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se faltaba á lo acordado en las capitulaciones; pero el arzobispo, sin curarse mucho de sus quejas, caminaba adelante en sus proyectos, con que irritados los ánimos de los que se consideraban ofendidos, dejáronse llevar fácilmente á la rebeldía, produciendo una asonada en el Albaizin. Fué la ocasion del levantamiento la violencia, que quisieron ejercer á vista de los moros en una moza hija de un renegado, dos familiares del arzobispo, quienes pretendian llevarla presa. Á los gritos de la jóven, alborotados los muslimes, cayeron sobre los agresores, de los cuales quedó muerto uno de ellos, llegando los sediciosos á cercar la casa de Cisneros, situada en la Alcazaba. Á dicha acertó á librarle del peligro oportuno socorro despachado por el conde de Tendilla, sin aquietarse, por tanto, los moros, quienes permanecieron en rebelion diez dias, calmándose solamente ante la presencia y en virtud de las exhortaciones de Hernando de Talavera, no sin obtener de antemano promesa formal del conde de concederles perdon por su falta.

Ni aun así cejó el arzobispo Ximenez en la prosecucion del fin que se proponia, y aunque desgraciado en tal suceso y motivo de disgusto para los reyes, quienes le cargaban la culpa del motin pasado, pudo tanto su persuasion para con los monarcas, que por último le autorizaron tácitamente á continuar las violencias comenzadas. Para cohonestar en lo sucesivo aquella manera de proceder, representó dicho arzobispo que las capitulaciones no tenian ya fuerza para la sublevacion y rebeldía en que habian incurrido los moros, levantándose contra su persona, con otras especiosas razones consignadas con algun viso de exageracion en las propias historias de los árabes 1. Abrió además una

سنة ۹۰۴ بعد امور و اسباب اعظمها واقواها tian de esta manera en merced, danalos y

عليهم انهم قالوا ان القسيسين كتبوا على convertir echanalos en la circle tranaja

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gratificáualos, y á los que no se querian

y

ba con ellos por todos los medios posibles,

que se convertiessen. Pareció que esto tog, hääll

caba á muchos moros y se escandalizauan de ello». Chrónica de los Reyes Catholicos, MS. citado.

من كان أسلم يرجعوا قهرا للكفر ففعلوا ذلك وتكلّم

الناس ولا جهد لهم ولا قوة ثم تعدوا الى ثم ان النصارى نكثوا العهد (1) امر اخر وهو ان يقولوا للرجل المسلم ان ونقصوا الشروط عروة عروة الى ان آل

جدک نصرانيا فاسلم فترجع نصرانيا الحال لحملهم المسلمين على التنشر

informacion sobre los sucesos de la sedicion pasada, que pusiese á los sarracenos en la penosa alternativa de la conversion ó la muerte.

Exasperados los muslimes, escribieron al Soldan de Egipto sobre la infraccion de las capitulaciones, con lo cual se determinó aquel príncipe á despachar una embajada al Papa, para que requiriese á los Reyes Católicos al cumplimiento de aquellos pactos, si no queria que fuesen expulsados de sus dominios cuantos cristiauos tenian en ellos su morada. Remitió el mensaje el Pontífice á los soberanos españoles, los cuales acordaron con buena diligencia enviar á la córte de aquel monarca poderoso al erudito Pedro Mártir de Anglería, quien supo justificar con tan buen tino la conducta empleada por Cisneros, que todavia agradeció á los Reyes Católicos la proteccion dispensada á sus correligionarios. Perdida toda esperanza de socorro, resignáronse los moros granadinos á bautizarse en masa, calculándose en cincuenta mil

fuerza, diciéndoles: «Ha venido órden del rey, él ha de morir ó abrazar la religion cristiana».

