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sispley in singulis stationibus 19 Codic Theodos. de sus ceptoribus præpositis & artariis. Pero esta es diligencia que no puede practicarse en Oliva, sino en un Museo Real yengo por cierto, que en las ruinas de Hercu Jano habrá algunas medidas. Entre tanto pues que el pie Romano se averigua con una total certeza, contentemonos con las observaciones referidas de los hombres mas eruditos, siguiendo el precepto de Estrabon no menos prudente, que geografo, en su lib. 2. pag. 9ó, que á los politicos no tocan las observaciones sutiles y perplexas.

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19 Pero volviendo al asunto de las millas Romanas, ya vimos que Polibio en el lib. 3. cap. 39. dixo, •que los Romanos las habian introducido en España, ý segun su manera de contar, cada milla correspondia á ocho estadios y cuya correspondencia aprobó la mayor parte de los escritores, segun Estrabon en el lib. 7. pag. 223, porque la diferencia era poco segun Plutarco, en la vida de Cayo Graco pag. 3-89. Cada estadio tenia 125.pasos Romanos,esto es seiscientos veinte y cinco ples, segun Polibio lib. 20. cap. 21., y San Isidoro lib. 15. de las etimologías cap. 16, lo qual se ajusta bien con lo que dixo Polibio; pues ocho estadios, segun esta cuenta, ha cian una milla. Murió Polibio año 631. de la fundacion de Roma 12-2 antes de la era Christiana, y así el uso de las millas no se practicónen España en fuerza de la ley Sempronia, promulgada el mismo año en que murió Polibio sino muchos despues que habia escrito sú historia.oroigar el enbor & nuty no or asugeridoriya 220 Los Godos mantuvieron en España el uso de contar por millas las distancias de los caminos, como consta del cap. 16. del lib. 15. de las etimologías de San Isidoro, que afirma que la milla tenia mil pasos. Y refiriendo San Ildefontos en el lib2 de varones ilustres

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cap.

cap. 2. que trata de Asturio, la distancia que habia de Toledo á Alcalá, dixo que era de unas sesenta millas. De la misma medida usó San Valero en la vida de San Fructuoso Metropolitano de Braga, como se puede ver en el Martirologio Español dia 16. de Abril pag. 673. Bien que aquella vida debe cotejarse con el exemplar de Don Juan Butista Perez, que se halla en la Real Biblioteca de Madrid, de que tengo copias porque Don Juan Tamayo de Salazar no publicó monumento antiguo que no viese. Finalmente vemos, que el Rey Wamba usó de la cuenta de las millas, segun consta del lib. 9. del Fuero Juzgo ley. 9., que es la octava del mimo Fuero en latin establecida dia 1. de Noviembre del año segundo de su reynado. bud

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21 Los Arabes conservaron la medida de la millas que hallaron en España, segun el geografo Nubiense, en la parte primera del clima quarto, y no por esto niego, que dexasen de usar de sus tres medidas Li, Pu, Uchar de las quales Li es el intervalo en que en una llanura, y en ayre sosegado puede oirse la voz de un hombre que grita, que se puede reputar por un espacio de trescientos pasos geometricos. Pa contiene dos Li, Y. Uchar, diez Pu, es á saber, una jornada á la qual ha blando del viage del mar, llamaron, imitando á los Griegos, navegacion de un dia: de cuya cuenta habló fre quentemente el Nubiense, porque escribió para viandantes.

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De la milla pasemos á la legua. Esta voz es Gar lica segun Hesiquio, ó por mejor decir, Celtica. Patoge que significa lo mismo que piedra, porque en lengua Inglesa lead ó leach, significa piedra, y en Aleman Leuf Leape, segun el Glosario de Elfrico. Los que han escrito en latin, han dicho Leuca, como Ammiano Marcelfno lib. 15. cap. 19. San Gerónimo sobre Jock cap. 3 San

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Isidoro lib. 15. Etimologia cap. 16.: Leuga, como Jornandez de rebus Geticis pag. 118., y en tiempo mas baxo leuva, como Nithardo lib. 2. pag. 450.; ý 460. ·lib, 30. pag. 464., y 469. lib. 4. pag. 470. La mencion mas antigua de la legua es la que leemos en Ammiano -Marcelino, que en el lib. 15. cap. 1o. dice que los GaIlos no median los caminos por millas de pasos, sino por leguas. Repitió lo mismo la tabla Peutingeriana, tomando con Ammiano el principio de las leguas desde la ciudad de Leon, de donde abrió los caminos Agripa. En el Itinerario de Antonino tambien se señalaban las distancias en las Gallias por leguas, cuyos números si se hubieran conservado, nos enseñarian la proporcion de ellas con las millas. La misma costumbre de usar los Franceses de leguas, repitieron San Gerónimo sobre Joel cap. 3. San Isidoro lib. 15. de las etimologías cap. 16., y Pauto Warnefrido, conocido por el nombre de • Diacono en el lib. 15. El mismo Ammiano Marcelino en el lib. 16. cap. 9. tratando de Juliano Cesar, que militaba en las Galias, dice, que catorce leguas hacian 21000. pasos. Y así cada legua Francesa constaba de mil y quinientos pasos, como lo afirma de su tiempo San Isidoro lib. 15. de las etimologías cap. 16. la's actas de Santa Genovefa y Jornandez de rebus Geticis pag. 118,500

