no se la quisieron pasar e bisto por el como no se obiese querido admitir la dicha renunciacion en la persona del dicho miguele de salcedo por birtud de la rrenunciacion que del dicho su oficio hizo no se pasando en el dicho miguele de salzedo quiere tornar a esa dicha cibdad a facer y husar y exercer el dicho su oficio como de antes que lo rrenunciase lo hazia suplicandome bos mandare que no admitiesedes al dicho su oficio a otra persona alguna sync fuese a el pues tornaba a esa tierra personalmente a lo seruir husar y exercer y si alguna persona estobiese puesta en el dicho su oficio ansi por bosotros como por el presidente e oydores desa nueba españa no consintiesedes ni diesedes lugar husase mas del dicho su oficio si no fuese el como propietario o como la mi merced fuese e bisto por los del nuestro consejo de las yndias e ciertas escrituras que ante ellos presento fue acordado. que debiamos de mandar dar esta mi cedula para bos por ende yo bos mando que si ansi es que de la dicha rrenunciacion que hizo el dicho juan fernandez del castillo del dicho su oficio de escribano publico del numero de esa dicha cibdad, en la persona del dicho miguel de salzedo no se obiere presentado confimacion nuestra dexeys y consintais al dicho juan fernandez del castillo husar y exercer el dicho su oficio en esa dicha ciudad e tierra como de antes lo facia no embargante que lo obiese renunciado en la persona del dicho miguele de salzedo pues por la dicha rrenunciacion hizo rretencion en si del si alguna persona estubiere puesta en el dicho oficio no le admitays mas e mando a los dichos nuestro presidente e oydores desa abdiencia e a otros juecez e justicias

desa nueba españa que guarden e cum. plan lo en esta cedula contenido e contra el thenor e forma della no bayan ni pasen ni consientan yr ni pasar por alguna manera e no fagades ende al fecha en zaragoza a ocho dias del mes de marzo de mil e quinientos e trenyta e tres años, yo la rreyna, por mandado de su magestad juan de samano.

En 31 de otubre de 1533 años presento en cabildo esta peticion alonso de paredes con poder de juan fernandez del castillo e con una cedula de su magestad la qual siendoles leyda por mi el dicho escribano tomaron la cedula en sus manos e la besaron e pusieron so.bre sus cabezas e dixieron que la obedecian e obedecieron como carta e mando de su rey e señor natural a quien dios nuestro señor le dexe vivir e rreynar por largos tiempos con acrescentamiento demas rreynos e señorios e que en quanto al cumplimiento que para el primer cabildo responderan como conbenga al seruicio de su magestad e bien. desta cibdad.-miguele lopez.

Viernes 7 de nouiembre de 1533 años.

Este dia estando juntos en cabildo los señores ruy gonzalez alcalde ordinario e francisco de santa cruz e lope de samaniego e gonzalo rruyz e juan de mansilla regidores.

Este dia dixo gonzalo ruyz regidor Sobre lo de procurador desta cibdad quel pleito perote. questa cibdad tiene con garci nuñez sobre la benta de perote esta en estado de prueba y quel a ynterrogado a martin perez e a otras personas para que sean testigos en la cabsa por esta cibdad sobre el aprobechamiento de la dicha benta en el lugar donde esta e que dizen lo contrario de lo questa cibdad quiere probar, que lo hace saber a esta cibdad para que le señalen los testigos que se an de presentar e porque el no sabe de ningunos protesto que si no se los señalaren en no los presentare no sea en su culpa, ni cargo, ni menos si algunos presentare dixieren en perjuicio de la cibdad e pide le manden lo que en esto haga e pidiolo por testimonio.

E luego los dichos señores dixieron que venga el letrado e responderan lo que conbiene al bien de la cibdad.

Este dia la cibdad dixo que mandan al dicho gonzalo ruyz haga en ello lo que le pareciere como mejor conbiene para el bien de la cibdad.

Este dia dieron licencia a bernardino

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