Al-Maccari, texto árabe, t. II, pág. 813.

muerte, seofrecio otro motivo para hacerles ولما فحش هذا الامر قام اهل البيازين

re que quien se haya sublerado contra il على الحكام وقتلوهم وهذا كان السبب

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للتنصر قالوا لان الحكم خرج

من

السلطان

Babylonica Epistolae. Lafuente, Historia ان من قام على الحاكم فليس إلا

-Pedro Martyr, anque partidario, al pare الموت الا ان يتنصر

«Despues los cristianos violaron el tratado y quebrantaron las capitulaciones, punto por punto, hasta que se impuso á los muslimes el recibir la religion cristiana el año 904, en virtud de causas y razones, de las cuales la más fuerte y valedera venia á ser la siguiente: «Los eclesiásticos, decian, han dispuesto en punto á los cristianos, que abrazaron el islamismo, que sean compelidos á volver á su ley antigua», y lo tuvieron que hacer, aunque hubiera sus contestaciones sobre ello, porque no contaban con poder ni fuerza. Luego, pasando á otro pormenor, solian decir á un muslim: «Tu abuelo era cristiano y abrazó el Islam: tórnate cristiano»; y como este proceder escandaloso hiciese que el Albaizin se levantase contra los ministros de justicia y les diese

1 Pedro Mártyr de Anglería, Legatio

de España, t. X, pág. 119. El mencionado

cer, de la política usada con los moros, formulaba su juicio acerca de la sinceridad de su conversion en las frases siguientes: «Lex est illis proposita, utrum supplicium malint an baptismum. Ad Christum conversi sunt omnes, Regibus id suadente Archiepiscopo Toletano ne perirent. Tu vero inquies hisdem in suum Mahometem vivunt animis atque id iure merito suspiciendum est. Durum namque maiorum instituta relinquere, at tamen ego existimo, consultum optime fuisse, ipsorum admittere postulata, paulatim namque nova superveniente disciplina iure nunc saltem, et infantum atque eo tutius nepotum inanibus illis superstitionibus abrasis novis inbuentur ritibus; de senescentibus, qui callosis animis induruerunt, haud ego equidem id futurum inficior». Epístola 215, lib. XIII.

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el número de los que en esta ocasion vinieron en recibir el bautismo (1499).

Á la noticia de los sucesos que se verificaban en la capital, levantáronse los muslimes de la Alpujarra en defensa de sus derechos y libertades, llegando á deshora las templadas instrucciones de los reyes dirigidas á prevenirlo 2. Domeñada, sin embargo, la rebelion por los esfuerzos de Gonzalo de Córdoba y la presencia del Rey Católico, movidos á la sumision, quién por fuerza, quién por halagos, imitaron todos los habitantes de aquel país el ejemplo de los moros granadinos. Así entraron en el gremio de la Iglesia Católica, los muslimes de la Alpujarra, Baza, Guadix y Almeria, como lo ejecutaron á poco los de la sierra de Filabrés, que levantados á principio de 1501, prefirieron igualmente la sumision al castigo.

De mayor importancia que estas rebeliones la promovida en la Serranía de Ronda, como que dió ocasion al sangriento desastre de Sierra. Bermeja, no obtuvo desenlace diferente. Prefiriendo los moros de aquellos lugares el bautismo á la muerte ó la pérdida de sus bienes con traslacion al África, ganado tambien el castillo de Belefique, último asilo de la revuelta con igual fortuna 3, pareció libre la parte más meridional de la Península Ibérica de la influencia de los sarracenos, como vasallos mudejares.

Quedaba, no obstante, crecido número de muslimes con sus privilegios en otras provincias y lugares de Castilla, los cuales como fuesen

1 <<En este mismo tiempo se levantaron las Alpuxarras, que estaban todas pobladas de moros, donde por ser tierra fuerte y braua de su sitio se fueron muchos moros huyendo, y la rrazon deste leuantamiento fué por no tornarse xpistianos». Chrónica de los Reyes Catholicos, MS. citado.

2 Véase la carta confirmatoria de sus privilegios, dirigida en Enero de 1500 á Alí Dordux, cadí de la Jarquía y Garbía de Málaga, á los cadíes, alguaciles, viejos é hombres buenos del mismo obispado. Archivo de Simancas, Registro general del sello.

3 «E dende á pocos dias (de sosegada la Sierra Bermeja) se levantó un castillo que dicen Belefique, que es muy fuerte, de su

sitio, y allí se recogieron algunos moros y xpistianos nuevos y eligieron por su capitan ó rrey un negro, que era valiente hombre. Y los rreyes cathólicos embiaron contra ellos al alcayde de donzeles que entonces era, que despues fué marqués de Comares, con gente de cavallo y de pié, y auiéndolos tenido cercados algunos dias se entregaron á merced, y fizieron justicia del negro y de los principales del levantamien→ to, y todos los demás quedaron libres, y los que no eran xpistianos se bautizaron, y con esto acabó toda la conversion del rreyno de Granada, y las rrebeliones que por causa de dicha rrebelion se hicieron». Chrónica de los Reyes Catholicos, MS. citado.