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23. El uso de esté nombre pasó á España, pero se le dió significacion mas estendida en el número de los pasos. Y para tratar de esto con mayor acierto, distinguiremos dos especies de leguas, es á saber, legal y comun, ó vulgar, division que se autoriza con la ley 8. tit. 25. lib. 5. de la nueva Recopilacion.

24 Empezando por la legal, el Rey Don Alonso el Sábio en la ley 3. tit. 16. part. 2. dixo, que tres' migeros (esto es, tres millares) es una legua, y mas claramente

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en la ley 25. tit. 26. part. 2., que una legua son tres mil pasos. Dudaban algunos en aquel tiempo, cómo de'bian entenderse los pasos legales, y el Rey declaró y resolvió, que en cada pasada haya cinco pies de ome mesurado, é en el pie quince dedos de travieso, part. 1. tit. 13. ley 4. tomada en parte de una Decretal falsamente atribuida al Papa Nicolao, Canon Sicut antiquitus 6. causa 17. quest. 4. Pareció á Don Diego de Cobarruvias lib. 2. variar. cap. 20. num. 5., que donde dice la ley 15. dedos, quizá debe leerse 16.: sin duda porque pensaba en el pie de que suelen usar los Arquitectos Castellanos, que dicen ser la tercera parte de la vara Castellana, que hacen constar de 48. dedos, porque pensaba en el pie Romano que constaba de 16. dedos, segun Vitrubio en la prefacion del lib. 3. de ar quitectura.

25 El Maestro Ambrosio de Morales, que publicó las Antigüedades de las Ciudades de España año 1577. tratando de la razon de las medidas; al fin del fol. 33. escribió así: las leguas legales de que usa el Consejo Real en todo lo que es necesario medir en pleitos, términos, y otras cosas, son menores que estas (esto es las comunes) que babemos dicbo ; pues no tienen mas de cinco mil varas, que son quince mil pies, y tres mil pasos de los ya dicbos. Así sale al justo cada legua con no mas que tres millas de las antiguas. De este tamaño son las leguas que comunmente llaman del cordel de la Corte, para incluir ó excluir jurisdicciones, y para no baçer compras los régatones, y para otras cosas. T babiéndose reformado algunas veces el cordel de la Corte, siempre se ha reducido á esta medida.

26 Pero vemos que Felipe II.o dia 8. del año 1587. abrrogó esta legua legal en una Pragmatica, que es la ley 8. tit. 25. lib. 5. de la nueva Recopilacion, que dice así: Porque por algunas leyes, cedulas y provisiones Tom. XVII.

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nuestras se disponen, y ordenan algunas cosas, poniendo en ellas tasa y moderacion por leguas; y somos informados, que por no estár declarado qué legua sea esta, se ban segui. do muchas diferiencas y pleitos, y los Jueces ante quien ban ocurrido, han tenido ocasion de dudar en la determinacion de ellos, de que se ban seguido, y siguen á nuestros subditos y naturales costas y gastos, y otros daños: ordenamos, y mandamos que todas y qualesquier leyes y pragmaticas, cedulas y provisiones nuestras, de qualquier calidad que sean, que hablan, y bacen mencion de leguas, y babláren de aquí adelante, se bayan de entender de leguas comunes y vulgares, y no de las que llaman legales, y así se baya de juzgar, y juzgue por los del nuestro Consejo, Presidente y Oidores de las nuestras Audiencias y Chancillerías, y por todas las otras nuestras Justicias en los pleitos que de aquí adelante se movieren, y en los que al presente bay pendientes, y no estuvieren fenecidos.

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Omito la question de la extension ó limitacion que tiene la abrrogacion de esta ley, y solamente digo que es justa; porque aunque la ley del Rey Don Alonso habla del hombre mesurado, ó de estatura que, llamamos bien proporcionada, como tal hombre es indefinido, no tiene cierto y' determinado pie, que pueda servir de regla fixa para saber quanta deba ser la longitud de la quinta parte del paso legal, de suerte que siempre sea de una misma medida, como debe ser lo, para que los hombres sepan que es lo que les es licito ó ilicito dentro de ciertos limites, como lo son politica mente los campos, rios y montes, que se señalan como mites de los términos, que son cosas sensibles, ό medio del cordel se hacen tales, y sirven para decidir las dudas, sin dexar al arbitrio del Juez la extension ó estrechamiento de los limites por medio de la eleccion de un hombre, que aún siendo mesurado, esto es, de

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