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ro es conveniente no desprenderse de él, porque puede facilitar la noticia de algunos libros, aunque sea con el inconveniente de su jactancia. Vuelvo á decir, que aun enmedio del grande favor que V. S. me hace, yo tiro á escusar quanto puedo escribir contra la codicia Romana; no porque no quisiera refrenarla, ni por miedo de tal pelea, en que sé combatiria yo con mejores armas; sino porque tengo dada palabra al Señor Duque de Huescar de escribir la vida del Duque de Alva: he puesto ya en ella la mayor parte del trabajo, y deseo salir. de este asunto para estar desembarazado. Y teniendo yo una facilidad tan grande en escribir, como V. S. sabe; no me basta, porque como el Duque tuvo edad tan lar ga, é intervino en todas las guerras de su tiempo; hay mucho que leer y extractar, y yo he propuesto en mi ánimo escribir una vida en su género inimitable. Este pensamiento pues me retrae de qualquier otra empresa: y solamente por servir á V. S. podia yo interrumpirla; y porque considero que V. S., Juan Antonio y yo so mos los únicos que en el estado presente podemos sostener el ruinoso edificio del Patronazgo, que se va al baxo. V. S. con sus doctas, y prudentes advertencias, y con los grandes socorros literarios que me subministras Juan Antonio con la puntualidad de sus exquisitas noticias; y yo con aquel interior conocimiento de uno y otro Derecho Civil y Canónico, y mediana destreza en saber probar las verdades mas ocultas, poniéndolas en cla ro. Y así verá V. S. en esta consulta como la verdad por sí misma y sin ningunos adornos, propuesta con sencillez, sin exageraciones, ni sermoncitos, ni exclamaciones, ni dichos picantes, ni palabras sobresalientes, hará una guerra irresistible. Bien puede V. S. hacer alro concepto de lo de lo que digo que la experiencia será superior, como lo verá V. S. el dia que leyere esto, pasa

dos

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dos quince dias, que será quando V. S. recibirá la consulta en toda forma: y tengo por cierto, que los Señores de la Cámara, enarcarán las cejas, y dirán á todo 1 placet.

Por el correo recibí ayer el consabido libro, que V. S. quiere que vuelva presto á sus manos. Mañana veré lo concerniente á nuestra consulta, y el correo que viene le remitiré. Y si en adelante se ofreciere disfrutarlé V. S. volverá á enviarmele.

Solamente Juan Antonio y yo sabemos los asuntos de queV. S. y yo tratamos, aunque hay muchos observadores por los voluminosos pliegos del correo; y como es fácil rozarse el papel, y descubrirse la forma del libro; hay quien dice que me hago traer los libros por el correo, para que no me cuesten los portes; otros que el Rey de Francia me regala, y otros semejantes desatinos. Y nadie piensa que yo sea capaz de entender en unos asuntos, en que me suponen nada versado: porque yo pará mayor sosiego de mis estudios, y mayor meditacion, tengo la grande dicha de que en España solamente me conocen quatro ó seis. Pero querrá Dios que algun dia me dé á conocer.

Estoy esperando la quarta remesa de libros papeles.

Ayer me vinieron unos libros de Portugal, que aunque desvarian en lo tocante á Mondoñedo, aprovecharán. Manifestaremos el artificio del Señor Obispo, cuyó papel dice algo bueno; pero sin él lo diriamos, citando las fuentes que él omite, me

Todo quanto V. S. me advierte en esta última car ta irá en la consulta, menos lo del Señor Olmeda, y lo ,'y que manifieste miedo; porque probar bien las verdades no es ofender á el Papa, á quien humildemente respeta mos por Vicario de Jesu-Christos pero no por Maes

tro

tro de la historia, y Derecho de España, en que está muy mal instruido; pero esto lo probaremos sin culparselo. Y así no serán necesarias protextas, ni venias. Pero vuelvo asegurar á V. S., que el Nuncio no se quejará de que V. S. no responde ni querrá que responda.

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Desde aquí estoy observando que V. S. extraña, ¿có mo puede ser impugnar tan fuertemente lo que dixo el Papa, y executarlo sin poder ser notado aún de los mas escrupulosos? Pondré un exemplo..

