Legislación ultramarina: (X, 702, V p.)

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Imprenta de Viota, Cubas y Vicente, 1865

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Página 5 - Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
Página 5 - Cortes el juramento de ser fiel al Rey menor y de guardar la Constitución y las leyes. Si las Cortes no estuviesen reunidas, el Regente las convocará inmediatamente, y entre tanto prestará el mismo juramento ante el Consejo de Ministros, prometiendo reiterarle ante las Cortes, tan luego como se hallen congregadas.
Página 54 - Si hubiere recaído en virtud de documentos que, al tiempo de dictarse aquélla, ignoraba una de las partes haber sido reconocidos y declarados falsos o cuya falsedad se reconociese o declarase después.
Página 5 - Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey. 2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Página 5 - Todo lo que el Rey mandare ó dispusiere en el ejercicio de su autoridad , deberá ser firmado por el Ministro á quien corresponda, y ningun funcionario público dará cumplimiento á lo que carezca de este requisito.
Página 4 - Los Senadores no podrán ser procesados ni arrestados sin previa resolución del Senado sino cuando sean hallados in fraganti ó cuando no esté reunido el Senado; pero en. todo caso se dará cuenta á este Cuerpo lo más pronto posible, para que determine lo que corresponda.
Página 136 - Virrey, Gobernador y Capitán General de las Provincias de la Nueva España y Presidente de mi Real Audiencia de ellas, que reside en la ciudad de México.
Página 3 - Tribunales de Comercio. Las condiciones necesarias para ser nombrado Senador podrán variarse por una ley. Art. 16.
Página 77 - Justicia, de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.°...
Página 2 - Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez ó Tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban.

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