Fallos de la Corte suprema de justicia de la nación: con la relación de sus respectivas causas, Volumen45 |
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Términos y frases comunes
14 de Setiembre ABEL BAZAN accion actor aduana alegando Alvear apelado de foja arbitral árbitros Argentino auto apelado BENJAMIN VICTORICA BENJAMIN VICTORICA.-C. S. Beruti Biel buque cion cobro de pesos Código Civil Código de Procedimientos competencia compra Constitucion contrato corresponde Corte Buenos Aires cosa juzgada criminal cuestion cumplimiento daños y perjuicios debe declara declaraciones deducida defecto legal defraudacion delito demanda demandante derecho despues devuélvanse doctor Zavalla Doña efecto ejecucion ejecutivo escritura establece excepcion Fallo del Juez Federal Buenos Aires Ferrocarril fundamentos inciso incompetencia indemnizacion interdicto interpuesto judicial Juez de Seccion Juez Federal Buenos juicio de expropiacion jurisdiccion Juzgado laudo LUIS SAENZ PEÑA manda mandato Máximo Paz mensura mercaderías Municipalidad Murphy nacional nulidad obligacion órden pago peritos pesos moneda nacional pidió posesion presente propiedad provincia recusacion repuestos los sellos resolucion resulta Santa-Fé sentencia Sumario Sumario.-El Suprema Corte Buenos tambien Tedin terreno tículo título TORRE.-LUIS Triaca Tribunales vapor Véase venta Vistos Zwingen
Pasajes populares
Página 123 - Congreso para urgencias de la nacion ó para empresas de utilidad nacional. Art. 5.° Cada provincia dictará para sí una Constitucion bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitucion nacional, y que asegure su administracion de justicia, su régimen municipal y la educacion primaria. Bajo estas condiciones, el gobierno federal garantiza á cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.
Página 115 - Dictar los Códigos civil, comercial, penal y de minería, sin que tales Códigos alteren las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los Tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones...
Página 49 - En las obligaciones recíprocas ninguno de los obligados incurre en mora si el otro no cumple ó no se allana á cumplir debidamente lo que le incumbe. Desde que uno de los obligados cumple su obligación, empieza la mora para el otro.
Página 50 - Si no hubiera pacto expreso que autorice á una de las partes á disolver el contrato, si la otra no lo cumpliere, el contrato no podrá disolverse, y solo podrá pedirse su cumplimiento.
Página 124 - Rioja son idénticos, salvo pequeñas variaciones en algunas frases, que no alteran su sentido á los artículos 61 y 62 de la Constitución nacional. « Este privilegio de que gozan los diputados y sena») dores de no ser aprehendidos, excepto en casos dados, »dice Story, ha pertenecido á todas las asambleas legis» lativas que han existido en América desde los prime»ros establecimientos.
Página 68 - Todo empleado en el orden administrativo ó judicial, agente ó encargado en cualquier ramo de la administración pública que recibiese dinero ó cualquier otra dádiva, ó que aceptase una promesa directa ó indirecta para hacer ó dejar de hacer alguna cosa, será castigado con la pérdida del empleo, é inhabilitación por cinco á diez años para obtener otro alguno, y con una multa igual al triple del valor de la dádiva ó promesa.
Página 123 - Los representantes, desde el día de su eleccion, hasta el día de su cese, no pueden ser arrestados, excepto el caso de ser sorprendidos infraganti en la ejecucion de algun delito...
Página 320 - Por sus fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General: se confirma la sentencia apelada de foja ciento cincuenta y cinco; hágase saber y devuélvase.
Página 127 - El empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquiera clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo, será castigado con las penas de reclusión menor en su grado medio...
Página 124 - Diputados y Senadores, de no ser aprehendidos, excepto en casos dados ), dice Story, ha pertenecido á todas las asambleas legislativas que han existido en América desde los primeros establecimientos; es indispensable al ejercicio del Poder Legislativo, entre los pueblos que pretenden tener un gobierno libre, y no se podría destruirlo sin poner en peligro las libertades públicas, á la vez que la indepenpendencia privada de los miembros de este cuerpo político.