Su Santidad, siendo Cardenal, para evadir la fuerza que hace el Cánon cum longe 25. dist. 63. sacado del Concilio Toledano XII.° dice que los Padres de aquel Concilio contemporizaron con Ervigio tiranicamente elevado al trono. Esto es lo mismo que decir que San Julian Arzobispo de Toledo, que presidió en aquel Concilio, y otros santísimos Padres dixeron en un Concilio otra cosa de lo que sentian. Y dado caso que una cosa tan dura fuese así; ¿por qué Graciano incorporó este texto en el Derecho Canónico? ¿Por qué no le cercenó, ó interpoló San Raymundo como otros muchos? ¿Pero quién no ve lo que testifican los Padres en el mismo Concilio? Es cosa de hecho, y hecho admitido de todos los historiadores, que entonces era el Reyno electivo. Los Padres del mismo Concilio dicen que el Rey Wamba se hizo Monge; por cuyo hecho se hizo incapaz del reyno por tal Canon: á mas de esto renunció expresamente á la corona. Dió una instruccion firmada de su mano á San Julian Arzobispo de Toledo , para que luego ungiese como Rey á Ervigio. Los que tenian voto de elegir Rey lo eligieron. Presentóse en el Concilio la Escritura de eleccion. ¿Qué mayores, ni mas pacificas circunstancias pueden requerirse en una eleccion pacifica? O hemos de decir que

que los Padres mentian, ó que refirieron la prácti

ca

ca de su siglo en órden á el Real Patronazgo. En efecto dixeron lo que pasaba, y lo que antes que ellos habian dicho San Braulio, Obispo de Zaragoza, y San Isidoro, Metropolitano de Sevilla, en tal y tal carta: y lo que despues de aquel Concilio han contestado los Concilios siguientes, como tal y tal &c. Este es el metodo con que irá escrita esta consulta en todo lo controvertible; y en lo demás ó será relacion sencilla de hechos antiguos, ó de modernos innegables. Y así deponga V. S. qualquier recelo que pueda tener; que todo procederá con grande verdad, sencillez y circunspeccion. Y sobre esto no quiero cansar mas á V. S. sino remi¬ tirme á la experiencia.

Recibo la Bula de Urbano, que exâminaré quando saldrémos de esta consulta. Ya verá V. S. como sin Bu las fundamos nuestro Derecho.

Bien hace V. S. de recoger todos esos privilegios dẹ las Iglesias. Todos tendrán lugar en el examen de la dis vision de Obispados atribuida al Rey Wamba, sobre que Juan Antonio ha escrito centenares de observaciones, probando su falsedad. Asunto grande y dilatadísi, mo de profunda y no vista erudicion.

La obscuridad que V. S. atribuye al Señor Ramos, es cierta. Don Joseph Borrull se inquietaba en Salaman. ca quando queria disfrutarle. Yo estoy hecho á sus lo bregueces, porque he leído, y entiendo al Poeta Licofron. Celebro que el Nuncio se vaya acobardando. A nadie ha de temer tanto como á V. S., á cuya obediencia nos repetimos con la mayor veneracion y obse quio Juan Antonio y yo. Dios guarde á V. S. muchos años como deseo. Oliva 18 de Septiembre de 1745.

Señor mio. Adelanto quanto puedo este trabajo. No solo entiendo en él todo el dia, sino aún soñando: pero aunque sé muchas cosas de sueños, porque he leíTom. XVII

V

do

do á Onocratico, no me valdré de sueños. V. S. duer ma seguro. Sobre la...... dirémos muchas cosas. Como hemos de hablar con el legislador, no citarémos opiniones de interpretes, sino leyes que deben tomarse á la letra. Esta ha de ser la consulta de mayor y mas sólida érudicion legal, que hasta ahora se haya hecho en España. Tendrá unos diez pliegos, y hay trabajados seis, en que he ordenado lo mas dificultoso; y todo lo que á V. S. dá cuidado, á mí no me le dá, porque está llano como la palma de la mano: Dios favorece nuestra intencion y le inspira. Ilustrisimo Señor: B. L. M. de V. S. su mas apasionado servidor Don Gregorio Mayans. Ilustrisimo Señor Don Blas Jover Alcazar.

ILUSTRÍSIMO SEÑOR.

Señor mio, y mi mayor favorecedor. Son las tres de la

tarde del dia 30 de Septiembre quando acabo de escribir la consulta, y gustoso de haber salido felizmente (gracias a Dios) de tan gran fatiga; me pongo á escribir á V. S. para descansar. No quiero decir que es la consulta mas erudita que se ha hecho al Rey, porque V. S. lo ha de ver y juzgar. Solamente diré, que ha de causar grandes zelos al Señor Olmeda, sacando á la vergüenza sus infructuosos trabajos; y perdoneme la Real Cámara, que con facilidad los adoptó, y recomendó á S. M. La idea que yo he tenido, ha sido formar un papel que pueda leer con gusto el Padre Confesor de S. M., influyendo en que este mismo sea el que se comunique á su Santidad; porque como los dos polos de su intitulada demonstracion son negar el derecho de presentar, y la jurisdiccion de la Cámara; haciendo evidencia como se hace de uno y otro derecho, es ocio

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