obstáculo á la unidad religiosa que meditaban los Reyes, resueltos estos á asegurarla á toda costa, expidieron en Sevilla á 11 de Febrero de 1502 una pragmática muy semejante al edicto publicado contra los judíos, previniendo á los moros no bautizados, existentes en los reinos de Castilla y de Leon, que recibiesen todos el bautismo ó saliesen de España en el término de dos meses y medio, puesta excepcion únicamente en los varones menores de catorce años y en las hembras que no llegasen á doce. Para salvar en alguna parte la apariencia de legalidad, concedíaseles vender sus bienes y llevarse su valor en efectos que no fuesen oro ni plata, ni otros de extraccion prohibida, debiendo pasar á país que no fuese África ni Turquía, con los cuales mantenia España guerra 1. 1.

Nada sabemos del número que saliera por entonces de esta clase de moros; pero es de presumir, que, ora repugnando las condiciones de salida, ora aleccionados por las desgracias de los judíos emigrados, convertidos más o menos sinceramente, vinieran á engrosar casi todos la clase, ya muy numerosa, de los muslimes bautizados ó moriscos.

Todavia permanecieron en el reino considerable número de sarracenos cautivos, no comprendidos en las órdenes de conversion ni de expulsion, los cuales, rescatándose á plazo con el producto de sus ocupaciones, constituyeron una clase de moros llamados cortados hasta época relativamente reciente. Aunque más tolerante con estos mahometanos la legislacion de la última centuria, que sobrellevaba su permanencia en nuestro suelo, cuando no escandalizaban con sus acciones, prevenia, sin embargo, su expulsion á tiempos en aquellos casos en que su excesivo número pudiera ser perjudicial al público sosiego ó á los ritos de nuestra religion católica 2.

1 Pragmáticas del reino, fóls. 6 y 7. Lafuente, Historia de España, t. X, página 132. Novísima Recopilacion, lib. XII, tít. II, ley III.

2 Novísima Recopilacion. Ibidem, título II, ley V de don Felipe V en Buen Retiro á 20 de Setiembre de 1711. Durante el

siglo XVIII habíanse dado varias leyes sobre los esclavos no bautizados para expulsarlos de la córte; pero ni la medida debió cumplirse con rigor, ni obedecida de buena fé, segun lo indica la repeticion de semejantes leyes.

CAPÍTULO V.

Estado social de los mudejares de Castilla desde la muerte del Rey Sabio à la guerra de la conquista de Granada.-Disposiciones eclesiásticas sobre los mudejares durante este período.-Legislacion de los reinados de don Alonso Xl, don Enrique II y don Juan II acerca de los muslimes sometidos.-Ordenanzas de los Reyes Católicos anteriores á la conquista del reino granadino.-Capitulaciones de Purchena y de Almería.-Capitulaciones para la entrega de la capital. Gobierno y regimiento de Granada hasta 1499.-Infraccion de las capitulaciones.-Excepciones en la legislacion general acerca de moros.— Estadística mudejar.

Constituida la sociedad mudejar en el seno de la monarquía castellana desde los tiempos anteriores, dotada ya de organizacion uniforme en la época del rey don Alonso X, no por eso deja de experimentar cambios importantísimos, antes trocados con el discurso de los tiempos algunos de los elementos de su existencia histórica, el edificio de dicha organizacion se altera y muda grandemente. En el espacio de casi dos siglos que corren desde las ordenanzas del Rey Sábio hasta el reinado de los Reyes Católicos, las necesidades diarias y lo variable de las opiniones acerca del gobierno de la república, junto con circunstancias imprevistas, que se anudan á los azares de la guerra y aun al carácter de los príncipes y prelados, influyen no poco en los cambios de la forma de la legislacion, que modifican sensiblemente, ora enriqueciéndola y ensanchándola, ora perfeccionándola en sus términos y más menudos accidentes. Relatar todos estos cambios, seria largo cuento: lo que ahora hace á nuestro propósito es caracterizar las más granadas de estas variaciones, con relacion al estado social del pueblo sometido, y esto al tenor de ambos linajes de leyes, la civil y la religiosa.

Era notable el anhelo del clero español por mantener incólume la

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